CUOTAS INTEGRAS

CUOTAS INTEGRAS

  • 675 Cuota íntegra general (parte estatal)
    Es la cuota obtenida por la aplicación de la escala general. Su valor es el que resulte de aplicar el tipo medio de gravamen estatal a la base liquidable general sometida a gravamen.
  • 676 Cuota íntegra general (parte autonómica)
    Es la cuota obtenida por la aplicación de la escala autonómica o complementaria. Su valor es el que resulte de aplicar el tipo medio de gravamen autonómica a la base liquidable general sometida a gravamen.
  • 679 Cuota íntegra especial (parte estatal)
    Su valor es el que resulte de aplicar el tipo medio de gravamen estatal a la base liquidable especial. El tipo de gravamen estatal es el 9,06 por 100.
  • 680 Cuota íntegra especial (parte autonómica)
    Su valor es el que resulte de aplicar el tipo medio de gravamen autonómica a la base liquidable especial sometida a gravamen. El tipo de gravamen autonómico es el 5,94 por 100.
  • 681 Cuota íntegra total (parte estatal)
    Suma de la Cuota integra general y Cuota integra especial correspondiente a la parte estatal.
  • 682 Cuota íntegra total (parte autonómica)
    Suma de la Cuota integra general y Cuota integra especial correspondiente a la parte autonómica.



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