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Variables de explotación y clasificación

Variables de explotación

Las variables de explotación se presentan en dos bloques diferenciados según el diseño final de las tablas. Las contenidas en los bloques II y III de cada apartado son,

    II. ESTADÍSTICA POR PARTIDAS

    Dentro de este bloque las variables de explotación se presentan en dos partes diferenciando entre "Datos generales" e "Información sobre la partida"; ambos contenidos clasificados en diez tramos de rendimientos e imputaciones de renta.

    DATOS GENERALES

    Liquidaciones Número Total se define como el número de liquidaciones total

    Distribución Número es la distribución del número total de liquidaciones, calculada como el cociente entre el número de liquidaciones en tramo iésimo y el número total de liquidaciones.

    INFORMACIÓN SOBRE LA PARTIDA

    Dentro de la Información sobre la partida, se da información sobre:

    • 1. Liquidaciones Partida
      • a. Número: es el número de liquidaciones con contenido de esa partida
      • b. Distribución Número: es la distribución del número de liquidaciones de esa partida. Se calcula como el cociente del número de liquidaciones de esa partida en el tramo iésimo y el total del número de liquidaciones .
    • 2. Importe Partida
      • a. Importe: es el importe consignado en la partida de la declaración
      • b. Distribución:es la distribución del importe de dicha partida. Se calcula como cociente del importe de esa partida en el tramo iésimo y el importe total de la partida.
      • c. Media: es la media aritmética del importe total de la partida entre el número de liquidaciones de esa partida.
    III. RESUMEN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS

    En este nuevo bloque, las variables de explotación son Número, Importe y Media para las partes 1 "Resumen del impuesto", 2 "Datos económicos", y 4 "Deducciones, retenciones y demás pagos a cuenta, y cuota diferencial". En la parte 3 "Liquidación" además, dentro del importe y media, se encuentra diferenciada la parte autonómica de la parte estatal.

    • 1. Número: es el número de declaraciones con contenido en la partida o grupo de partidas.
    • 2. Importe: es el importe consignado en la partida de la declaración o suma de partidas.
    • 3. Media: es la media aritmética del importe total de la partida entre el número de declaraciones de esa partida

    Bajo la rúbrica de "Situación familiar", las variables de explotación son las siguientes:

    • Número total de declaraciones: es el número total de declaraciones.
    • Número total de declaraciones con hijos: es el número total de declaraciones con hijos.
    • Número total de hijos: es el número total de hijos por contribuyente en el caso de tributación individual y, por declaraciones en el caso de tributación conjunta.
    • Número medio de hijos: es el cociente entre el número total de hijos entre el número total de declaraciones con hijos.
    • Rendimiento medio del trabajo: es el cociente entre el rendimiento neto del trabajo y el número de declaraciones con rendimientos del trabajo.
    • Rendimiento medio de capital mobiliario: es el cociente entre el rendimiento neto del capital mobiliario y el número de declaraciones con rendimiento de capital mobiliario.
    • Imputación media de rentas inmobiliarias: es el cociente entre la imputación de rentas inmobiliarias y el número de declaraciones con rentas inmobiliarias.
    • Rendimiento medio del capital inmobiliario: es el cociente entre el rendimiento neto del capital inmobiliario y el número de declaraciones con rendimiento de capital inmobiliario.
    • Rendimiento medio de actividades económicas: es el cociente entre el rendimiento neto de actividades económicas y el número de declaraciones con rendimiento de actividades económicas.
    • Saldo medio neto de rendimientos e imputaciones de renta: es el cociente entre el Saldo neto de rendimientos e imputaciones de renta y el número de declaraciones con saldo neto de rendimientos e imputaciones de renta.
    • Media del mínimo personal: es el cociente entre el mínimo personal y el número total de declaraciones.
    • Media del mínimo por descendiente: es el cociente entre el mínimo por descendiente y el número total de declaraciones con hijos.
    • Media de los mínimos personal y familiar: es el cociente entre el mínimo personal y familiar y el número total de declaraciones.
    • Media de la parte general de la base imponible: es el cociente entre la parte general de la base imponible y el número total de declaraciones.
    • Media de la parte especial de la base imponible: es el cociente entre la parte especial de la base imponible y el número de declaraciones con base especial.
    • Media de las reducciones por circunstancias laborales, personales y familiares: es el cociente entre las reducciones por circunstancias laborales, personales y familiares, y el número total de declaraciones.
    • Media de las reducciones por circunstancias personales y familiares: es el cociente entre las reducciones por circunstancias personales y familiares, y el número de declaraciones.
    • Deducción media por vivienda habitual: es el cociente entre las deducciones por vivienda habitual (con o sin financiación) y el número de declaraciones con deducciones en vivienda.
    • Aportación media a planes de pensiones: es el cociente entre las aportaciones a planes de pensiones y el número de declaraciones con aportaciones a planes.

Variables de clasificación

    TRAMO DE RENDIMIENTOS E IMPUTACIONES

    En la determinación de los tramos de rendimientos e imputaciones se ha usado la variable _Tramos de rendimientos e imputaciones_. Dicha variable es resultado de la siguiente operación:

    2003 [31] - ([925]+[926]+[927]+[933])

    2004 [472] - ([490]+[491]+[492]+[498])

    2005 [472] - ([490]+[491]+[492]+[498])

    estando las reducciones por trabajo ([490] + [491]+[492]+[498]) limitadas por el importe de la partida [020], definiendo

    • [472]: Saldo neto de rendimientos e imputaciones de rentas
    • [490]: Reducción por rendimientos de trabajo
    • [491]: Reducción por prolongación de la actividad laboral
    • [492]: Reducción por movilidad geográfica
    • [498]: Reducción por discapacidad de trabajadores activos
    • [020]: Rendimiento neto del trabajo

    Los tramos de Rendimientos e Imputaciones son:


    TRAMOS DE RENDIMIENTOS E IMPUTACIONES (miles de euros)
    [Negativo o cero]
    [Hasta 1,5]
    [1,5 - 6]
    [6 - 12]
    [12 - 21]
    [21 - 30]
    [30 - 60]
    [60 - 150]
    [150 - 601]
    Mayor de 601

    TIPO DE DECLARACIÓN

    Las personas físicas integradas en una unidad familiar podrán optar, en cualquier período impositivo, por tributar conjuntamente en el IRPF, o todos y cada uno de sus miembros de forma individual. Así, distinguimos dos modalidades de declaración:

      · Conjunta
      · Individual

    TIPO DE DECLARACIÓN Y ESTADO CIVIL

    Se introduce además esta nueva variable de clasificación que contempla los tipos de declaración conjunta teniendo en cuenta además, el estado civil de los declarantes (información que aparece en los modelos de declaración 100 y 104). Así esta variable toma los valores:

      · Individual
      · Conjunta monoparental, si presentando declaración conjunta, el estado civil es no casado con hijos.
      . Conjunta casado, si además de presentar declaración conjunta, el estado civil es casado.
      (Esta variable de clasificación sólo se usa para la parte 4 del Resumen del Impuesto: Situación familiar).

    GÉNERO

    Debido a la variedad de tipologías de declaración y los posibles casos derivados de la existencia de dos declarantes (declarante y cónyuge) la determinación de la característica sexo se ha hecho como se describe a continuación, generando la variable de clasificación GÉNERO, que es, una variable derivada que combina el tipo de declaración y el sexo.

      Como se enunció anteriormente, el tipo de declaración puede ser:

      • Conjunta

        1. Monoparentales

        2. Casados

      • Individuales

      El Sexo

      • Hombre
      • Mujer

    En las declaraciones con un único declarante, esto es, las Individuales y las Conjuntas monoparentales, el sexo que se toma es el sexo del declarante. Sin embargo, en las Conjuntas casados, se ha optado por clasificarles según el sexo del perceptor principal de renta de la unidad familiar, es decir, se ha asignado a la declaración completa el sexo del perceptor de mayor renta.

    Entonces, la variable GÉNERO tal como se ha definido toma los siguientes valores:

    1. Varón: si se presenta declaración individual o conjunta monoparental y el sexo del declarante es varón.
    2. Mujer: si se presenta declaración individual o conjunta monoparental y el sexo del declarante es mujer.
    3. Conjunta casados varón: declaraciones conjuntas casados y cuyo perceptor principal de rentas es varón.
    4. Conjunta casados mujer: declaraciones conjuntas casados y cuyo perceptor principal de rentas es mujer.

    DISTRIBUCIÓN GEOGRÁFICA

    Desde el punto de vista territorial, la información se puede desagregar atendiendo a la Comunidad Autónoma. En la asignación de la Comunidad Autónoma, ésta se ha efectuado atendiendo a la clave de la comunidad autónoma o de las ciudades autónomas en la que tuvo su residencia habitual en el ejercicio fiscal de devengo del impuesto, manifestada por el contribuyente en la casilla al efecto de su declaración.




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