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Introducción

Introducción

La estadística "Resultados económicos y tributarios en el IVA" es una investigación de carácter censal basada en la información que suministran los agentes económicos sujetos al Impuesto sobre el Valor Añadido a través tanto de la declaración Resumen Anual de IVA, modelo 390, objeto de presentación directa, y la que proporciona la agregación de las declaraciones periódicas, modelo 303, presentadas trimestralmente por los sujetos exonerados de la obligación de presentación del modelo resumen anual. Mediante dicha agregación se conforma un registro virtual con el mismo formato del modelo 390. Los datos del resumen-anual, que se presentan sin distinción de su origen (modelo 390 o agregación de modelos 303), proporcionan información sobre los principales componentes de las variables económicas a analizar tales como las ventas, compras, inversión y comercio exterior; así como de las variables tributarias que determinan el saldo de IVA por declaración y los principales parámetros tributarios del impuesto: tipos medios de ventas y de compras, prorratas, etc.; variables, todas ellas, que en su conjunto explican la recaudación del impuesto.

El valor individual de las declaraciones de IVA (modelo 390 o agregación de modelos 303), que contiene información detallada de las operaciones económicas realizadas por los empresarios, se convierte mediante su agregación y adecuada clasificación estadística en una herramienta de análisis de la economía y de la recaudación del impuesto para lo que resulta especialmente útil la información presentada en tablas evolutivas.

La estadística "Resultados económicos y tributarios en el IVA" está basada en cuatro fuentes tributarias distintas: las declaraciones resumen-anual correspondientes a los sujetos pasivos del Impuesto sobre el Valor Añadido (modelo 390), las declaraciones-liquidaciones periódicas (modelo 303) de aquellos empresarios exonerados de presentar el resumen-anual, las declaraciones correspondientes a las operaciones asimiladas a la importación (modelo 380) y las declaraciones aduaneras correspondientes a las importaciones de bienes y la liquidación del impuesto contenida en los DUA (Documento Único Administrativo). Para garantizar el tratamiento integrado de la información se incluyen, de una parte, las cuotas devengadas por "Operaciones asimiladas a la importación" y por "Importaciones" y, de otra, las deducciones por "Operaciones asimiladas a la importación",otorgando a ambas operaciones el mismo tratamiento en la liquidación del modelo 390 que el que se otorga a las cuotas devengadas y deducidas por "Adquisiciones intracomunitarias". Con estas consideraciones , se procede a recalcular cada liquidación del modelo 390, completando los cálculos con los datos referidos en su caso.

Ahora bien, existen aspectos especificos que permitirán utilizar esta publicación como herramienta al servicio del análisis recaudatorio:

El IVA es la segunda fuente de ingresos no financieros del Estado por detrás del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, de ahí que se haga hincapié en la aportación al análisis recaudatorio que ofrece esta publicación.

Esta publicación constituye una pieza fundamental del programa que la Agencia Estatal de la Administración Tributaria ha emprendido para facilitar a los analistas y al público en general, parte de la información que obra en poder de la Hacienda Pública como consecuencia de la gestión recaudatoria.




Objetivos

Objetivos de la publicación

El Impuesto sobre el Valor Añadido es un impuesto estatal de normativa armonizada en la Unión Europea, cuya recaudación se encuentra vinculada a la evolución de las magnitudes económicas relevantes de la economía. Existe una pluralidad de factores que intervienen en la cuantía final de la recaudación, factores éstos que interactúan de forma compleja y dificultan la posible interpretación de la respuesta recaudatoria.

El análisis de los datos recaudatorios del Impuesto sobre el Valor Añadido que recoge esta publicación pretende proporcionar una herramienta adecuada para conseguir cuantificar los efectos recaudatorios imputables a cada factor económico. El análisis se enmarca en el entorno de la empresa como unidad declarante, y en la evolución de las magnitudes determinantes de su cuenta de producción: ventas, interiores o exteriores; compras, corrientes o de inversión; valor añadido, incorporado en el proceso de producción o adquirido del exterior, así como de la conexión o repercusión recaudatoria de cada uno de estos elementos.

El objetivo final es analizar el Impuesto correspondiente al consumo final interior mediante el análisis indirecto que nos proporcionan las declaraciones-liquidaciones del mismo. Esto es, el impuesto correspondiente a la agregación de los valores añadidos incorporados a la producción por todas las unidades económicas del sistema (unidades declarantes).

Este análisis viene obligado por el propio mecanismo de liquidación del impuesto que, si bien tiene como claro objeto de imposición el Consumo, se instrumenta como un sistema que grava los valores añadidos generados por las unidades económicas mediante el mecanismo de cuota sobre cuota: repercusión del IVA en las entregas de bienes y prestaciones de servicios deducción del IVA soportado en las adquisiciones y, por fin, en la liquidación, ingreso de la diferencia.

De este modo, aunque el impuesto se instrumente mediante un sencillo mecanismo de liquidación e ingreso de sus cuotas, la construcción de los conceptos económicos agregados y más concretamente la construcción de la "Base Teórica del Impuesto", que sería el "Consumo final interior", requiere una tarea de integración de la información que proporcionan las empresas en aras a lograr una trascendencia de las cifras individuales, de forma que quede de manifiesto el comportamiento de los elementos coyunturales de la economía y su influencia en la recaudación.




Construcción de la Base Teórica

Construcción de la Base Teórica

El IVA es un impuesto indirecto que recae sobre el consumo mediante gravamen de las entregas de bienes y prestaciones de servicios realizadas por los empresarios o profesionales. El mecanismo de repercusión del impuesto en cada fase del ciclo de producción y distribución de bienes y servicios sobre el valor total de la operación y la posibilidad de deducir de las cuotas repercutidas las cuotas soportadas por las compras, garantiza la neutralidad del impuesto que, alcanzando todas las fases de actividad, somete a tributación exclusivamente el valor añadido generado en cada una de ellas. Los sujetos pasivos de este impuesto, es decir, los empresarios y profesionales que realizan operaciones sujetas, están obligados a presentar declaraciones-liquidaciones periódicas, modelo 303, y una declaración resumen-anual, modelo 390, a excepción de los empresarios exonerados de la presentación de dicha declaración resumen-anual. De estas dos fuentes se recogerá la información necesaria para la liquidación del impuesto y la cuantificación de determinados agregados económicos.

El cálculo de los valores añadidos individuales deriva de los datos declarados en la declaración resumen-anual, (modelo 390), y de la agregación de las declaraciones periódicas (modelo 303) de aquellos sujetos pasivos exonerados de la obligación de presentación de resumen-anual.

Un impuesto sobre el valor añadido tipo consumo, como el adoptado en el ámbito de la UE, somete a tributación exclusivamente un componente del PIB, precisamente el consumo interior. El consumo interior será, por lo tanto, el concepto teórico asociado a la Base Teórica del impuesto, también denominado Gasto Final sujeto a IVA.

Con las limitaciones expuestas, se obtienen de las declaraciones las magnitudes de Ventas totales, Compras corrientes y, por diferencia, el Valor Añadido. Se presentan también las variables relevantes de Balanza Comercial de Bienes y de Servicios y una magnitud de la inversión neta empresarial en activos fijos. Como complemento y ayuda al análisis se calculan los tipos medios de ventas y compras y las tasas de valor añadido y de inversión en relación a las Ventas Totales.

Las Ventas Totales es el agregado de las Ventas Interiores y las Ventas Exteriores formadas, a su vez, por la agregación de Exportaciones y Entregas Intracomunitarias.

Una aportación adicional de la publicación es el cálculo agregado de la Base Teórica del Impuesto o consumo gravado a partir de las declaraciones. Tradicionalmente, la Base Teórica del Impuesto se calcula desde la perspectiva del consumo o la demanda de los hogares, administraciones públicas y sectores exentos, que son los sujetos que soportan el IVA sin posibilidad de deducción. De forma tal que la recaudación se obtendría como suma del impuesto correspondiente al Consumo Final de los Hogares y Administraciones Públicas y Consumos Intermedios y Formación Bruta de Capital Fijo de Administraciones Públicas y sectores exentos. Dicho de otro modo, el valor de los bienes y servicios finales consumidos por hogares, administración y sectores exentos constituiría conceptualmente la Base Teórica; de tal forma, que la recaudación se obtendría como producto de la misma por un tipo medio ponderado que sintéticamente representa a través de un tipo único, la ponderación de las operaciones a los distintos tipos vigentes en cada caso.

En esta estadística, la construcción de la Base Teórica se realiza según el siguiente planteamiento:

Desde el punto de vista conceptual, en términos agregados, la definición del consumo debe arrancar de la definición del PIB. Esta puede abordarse desde la perspectiva de la oferta en los términos antes señalados:



Y también desde la perspectiva de la demanda:



Desde esta perspectiva, los conceptos que componen el PIB se definen en términos agregados. Si el IVA grava el consumo, la BIT (Base Imponible Teórica) del impuesto se podría identificar con el consumo del siguiente modo:



Siendo además:



La genérica afirmación contemplada en la expresión (I) para definir el consumo debe ser objeto de algunas matizaciones para incluir las exigencias de la normativa IVA y llegar a delimitar la auténtica aproximación a la BIT del impuesto. Todas las matizaciones necesarias serán objeto de análisis en el apartado relativo a la descripción del "proceso de delimitación de la BIT o Gasto Final Sujeto a IVA".

Por tanto,



En el marco de la UE, se ha optado por liquidar el impuesto mediante el mecanismo de "cuota sobre cuota", con la admisión de algunos regímenes especiales autorizados a los paises miembros. Esto quiere decir que la información que debe cumplimentarse en la liquidación del impuesto, fundamentalmente, es la correspondiente a las cuotas. La cuantía a ingresar o devolver, en resumen, el saldo de iva de cada sujeto, se calcula por diferencias entre las cuotas devengadas y las cuotas deducibles.

Sin embargo, nuestros modelos periódicos de liquidación del impuesto, y aún con más detalle la declaración resumen-anual 390, no sólo contemplan la información de las cuotas sino que incluyen la información de las bases imponibles, y otras variables relevantes a efectos informativos para conocer el volumen total de operaciones de cada empresa (incluyendo las ventas exentas e incluso las no sujetas) o el total de la cuantía de las compras (incluyendo las que corresponden a impuesto soportado y no deducible, etc...). Todo ello permite la cuantificación de la "Base teórica", y expresar la recaudación del periodo a través de la siguiente expresión:



Siendo TMP el tipo medio ponderado.

La aproximación de los distintos agregados económicos definidos en la estadística a los conceptos teóricos económicos utilizados en la Contabilidad Nacional y, más concretamente, a las variables económicas que se presentan desde la perspectiva de la oferta, se realiza mediante la definición de magnitudes económicas equivalentes o aproximadas , construídas a partir de las variables tributarias aportadas en sus declaraciones por las empresas que integran el tejido productivo del país. Logicamente no queda garantizada la identidad conceptual de las magnitudes fiscales y las magnitudes de contabilidad nacional definidas de una forma precisa en el SEC 95 (Sistema Europeo de Cuentas).




Contenido de la publicación

Contenido de la publicación

El contenido de la publicación lo forman la presente Metodología, las Tablas Estadísticas y los Anexos

A.METODOLOGÍA

La metodología delimita la información recogida, esto es, los ámbitos tanto geográfico como poblacional y temporal. Asimismo, defina las variables utilizadas y sus clasificaciones y, en definitiva, intenta clarificar criterios imprescindibles para el total aprovechamiento de la publicación

B.DESCRIPCIÓN DEL CONTENIDO

Se presentan dos bloques de información:

B1.ESTADÍSTICA COMPARATIVA

El primer bloque denominado "Estadística comparativa", ofrece una visión resumida de las principales variables analizadas en cada estadística anual de los datos y tasas de variación de los últimos tres ejercicios.

Los resúmenes se presentan bajo distintos enfoques:

  • Perspectiva global: incluye datos de nivel y evolución de Base Teórica, Tipo Medio Ponderado y Recaudación del periodo con separación de las tres fuentes que sustentan la estadística, declaración 390 o 303, DUA y modelo 380

    Se ofrece, incluso, datos disponibles al cierre de la estadística de los ingresos por importaciones de no declarantes del resumen-anual de IVA

  • Perspectiva económica: incluye datos de nivel y evolución de las principales magnitudes económicas globales: Ventas, Compras corrientes, Valor Añadido, Inversión neta y Saldo de la Balanza Comercial; y de la Base Teórica y sus componentes, que en cada caso será una variable que representa una parte de las correspondientes magnitudes económicas. Todas estas variables se construyen en los términos descritos en el Anexo metodológico de definición de magnitudes económicas.

    Se completa la perspectiva con algunas variables recaudatorias para ponerlas en relación con el nivel de las magnitudes económicas y los elementos que conforman la Base Teórica.

  • Perspectiva recaudatoria: incluye datos de nivel y evolución de los saldos recaudatorios y sus componentes, definidos en el Anexo metodológico correspondiente a las magnitudes recaudatorias.

    Se completa esta perspectiva con algunos tipos impositivos y ratios recaudatorios que resultan relevantes en la explicación del signo recaudatorio.

  • Distribuciones territoriales: se presentan las distribuciones correspondientes a las variables más relevantes de los cuatro últimos ejercicios y las tasas de variación interanual desglosadas geográficamente por Comunidad Autónoma, correspondientes éstas al domicilio fiscal del declarante.

  • Distribución por sector económico (NACE): se presentan las mismas variables que en el bloque anterior desglosadas en once categorías de sector económico (NACE), y las tasas de variación interanual.

Las tres perspectivas; global,económica y recaudatoria, se presentan para dos tipos de clasificaciones. El primer tipo de clasificación está orientada al análisis económico y son comparables a otras fuentes estadísticas: tipo de entidad y sector económico. El segundo tipo de clasificación está orientada al análisis recaudatorio y están ligadas a características de la declaración, son las variables clase y colectivo.

En modo esquemático se presenta el índice de tablas que corresponden al bloque de Estadística comparativa de los cuatro últimos ejercicios publicados.

ESTADÍSTICA COMPARATIVA

  • Perspectiva global
    • Base teórica, recaudación y tipo medio ponderado (total declarantes IVA)
    • Base teórica, recaudación y tipo medio ponderado (declarantes con resumen-anual)
    • Base teórica, recaudación y tipo medio ponderado (declarantes sin resumen-anual)
  • Perspectivas económicas
    • Clasificaciones económicas
      • Perspectiva económica por tipo de entidad
      • Perspectiva económica por sector económico (NACE)
    • Clasificaciones recaudatorias
      • Perspectiva económica por clase
      • Perspectiva económica por colectivo
  • Perspectiva recaudatoria
    • Clasificaciones económicas
      • Perspectiva recaudatoria por tipo de entidad
      • Perspectiva recaudatoria por sector económico (NACE)
    • Clasificaciones recaudatorias
      • Perspectiva recaudatoria por clase
      • Perspectiva recaudatoria por colectivo
  • Distribuciones territoriales
    • Distribución territorial de los declarantes
    • Distribución territorial de las ventas
    • Distribución territorial de las compras
    • Distribución territorial de las inversiones
    • Distribución territorial de las base teórica
    • Distribución territorial del tipo medio ponderado
    • Distribución territorial de la tasa de valor añadido
    • Distribución territorial de la tasa de inversión
    • Distribución territorial de la recaudación del periodo
  • Distribuciones por sector económico (NACE)
    • Distribución por sector económico (NACE) de los declarantes
    • Distribución por sector económico (NACE) de las ventas
    • Distribución por sector económico (NACE) de las compras
    • Distribución por sector económico (NACE) de las inversiones
    • Distribución por sector económico (NACE) de las base teórica
    • Distribución por sector económico (NACE) del tipo medio ponderado
    • Distribución por sector económico (NACE) de la tasa de valor añadido
    • Distribución por sector económico (NACE) de la tasa de inversión
    • Distribución por sector económico (NACE) de la recaudación del periodo

B2.ESTADÍSTICA ANUAL

El segundo bloque, cuerpo esencial de la estadística, se denomina "Estadística anual". El marco poblacional lo constituyen los declarantes que han presentado declaraciones-liquidaciones periódicas del impuesto en alguno de los periódos de liquidación del ejercicio.

A su vez, este bloque está integrado por las dos partes que se describen a continuación:

  • B.2.1. PRINCIPALES VARIABLES

    Comprende cinco grupos de tablas con una selección de las variables más relevantes de cada conjunto de información diferenciada en las tablas de detalle. Se compone de Principales variables de la liquidación del impuesto, Principales variables de la configuración de la recaudación, Principales componentes de la Base Teórica, Principales magnitudes económicas y Principales parámetros de la liquidación.

    En este bloque se presenta la información por sector económico y Comunidad Autónoma. El índice de tablas que se refieren a este apartado es el siguiente:

    • PRINCIPALES VARIABLES

      • Principales variables de Liquidación del impuesto
        • Principales variables de Liquidación del impuesto por sector económico (NACE)
        • Principales variables de Liquidación del impuesto por Comunidades Autónomas
      • Principales variables de Configuración de la recaudación
        • Principales variables de Configuración de la recaudación del IVA por sector económico(NACE)
        • Principales variables de Configuración de la recaudación del IVA por Comunidades Autónomas
      • Principales variables de los componentes de la Base Teórica
        • Principales variables de los componentes de la Base Teórica por sector económico (NACE)
        • Principales variables de los componentes de la Base Teórica por Comunidades Autónomas
      • Principales variables de Magnitudes económicas
        • Principales variables de Magnitudes económicas por sector económico (NACE)
        • Principales variables de Magnitudes económicas por Comunidades Autónomas
      • Principales variables de Parámetros de la liquidación
        • Principales variables de Parámetros de la liquidación por sector económico (NACE)
        • Principales variables de Parámetros de la liquidación por Comunidades Autónomas
  • B.2.2. TABLAS ESTADÍSTICAS DE DETALLE

    La segunda parte incluye el detalle completo de cada tabla estadística descritas en el Anexo I. Modelos de Tablas. En cuanto a las Tablas estadísticas, se presentan en cuatro grandes grupos de información.

    TABLAS TIPO I (Liquidación de IVA), muestran la liquidación global del Impuesto en la que aparecen integrados todos los elementos que se describen en las restantes tabulaciones: el producto de las magnitudes económicas por los parámetros de liquidación y, como resultado del mismo, las variables recaudatorias que llegan a determinar la recaudación del periodo como producto de la Base teórica del Impuesto (BITD) y del tipo medio ponderado (TMP). Recaudación del período = BIDT*TMP

    Liquidación de IVA. Tabla principal

    • Clasificaciones económicas
      • Liquidación de IVA por tipo de entidad
        • Liquidación de IVA por tipo de entidad. Tablas principal
        • Liquidación de IVA por tipo de entidad y tipo de actividad
        • Liquidación de IVA por tipo de entidad y sector económico
      • Liquidación de IVA por tipo de actividad
        • Liquidación de IVA por tipo de actividad. Tabla principal
        • Liquidación de IVA por tipo de actividad y tipo de entidad
    • Clasificaciones recaudatorias
      • Liquidación de IVA por clase
        • Liquidación de IVA por clase. Tabla principal
        • Liquidación de IVA por clase y colectivo
        • Liquidación de IVA por clase y sector económico
      • Liquidación de IVA por colectivo
        • Liquidación de IVA por colectivo. Tabla principal
        • Liquidación de IVA por colectivo y tipo de entidad
        • Liquidación de IVA por colectivo, clase y signo del resultado


    TABLAS TIPO II (Configuración de la recaudación del IVA), contiene los elementos que componen la recaudación, como integración de cuotas de IVA de distintos signos. Se trata en este caso de establecer una batería de conceptos recaudatorios ligados a las distintas fases de configuración de la cuenta de producción de las empresas con el objetivo de relacionar la recaudación del IVA final con una Base teórica del Impuesto constituida por el valor del Consumo interior.

    Configuración de la recaudación del IVA

    • Clasificaciones económicas
      • Configuración de la recaudación de IVA por tipo de entidad
        • Configuración de la recaudación de IVA por tipo de entidad. Tabla principal
        • Configuración de la recaudación de IVA por tipo de entidad y tipo de ectividad
        • Configuración de la recaudación de IVA por tipo de entidad y sector económico (NACE)
      • Configuración de la recaudación de IVA por tipo de actividad
        • Configuración de la recaudación de IVA por tipo de actividad. Tabla principal
        • Configuración de la recaudación de IVA por tipo de actividad y tipo de entidad
      • Configuración de la recaudación de IVA por signo del resultado y sector económico (NACE)
    • Clasificaciones recaudatorias
      • Configuración de la recaudación de IVA por clase
        • Configuración de la recaudación de IVA por clase. Tabla principal
        • Configuración de la recaudación de IVA por clase y colectivo
        • Configuración de la recaudación de IVA por clase y sector económico (NACE)
      • Configuración de la recaudación de IVA por colectivo
        • Configuración de la recaudación de IVA por colectivo. Tabla principal
        • Configuración de la recaudación de IVA por colectivo y tipo de entidad
        • Configuración de la recaudación de IVA por colectivo, clase y signo del resultado


    TABLAS TIPO III, presentan las magnitudes económicas básicas que se construyen con los datos de las declaraciones de los sujetos pasivos del Impuesto. Las magnitudes básicas son: Ventas, Compras corrientes, Inversión, Valor Añadido y Balanza comercial.

    Magnitudes económicas

    • Clasificaciones económicas
      • Magnitudes económicas por tipo de entidad
        • Magnitudes económicas por tipo de entidad. Tabla principal
        • Magnitudes económicas por tipo de entidad y tipo de actividad
        • Magnitudes económicas por tipo de entidad y sector económico
      • Magnitudes económicas por tipo de actividad
        • Magnitudes económicas por tipo de actividad. Tabla principal
        • Magnitudes económicas por tipo de actividad y tipo de entidad
      • Magnitudes económicas por signo del resultado y sector económico (NACE)
    • Clasificaciones recaudatorias
      • Magnitudes económicas por clase
        • Magnitudes económicas por clase. Tabla principal
        • Magnitudes económicas por clase y colectivo
        • Magnitudes económicas por clase y sector económico (NACE)
      • Magnitudes económicas por colectivo
        • Magnitudes económicas por colectivo. Tabla principal
        • Magnitudes económicas por colectivo y tipo de entidad
        • Magnitudes económicas por colectivo, clase y signo del resultado

    Por último, se ha elaborado una tabla de indicadores y parámetros de liquidación, TABLAS TIPO IV (Parámetros de liquidación), que permitirán analizar las características comunes de los distintos colectivos objeto de análisis en la estadística y resaltar las características económicas más relevantes: tasa de valor añadido, tasa de inversión y peso del mercado exterior; así como las características tributarias decisivas en la liquidación del Impuesto: tipos medios de IVA repercutidos y soportados y peso de las operaciones exentas sin derecho a deducir los IVAs soportados (porcentaje de prorrata).

    Parámetros de liquidación

    • Clasificaciones económicas
      • Parámetros de liquidación por tipo de entidad
        • Parámetros de liquidación por tipo de entidad. Tabla principal
        • Parámetros de liquidación por tipo de entidad y tipo de actividad
        • Parámetros de liquidación por tipo de entidad y sector económico (NACE)
      • Parámetros de liquidación por tipo de actividad
        • Parámetros de liquidación por tipo de actividad. Tabla principal
        • Parámetros de liquidación por tipo de actividad y tipo de entidad
      • Parámetros de liquidación por signo del resultado y sector económico (NACE)
    • Clasificaciones recaudatorias
      • Parámetros de liquidación por clase
        • Parámetros de liquidación por clase. Tabla principal
        • Parámetros de liquidación por clase y colectivo
        • Parámetros de liquidación por clase y sector económico (NACE)
      • Parámetros de liquidación por colectivo
        • Parámetros de liquidación por colectivo. Tabla principal
        • Parámetros de liquidación por colectivo y tipo de entidad
        • Parámetros de liquidación por colectivo, clase y signo del resultado

    Todas las tablas se ofrecen a un nivel de detalle que va desde la mayor agregación " Total Nacional" a todos los cruces posibles salvaguardando, siempre, la confidencialidad de las declaraciones y atendiendo a las siguientes variables de clasificación:

    • Clasificaciones económicas:
      • Comunidad Autónoma
      • Personalidad jurídica y tamaño (Tipo de entidad)
      • Sector Económico (Tipo de actividad)
      • Sector Económico (CNAE)
    • Clasificaciones recaudatorias:
      • Clase
      • Colectivo
      • Signo del resultado de liquidación anual

    La utilización de criterios de clasificación cruzados hasta tres variables de clasificación simultáneas hace de esta estadística la más detallada de todas las publicaciones con un número de tablas de 6.213

    Por último se presentan una serie de Anexos que , sin duda, serán de utilidad para los usuarios de la publicación.

    • I. Modelos de tablas
    • II. Clasificación Sectorial
    • III. Modelos de declaración
    • IV. Anexos metodológicos



Ámbito de referencia

Ámbito geográfico

En esta estadística se integran las operaciones realizadas en el ámbito de aplicación del impuesto. El apartado uno del artículo 3 de la Ley 37/92, del Impuesto sobre el Valor Añadido, establece como ámbito espacial del impuesto el territorio español, incluyendo en él las islas adyacentes, el mar territorial hasta el límite de las doce millas náuticas y el espacio aéreo correspondiente a dicho territorio. El apartado dos del artículo 3 de esta Ley recoge, como exclusiones del ámbito de aplicación del impuesto, las operaciones realizadas en Canarias, Ceuta y Melilla.

La normativa del impuesto establece unas normas específicas que regulan el régimen especial por razón del territorio que afecta a los territorios históricos del País Vasco y de la Comunidad Foral de Navarra.

En estos casos, el impuesto se exigirá de acuerdo con lo establecido en esta Ley del IVA y en las normas reguladoras de los regímenes de Concierto y Convenios económicos en vigor. Las condiciones básicas de aplicación del impuesto son:

Como consecuencia de lo expuesto, las declaraciones resumen-anual del impuesto no incluirán las operaciones de aquellos sujetos que tributen de forma exclusiva a las Administraciones Forales del País Vasco y Navarra.

Ámbito poblacional

La presente estadística es una investigación censal de las empresas que son presentadoras de declaraciones del Impuesto sobre el Valor Añadido, estén o no obligadas a la presentación de un resumen anual de sus operaciones.

Deben presentar la declaración resumen-anual todos aquellos sujetos pasivos del IVA que tengan obligación de presentar declaraciones-liquidaciones periódicas del impuesto y no estén exonerados, ya sean mensuales o trimestrales, incluidos los sujetos pasivos que tengan la consideración de grandes empresas y, además, aquellos sujetos pasivos acogidos al procedimiento de declaración conjunta.

En el ámbito poblacional del IVA se incluye un colectivo de sujetos pasivos que se consideran empresarios a los solos efectos de aplicación de la Ley del IVA, constituido por los arrendadores de locales de negocios.

La normativa del IVA excluye de la obligación de declaración y liquidación del impuesto a los sujetos pasivos acogidos a determinados regímenes especiales. Así, el art. 129 de la Ley del IVA excluye de estas obligaciones a los sujetos pasivos acogidos al Régimen Especial de la Agricultura, Ganadería y Pesca; y el art. 154.2 excluye a los acogidos al Régimen Especial del Recargo de Equivalencia.

Sin embargo, esta circunstancia no implica la no inclusión en el ámbito de la estadística de las operaciones realizadas por estos colectivos. Muy al contrario, las actividades realizadas en el ámbito del Régimen Especial de la Agricultura, Ganadería y Pesca se integran en la estadística a través de la compensación satisfecha por aquellos sujetos adquirientes de productos agrícolas, ganaderos o pesqueros en este régimen especial, y las actividades de comerciantes minoristas realizadas en el ámbito del Régimen Especial del Recargo de Equivalencia se integran a través del recargo repercutido junto con las cuotas de IVA en las entregas de bienes efectuadas por los sujetos pasivos proveedores (mayoristas o fabricantes) a estos sujetos acogidos al Régimen Especial, y declarados en su resumen-anual junto al resto de sus operaciones.

Por todo lo expuesto y como síntesis, los principales colectivos empresariales excluidos del impuesto y, por tanto, de esta estadística son:

Ámbito temporal

La presente explotación incluye las declaraciones del Impuesto sobre el Valor Añadido relativas a los ejercicios fiscales 2011 a 2014, aunque en realidad cada ejercicio fiscal corresponde a una publicación independiente cuyo año de referencia es el del último ejercicio fiscal.




Variables objeto de explotación. Clasificación

Variables objeto de explotación.Variables de clasificación

En este epígrafe se enumeran las variables de clasificación que se presentan en las Tablas Estadísticas y se describen brevemente las principales características de cada una de ellas.

VARIABLES DE CLASIFICACIÓN

Las tablas se presentan atendiendo a unos criterios o variables de clasificación procedentes de la misma fuente tributaria.

1. CRITERIOS ECONÓMICOS

1.1 Comunidad Autónoma

La distribución de los resultados se presentan geográficamente a nivel de Comunidad Autónoma, que se obtiene del domicilio fiscal del declarante del impuesto. Estas tabulaciones geográficas atribuyen a la CC.AA. en que la empresa tiene su domicilio fiscal la totalidad de las ventas, aunque parte de ellas correspondan a otras CC.AA. en que la empresa tenga establecimientos. Las CC.AA. consideradas son las del Territorio Común, excepción hecha de Canarias por estar fuera del ámbito de aplicación del impuesto.

1.2 Tipo de Entidad 1

Esta clasificación se aproxima al sector institucional de la Contabilidad Nacional de forma que, atendiendo a la personalidad jurídica, a la finalidad lucrativa o no del objeto social de la entidad y al tamaño de la empresa a efectos fiscales, se establece la siguiente clasificación por tipos de entidad:

  • Administración Pública e Instituciones sin fines de lucro
    1. Administraciones Públicas
    2. Instituciones sin fines de lucro
      • Comunidad de propietarios
      • Congregaciones religiosas
      • Resto de IPSL
  • Empresas
    1. Empresas personales
      • Personas físicas
      • Entidades en atribución de rentas
    2. Empresas societarias
      • Grandes empresas
      • Pymes
(1)

A partir de 2007 la clasificación por tipo de entidad se ha modificado siendo posible establecer una clasificación más agregada y más homogénea tanto para las empresas como para las instituciones sin fines de lucro.

Las empresas quedan clasificadas atendiendo a su forma personal de tributación diferenciando entre Empresas societarias, que son las que tributan por el Impuesto sobre Sociedades, y las Empresas personales que tributan por el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

En cuanto a las ISFL, las modificaciones introducidas en el NIF según RD 1065/2007, de 27 de julio de 2008 permite clasificar las instituciones con mayor detalle y precisión.

1.3 Tipo de Actividad

Según la naturaleza de la actividad principal que realiza la empresa se establece la siguiente clasificación:

  • Industriales
  • Agricultores y ganaderos
    • Agricultores
    • Ganaderos
  • Profesionales y artistas
    • Profesionales
    • Artistas
  • Arrendadores de locales
  • Resto

1.4 Sector económico

La actividad principal de cada empresa se obtiene de la declaración anual de IVA, de la información de epígrafes del impuesto de actividades económicas anual y de la actividad principal asignada en el Censo de Grandes Empresas. En función de esta información, a partir del ejercicio 2009, la estadística Resultados económicos y tributarios en el Iva presenta una nueva clasificación sectorial armonizada con la nueva Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009):

  • 01 Agricultura, ganadería,silvicultura y pesca
  • 02 Industria extractiva, energía y agua
  • 03 Industria
  • 04 Construcción y actividades inmobiliarias
  • 05 Comercio, reparaciones y transporte
  • 06 Información y comunicaciones
  • 07 Entidades financieras y aseguradoras
  • 08 Servicios a las empresas
  • 09 Servicios sociales
  • 10 Otros servicios personales y de ocio
  • 11 Sin clasificar

En algunas tablas de la estadística esta clasificación por sector económico se presenta con la siguiente agrupación:

  • Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca
  • Industria: formado por los sectores 02 y 03
  • Construcción y actividades inmobiliarias
  • Comercio y comunicaciones: formado por los sectores 05 y 06
  • Actividades financieras y servicios a las empresas: formado por los sectores 07 y 08
  • Servicios sociales
  • Otros servicios y sin clasificar: formado por los sectores 10 y 11

2. CRITERIOS RECAUDATORIOS

2.1 Clase

Atendiendo a determinadas características de liquidación y a normas de tributación específicas que condicionan el comportamiento recaudatorio de los sujetos pasivos, estos se agrupan en las siguientes clases:

  • Régimen Simplificado: Procedimiento específico y diferenciado de declaración. Régimen especial aplicable según lo establecido en los arts. 122 y 123 de la Ley del IVA.Entrará en esta categoría todo declarante cuyo resultado de IVA se deba exclusivamente a actividades en régimen simplificado y no realice ninguna actividad en régimen general.
  • Régimen general:
    • Actividades con tipos reducidos: Actividades con tipos de IVA soportados en operaciones corrientes superiores a los tipos de IVA repercutidos.
    • Régimen de deducción especial: Agrupa a todos los declarantes a los que les resulta aplicable algún régimen de deducción especial (arts. 101 y siguientes de la Ley del IVA).
      • Prorrata general
      • Prorrata especial
      • Sectores diferenciados

      Todo ello por la realización de alguna actividad exenta sin derecho a deducción.

      Entran en esta categoría todos aquellos declarantes que tienen contenido significativo en las ventas exentas sin derecho a deducción (declaradas o estimadas) o bien tienen un contenido distinto entre los valores de las compras totales y las compras deducibles.

    • Régimen de deducción general: categoría que reúne el resto de los declarantes en régimen general.

En resumen, según la clase de empresa los declarantes se agrupan en las siguientes categorías:

  • Simplificado
  • Tipos reducidos
  • Deducción especial
  • Deducción general

2.2 Colectivo

La clasificación por colectivos se basa en las causas que motivan el signo de la liquidación anual del Impuesto. Más concretamente, las distintas causas por las que se puede obtener un saldo de liquidación de signo negativo.

Para ello, se estudian las fases en la configuración de la recaudación del impuesto (su explicación se encuentra en el apartado referido a magnitudes recaudatorias) y se imputan a colectivos distintos según la fase recaudatoria en la que sobreviene el signo negativo, si es el caso.

Según esta clasificación, los declarantes se agrupan en las siguientes categorías o grupos:

  • Positivo
  • Exportador
  • Inversor
  • Actividad

COLECTIVO POSITIVO

El primer colectivo estará integrado por todos los sujetos pasivos cuyas declaraciones de IVA no incurren en ninguna de las causas que implican generar saldo negativo, o lo que es lo mismo, adelantar recaudación de IVA a la Hacienda Pública convirtiéndose de este modo en acreedor de la misma. Este colectivo se denomina "POSITIVO".

La recaudación del período, la recaudación de la actividad interior y la del valor añadido interior son positivas en el ejercicio considerado.

El resultado de la liquidación anual del ejercicio puede ser negativo o positivo en función de la cuantía de las compensaciones pendientes de ejercicios anteriores.

COLECTIVO EXPORTADOR

El segundo colectivo está integrado por aquellos declarantes cuyo saldo recaudatorio se convierte en negativo como consecuencia de las ventas exteriores. La recaudación derivada de operaciones corrientes, incluso el saldo resultante después de deducir las cuotas de IVA por inversión, arroja una cantidad positiva, sin embargo, si se elimina la cuantía de las cuotas de IVA consideradas como IVA repercutido en el análisis de las operaciones corrientes en relación con las ventas exteriores aparece el saldo negativo. Este colectivo integra todos aquellos sujetos cuyo saldo negativo se justifica por la realización de operaciones exteriores. Por ello, se denominará "EXPORTADOR".

COLECTIVO INVERSOR

El tercer colectivo estará integrado por aquellos declarantes cuyo saldo recaudatorio se convierte en negativo como consecuencia de las deducciones por operaciones de inversión. La recaudación derivada de las operaciones corrientes es positiva pero no lo suficiente para absorber las cuotas soportadas en las adquisiciones de bienes de inversión. Se trata, por tanto, de un colectivo cuyo saldo negativo se justifica por la realización de inversiones. Se denominará "INVERSOR".

COLECTIVO ACTIVIDAD

Por último, el colectivo restante es aquel cuyo saldo recaudatorio por operaciones corrientes ya arroja cifras negativas. Este saldo negativo puede ser motivado porque las cuotas repercutidas lo son a un tipo reducido o superreducido y, sin embargo, se soportan cuotas al tipo general sin obtener un margen o valor añadido en la actividad que cubra la diferencia. O también, se obtiene un saldo negativo cuando se genera un valor añadido negativo, las compras corrientes son mayores que las ventas: casos de pérdidas de explotación o casos de inicio de la actividad.

En cualquier caso, en este colectivo las causas que motivan el saldo negativo pueden ser de distinta naturaleza, pero siempre consecuencia de las características específicas de la actividad realizada por el sujeto pasivo. Por ello, este colectivo se denominará "ACTIVIDAD".

2.3 Signo del Resultado de la liquidación anual

La clasificación por signo del resultado atiende al sentido del signo final de la liquidación anual del impuesto. Esta variable, recogida en la partida 94 de la declaración anual, es el resultado de detraer de la recaudación del período la parte no ingresada en el Estado por corresponder a territorios forales y las cantidades destinadas a saldar compensaciones pendientes de ejercicios anteriores. Desde la perspectiva liquidatoria esta variable recoge la cuenta agregada anual de las liquidaciones periódicas del impuesto.

Según el sentido del signo del Resultado de la liquidación anual se distingue entre:

  • Positivo: declarantes cuyo resultado de la liquidación anual es positivo.
  • Negativo: declarantes cuyo resultado de la liquidación anual es nulo o negativo.



Variables objeto de explotación. Análisis

Variables de análisis

Se consideran variables de análisis originales las que aparecen directamente en los modelos de declaración o, que sin aparecer directamente, se obtienen por simple agregación de las anteriores. En algunos casos, variables de análisis que aparecen directamente en la declaración se han descompuesto en dos variables estimadas, un ejemplo es la descomposición de compras corrientes y de inversión en deducibles y sin derecho a deducción.

Las variables se presentan en unos formatos predeterminados (tablas) en cuatro bloques de información, cuyos contenidos se desarrollan en los siguientes apartados. Los bloques de información de esta estadística son:

  1. Liquidación
  2. Magnitudes recaudatorias
  3. Magnitudes económicas
  4. Parámetros de liquidación

1. LIQUIDACIÓN

Definidas todas las magnitudes recaudatorias y económicas y los parámetros de liquidación característicos del impuesto, se establece la conexión entre todos los elementos mediante la liquidación descrita en las TABLAS TIPO I

Mediante la liquidación se obtiene la recaudación del período como producto de una base denominada "Base Teórica" y un tipo medio ponderado. La base, a su vez, se integra por agregación de los distintos componentes (ventas, compras corrientes, inversión,adquisiciones intracomunitarias y ventas exteriores) y a cada uno de ellos les corresponde un tipo impositivo específico, configurando los distintos componentes de la Recaudación, que corresponde al concepto de "Recaudación del período".

Cada componente de la base se ha descrito como variable económica en la TABLA TIPO III, con los siguientes matices:

  1. En la liquidación no se incluyen las magnitudes correspondientes a las actividades exentas sin derecho a deducción, es decir:
    • Ventas exentas sin derecho a deducción (VESD)
    • Compras corrientes no deducibles (CCTSD)
    • Inversión no deducible (CITSD)
  2. En la liquidación se incluyen las actividades en regímenes especiales directamente por el valor añadido (Agencias de viajes, bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección, Régimen Simplificado y Recargo de equivalencia) y no se integra el valor añadido del régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca, además el mecanismo de inversión del sujeto pasivo se extiende a algunas operaciones interiores. En estos casos el sujeto pasivo declara e ingresa las cuotas correspondientes a sus adquisiciones, siendo por tanto operaciones de terceros. Se recogerán en este apartado como cuotas de ventas realizadas por otros sujetos residentes.

Cada componente de la recaudación ha sido descrito como variable recaudatoria en la TABLA TIPO II (Véase Anexo I), especificando de forma expresa todos los elementos de cada concepto, de forma que se establece la correspondencia con las partidas concretas de las declaraciones.

El resumen de la liquidación responde al siguiente ESQUEMA DE LIQUIDACIÓN

TABLA TIPO I BASE TMP CUOTA
OPERACIONES CORRIENTES
Ventas con derecho a deducción (1) VTDD TVDD CUOTAREP
Compras corrientes deducibles (2) CCD TCC CUOTASOP
Operaciones en Regímenes especiales (3) VARESP(*) TVARES CUOTARES
FASE 1: RESULTADO DERIVADO DEL VALOR AÑADIDO INTERIOR
(1)-(2)+(3)
BSALDO1 RESVA(CSALDO1)
OPERACIONES DE INVERSIÓN NETA (4)=(5)-(6) IN RESIN
Base de compras de inversión deducible (5) BCID TCI RCID
Desinversión (6) DESINV TG RDESINV
FASE 2: RESULTADO DERIVADO ACTIVIDAD INTERIOR
BSALDO1-(4)
BSALDO2 RESACTIN (CSALDO2)
OTRAS OPERACIONES (9)=(7)+(8) BOO ROO
Compras exteriores (7) CEx RCEx
Ajustes, modificaciones y rectificaciones (8) BMODIF MODIFTOT
FASE 3: RESULTADO DERIVADO DE LA PRODUCCIÓN
BSALDO2+(9)
BSALDO3 RESPROD (CSALDO3)
Ventas exteriores (10) VED TVRG RVEXT
FASE 4: RECAUDACIÓN DEL PERÍODO BITD BSALDO3 - (10) BITD
(BSALDO4)
TMP RESPER (CSALDO4)
(*)
VARESP suma del valor añadido de los regímenes simplificados y del régimen especial del recargo de equivalencia, agencias de viajes y bienes usados y supuestos de inversión del sujeto pasivo en operaciones interiores.

2. MAGNITUDES RECAUDATORIAS

Son aquellas que configuran la liquidación del impuesto y se encuentran recogidas en las TABLAS TIPO II (Véase Anexo I). La mayoría de ellas son variables originales por lo que se presenta un cuadro de correspondencias de los nombres de las variables de la tabla II y las partidas del modelo. Sin embargo, como novedad incorporada en esta estadística, cabe destacar la definición de unos conceptos recaudatorios nuevos que, paso a paso, incorporan los efectos de las distintas especificidades que establece la normativa del impuesto.

El análisis de la recaudación se realiza a través del proceso de configuración de la recaudación real de IVA por aplicación de la normativa vigente, según la información disponible en el modelo resumen anual del impuesto. Pero a partir de esta publicación se plantea una liquidación teórica o simulada del impuesto, integrando en el proceso las operaciones de importaciones y asimiladas a la importación, equiparando su mecanismo de liquidación al correspondiente a las adquisiciones intracomunitarias: las deducciones por importaciones se incrementan en el importe de la deducción correspondiente a operaciones asimiladas a la importación a partir de abril de 2005, y el concepto de recaudación correspondiente a otras operaciones se completa con la información de cuotas ingresadas por importaciones y cuotas por operaciones asimiladas a la importación.

2.1 Operaciones corrientes


OPERACIONES CORRIENTES
RESULTADO DERIVADO DEL VALOR AÑADIDO INTERIOR RESVA
RÉGIMEN GENERAL CUOTARG
Total Cuotas IVA repercutidas y potenciales CUOTAREP
Cuotas IVA repercutido por:
Ventas comerciales sujetas C11
Cuotas IVA potenciales por:
Ventas exteriores RVEXT
Total Cuotas IVA deducibles por compras corrientes CUOTASOP
REGÍMENES ESPECIALES CUOTARES


Cuotas de IVA por ventas con derecho a deducción CUOTAREP = C11+RVEXT

Suma de cuotas de IVA repercutido por ventas corrientes sujetas (C11) que se obtiene como suma de las cuotas repercutidas en régimen ordinario minoradas en las cuotas repercutidas por entregas de bienes de inversión o en operaciones inmobiliarias o financieras sujetas no habituales más cuotas de IVA potenciales por ventas exteriores (RVEXT). Este es un importe estimado que infiere una cuota potencial a las exportaciones derivado de tratarlas como operaciones sujetas y no exentas.

Cuotas de IVA repercutido por ventas corrientes sujetas en régimen general (C11): C11=par2+par4+par6+par501+par503+par505+par644+par646+par648-CEBIFIS

Cuotas de IVA potenciales por ventas exteriores (RVEXT): RVEXT= (par103+par104)*TVRG
Donde TVRG es el tipo de Ventas de Régimen General


Cuotas por compras corrientes deducibles CUOTASOP

Es la suma de cuotas de IVA deducibles por compras corrientes en operaciones interiores (par 49+par 513) y las cuotas de IVA por compras corrientes en importaciones (par 53), cuotas de IVA deducibles por compras corrientes en adquisiciones intracomunitarias de bienes (par 57), cuotas de IVA deducibles por compras corrientes en adquisiciones intracomunitarias de servicios (par 598), compensación agraria deducible por compras agrarias en régimen especial (par 61) y el ajuste derivado de regularización por aplicación del porcentaje definitivo de la prorrata general en operaciones corrientes (par 522) y cuotas deducidas por operaciones asimiladas a las importaciones en el modelo 380.


Cuotas IVA en régimen general (CUOTARG= CUOTAREP - CUOTASOP)

Es la diferencia entre la cuota de IVA por ventas con derecho a deducción (CUOTAREP) y la cuotas por compras corrientes deducibles (CUOTASOP).


Cuotas IVA en régimen ESPECIAL (CUOTARES)

Es la suma de las cuotas repercutidas por los regímenes especiales de IVA, estos regímenes son los siguientes: por bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección (par8 + par10 + par12), agencias de viajes (par 14), régimen simplificado de actividades empresariales no agrícolas, ganaderos y forestales (par 74), régimen simplificado de actividades agrícolas, ganaderas y forestales (par 75) y de recargo de equivalencia (par36 + par600 + par602 + par42 + par44 + par46), y la inversión del sujeto pasivo en operaciones interiores (par27- la estimación correspondiente a establecidos en terceros países).


Resultado derivado del valor añadido interior (RESVA = CSALDO1)

Se calcula como suma de las cuotas en régimen general (CUOTAREG) y de las cuotas de regímenes especiales (CUOTARES).
RESVA=CUOTAREG + CUOTARES

2.2 Operaciones de inversión


Las cuotas soportadas y deducibles correspondientes a adquisiciones de activos fijos e inversión, minoran el resultado derivado del valor añadido interior, mientras que la desinversión o ventas de estos activos producen el efecto contrario por la repercusión de cuotas. El concepto de operaciones de inversión en esta estadística hace referencia a la inversión neta.


OPERACIONES DE INVERSIÓN
INVERSIÓN NETA RESIN
Cuotas deducidas por inversiones RCID
RÉGIMEN GENERAL DEDRG
RÉGIMEN SIMPLIFICADO DEDRSI
Cuotas repercutidas por desinversión RDESINV
RESULTADO DERIVADO DE LA ACTIVIDAD INTERIOR RESACTIN


Cuotas de IVA correspondientes a la inversión neta RESIN

Es la diferencia entre las cuotas por compras de inversión deducibles (RCID) y las cuotas repercutidas por desinversión (RDESINV).


Cuotas por compras de inversión deducibles (RCID)

Es la suma de las cuotas deducidas por inversiones en régimen general en operaciones interiores (par51), cuotas deducibles por inversiones en régimen general en importaciones (par55), cuotas deducibles por inversiones en régimen general en adquisiciones intracomunitarias (par59), regularización de inversiones (par63) y cuotas soportadas en adquisición de activos fijos en régimen simplificado (par82).


Cuotas repercutidas por desinversión (RDESINV)

Es la suma del importe de las cuotas repercutidas en entregas de bienes e inversión o en operaciones financieras o inmobiliarias ocasionales en operaciones de régimen general (CEBIFIS) y de las cuotas repercutidas en entregas de activos fijos afectos a las actividades acogidas al régimen simplificado (par78).

CEBIFIS se estima como resultado de aplicar el tipo general del impuesto a las base resultante como suma de las partidas 106 y 107 de la declaración, con el límite de las bases sujetas en régimen general.


Resultado derivado de la actividad interior (RESACTIN= CSALDO2)

Diferencia entre el Resultado derivado del valor añadido interior (RESVA) y de las cuotas correspondientes a la inversión neta.
RESACTIN = RESVA - RESIN

2.3 Otras operaciones



OTRAS OPERACIONES
RESULTADO DERIVADO DE LA ACTIVIDAD INTERIOR RESACTIN
OTRAS OPERACIONES ROO
COMPRAS EXTERIORES RCEX
Adquisiciones intracomunitarias de bienes (cuotas autorepercutidas) RAICT
Adquisiciones intracomunitarias de servicios (cuotas autorepercutidas) NUMETAS
Inversión del sujeto pasivo por operaciones con establecidos en terceros píses (cuotas autorepercutidas) RISPM
Importaciones IIA
Operaciones asimiladas a la importación CUOTA 380
Modificaciones y rectificaciones de cuotas MODIFTOT
RESULTADO DERIVADO DE LA PRODUCCIÓN RESPROD


Cuotas derivadas del total otras operaciones

Suma de las cuotas de otras operaciones procedentes de las Compras exteriores(RCEx) más las modificaciones y rectificaciones de cuotas (MODIFTOT).


Cuotas de otras operaciones procedentes de las Compras exteriors (RCEx)

Suma de las cuotas autorepercutidas por adquisiciones intracomunitarias de bienes (par22+par24+par26+par76), por adquisiciones intracomunitarias de servicios (par546+par548+par552), cuotas autorepercutidas por supuestos de inversión del sujeto pasivo (par28+par77) y cuotas satisfechas por importaciones y operaciones asimiladas a las importaciones de bienes.


Modificaciones y rectificaciones de cuotas (MODIFTOT)

Aumento o disminución de cuotas repercutidas o deducidas como consecuencia de modificaciones de la base imponible o rectificaciones de la cuota (par30+par32-par62).


Resultado derivado de la producción (RESPROD= CSALDO3)

Es el importe correspondiente a la suma del Resultado derivado de la actividad interior (CSALDO2) y de las cuotas derivadas de otras operaciones (ROO).


RESULTADO DERIVADO DE LA PRODUCCIÓN RESPROD
CONSUMO EXTERIOR: IVA no repercutido por ventas exteriores RVEXT
RECAUDACIÓN DEL PERIODO RESPER
Correspondiente a Territorio Foral TAF
Compensación pendiente de ejercicios anteriores CPEA
RESULTADO DE LA LIQUIDACIÓN ANUAL RES

IVA no repercutido por ventas exteriores (RVEXT)

Es la estimación de cuotas potenciales asignadas a las ventas exteriores de resultar éstas operaciones sujetas y no exentas. La razón de minorarse aquí es ajustar la recaudación del período a su tratamiento real de ventas exentas con derecho a deducción.


Recaudación del período (RESPER=CSALDO4)

Diferencia entre la recaudación asignada al resultado derivado de la producción (CSALDO3) y el IVA correspondiente al consumo exterior (RVEXT).
RESPER=RESPROD-RVEXT


Recaudación correspondiente al Territorio Foral (TAF)

Es el importe de la Recaudación del período que corresponde a los territorios forales en el caso de sujetos pasivos que tributan a varias administraciones.
TAF = (1-par87)*(par47-par64+par83)= (1-par87)*RESPER


Compensaciones pendientes de ejercicios anteriores (CPEA)

Recaudación del período destinada a saldar los saldos pendientes de compensación de ejercicios anteriores (par93).



RESULTADO DE LA LIQUIDACIÓN ANUAL RES
Ingreso ING
Devolución mensual DEVM
Devolución anual DEVA
Compensaciones pendientes ejercicios posteriores COMP
Ingreso en aduanas IIA
Ingreso por operaciones asimiladas a la importación INGRESO380
Resultados positivos de autoliquidaciones del ejercicio (Mod 322) PAR525
Resultados negativos de autoliquidaciones del ejercicio (Mod 322) PAR526

Resultado de la liquidación anual (RES= CSALDO5)

De una parte, es el importe resultante de detraer de la Recaudación del período las cantidades correspondientes a otras administraciones (TAF) y las destinadas a cubrir los importes pendientes de compensación (CPEA).

De otra, es el resultado de las operaciones de liquidación efectuadas periódicamente: suma de ingresos (par95) menos devoluciones mensuales practicadas (par96), minorado en la devolución anual solicitada (par98) o en saldos pendientes de compensación a 31 de diciembre (par97). Las entidades pertenecientes a los grupos de entidades de IVA, integran en este concepto los saldos de sus declaraciones-liquidaciones periódicas, acumulando de forma diferenciada los de importe positivo (par525) y negativo (par526).

3. MAGNITUDES ECONÓMICAS

Las magnitudes económicas objeto de estudio se agrupan en los siguientes agregados:

  1. Ventas
  2. Compras
  3. Inversión neta
  4. Valor añadido
  5. Saldo de la Balanza Comercial

3.1 Ventas

El concepto de ventas que se emplea en la estadística conceptualmente es el volumen de operaciones (partida 108) de la declaración anual. Se corresponde con el importe total (IVA excluido) de las entregas de bienes y prestaciones de servicios efectuadas por el empresario durante el año natural, incluidas las exentas del impuesto. No se incluyen los ingresos atípicos por operaciones financieras, ventas de bienes inmuebles o de inversión.

Dada la multiplicidad de regímenes y la falta de respuesta que afecta a esa partida de la declaración, se hace necesario delimitar los elementos que integrarán la definición de esta magnitud. Así, se establecen tres componentes diferenciados: las ventas realizadas que originan el derecho a deducir las cuotas de IVA soportadas (VTDD), ya sean interiores o exteriores; las ventas exentas sin derecho a deducción y las ventas relativas a operaciones acogidas a determinados regímenes especiales que han sido objeto de un procedimiento de estimación.

  1. Ventas corrientes con derecho a deducción (VTDD)

    Se agrupan en tres categorías: Ventas de régimen general y ventas exentas con derecho a deducción o ventas exteriores (exportaciones y entregas intracomunitarias):

    • Ventas corrientes sujetas en régimen general(VCRG)

      Esta información se recoge, en la declaración, en las partidas bases repercutidas, sin embargo, en estas casillas también están recogidas otras operaciones que no constituyen operaciones corrientes del declarante sino que son entregas ocasionales y que estarían encuadradas en la actividad extraordinaria. La información de la cuantía de las entregas de bienes inmuebles y operaciones financieras ocasionales se contiene en la partida 106, y las entregas de bienes de inversión en la partida 107. Ambos tipos de entregas constituyen bases de cuotas repercutidas no ligadas a la actividad meramente comercial o productiva.

      La minoración de las bases de IVA repercutido en la cuantía de las partidas 106 y 107 tiene el límite del propio importe global de bases del IVA repercutido, por ello, la definición de Ventas corrientes sujetas en Régimen general (VCRG) se establece:


      VCRG= (Par1 + Par3 + Par5 - Par106 - Par107)

    • Ventas Exteriores(VED)

      Son ventas sujetas, exentas y con derecho a la deducción de las cuotas soportadas en las compras. Se descomponen en:

      1. Entregas intracomunitarias: Se consignan en la partida 103 de la declaración.
      2. Exportaciones: Se consignan en la partida 104 junto a otras operaciones exentas deducibles.

      VED=Par103 + Par104

  2. Ventas exentas sin derecho a deducción (VESD)

    Son las operaciones exentas que se consignan en la partida 105 relativo a las exenciones en las operaciones interiores y que incluye, entre otras, las prestaciones sanitarias, las educativas, las que realizan a sus socios las instituciones sin fines de lucro, las operaciones de seguro y las operaciones financieras.

    Tienen especial importancia en los sectores de Seguros, Bancos y Cajas, Servicios financieros, Sanidad e Investigación y Enseñanza.


  3. Ventas estimadas por regímenes especiales

    Los regímenes especiales del impuesto que eximen de la obligación de declarar y liquidar el IVA son los siguientes:

    • Régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca (CCTAG).
    • Régimen especial del Recargo de equivalencia (VREQT).
    • Régimen Simplificado (VSIMP).

    En los dos primeros, se articula un procedimiento indirecto de ingreso del impuesto a través de terceros, de forma que la información disponible de estas actividades se obtiene de las declaraciones de los clientes de los agricultores y ganaderos acogidos al régimen especial en el primer caso, y por medio de las declaraciones de los proveedores de los comerciantes minoristas acogidos al régimen especial en el segundo.

    En el anexo 1 se recogen las particularidades a tener en cuenta en cada uno de los regímenes mencionados para establecer una correcta medida de las ventas ligadas a cada tipo de actividad.


    Nota del contenido TABLA TIPO III:

    En la Tabla Tipo III se incluyen las variables esenciales descritas en epígrafe de VENTAS y, entre ellas, el concepto de " Ventas corrientes con derecho a deducción" que es uno de los componentes de la BASE TEÓRICA.

VENTAS V
VENTAS REALIZADAS POR EL SUJETO PASIVO
Ventas totales con derecho a deducción VTDD
Ventas corrientes en régimen general VCRG
Ventas exteriores VED
Ventas en régimen simplificado VSIMP
VENTAS REALIZADAS POR TERCEROS
Ventas comercio minorista en recargo de equivalencia VRQT
Ventas en régimen especial agrario CCTAG
Ventas por inversión del sujeto pasivo en operaciones interiores ISPOI

3.2 Compras corrientes

Suma de las compras totales y de compras corrientes estimadas para determinados regímenes especiales (como en el caso de las ventas, el método se localiza en el anexo 1 )

El concepto de compras corrientes utilizado implícitamente en la Ley de IVA abarca , en términos del Plan General Contable, las "compras y trabajos realizados por otras empresas" del subgrupo 60 y los gastos en I + D en arrendamientos y cánones, en reparación y conservación, en servicios profesionales , de transporte, en publicidad, suministros y otros servicios incluidos en los servicios bancarios que no tengan las condición de gastos financieros.

Compras corrientes se clasifican por origen en cinco grupos:

  1. Compras interiores, se refiere a las compras de bienes y servicios corrientes realizadas dentro del territorio de aplicación del impuesto y que se consigna en la partida 48.
  2. Compras Agrarias, son adquisiciones realizadas a los agricultores en régimen especial agrario, se consignan en la partida 60.
  3. Importaciones (CCTM), son las compras de bienes corrientes a terceros países de fuera de la Unión Europea, se consignan en la partida 52 y se incluye en este concepto las bases imponibles de las operaciones asimiladas a las importaciones de bienes.
  4. Adquisiciones Intracomunitarias (CCTAI),son las compras realizadas dentro de la Unión Europea y vienen consignadas en la partida 56 y en la partida 76.
  5. Adquisiciones Intracomunitarias de servicios (CCTAS), son los servicios realizados dentro de la Unión Europea y vienen consignados en la partida 598.

Para elaborar la distinción entre compras deducibles y compras no deducibles se ha transformado la declaración de cada sujeto pasivo en la parte relativa a las deducciones añadiendo la distinción entre compras totales (CCT) y compras deducibles (CCD) para cada nivel de desglose de las mismas

En el caso de declarantes que realizan de forma exclusiva operaciones sujetas y no exentas u operaciones exentas con derecho a deducción se verifica que:


CCT = CCD

y además los tipos medios de IVA soportados en estas adquisiciones cumplen la exigencia de encontrarse en la banda de tipos legales de IVA.


Las Compras corrientes deducibles se denominan CCD, y se definen como:

CCD = CCDOI + CCDM + CCDAI + CCDAS + CCDAG


Las Compras corrientes totales se denominan CCT, y se definen como:

CCT = CCTOI + CCTM + CCTAI + CCTAS + CCTAG


Las Compras corrientes no deducibles se denominan CCTSD, y se definen como:

CCTSD = CCT - CCD


Las Compras corrientes estimadas en régimen simplificado se denominan CCTSIMP.


Las Compras corrientes estimadas en recargo de equivalencia se denominan CCTREQ y se define como:

CCTREQ = Par35 + Par599 + Par601 + Par41 + Par43 + Par45

Las Compras corrientes estimadas en régimen especial agrícola, ganadero y pesquero se denomina BCAGR y se definen como:

BCAGR = Par61/ tA


Nota del contenido TABLA TIPO III:

En la Tabla Tipo III se incluyen las variables esenciales descritas en el epígrafe de COMPRAS CORRIENTES y, entre ellas, el concepto de "Compras corrientes deducibles" que es uno de los componentes de la BASE TEÓRICA.

COMPRAS CORRIENTES CC
COMPRAS CORRIENTES DEDUCIBLES CCD
COMPRAS RÉGIMEN SIMPLIFICADO CCTSIMP
COMPRAS COMERCIO MINORISTA EN RECARGO DE EQUIVALENCIA CCTREQ
COMPRAS EN RÉGIMEN ESPECIAL AGRARIO BCAGR

3.3 Inversión neta.

Es el resultado de sumar los conceptos de inversión deducible y no deducible de régimen general y régimen simplificado y minorarlo en la cuantía de la desinversión.


Compras de inversión deducibles en régimen general

De modo similar a las compras corrientes se clasifican por origen en tres grupos:

  1. Operciones interiores: se refiere a las compras de inversión dentro del territorio de aplicación del impuesto y se consigna en la partida 51 y partida 521.
  2. Importaciones: las compras de bienes de inversión realizadas a terceros países de fuera de la Unión Europea, se consignan en la partida 55.
  3. Adquisiciones Intracomunitarias: compras de bienes de inversión realizadas dentro de la Unión Europea, vienen consignadas en la partida 59.

Compras de inversión deducibles en régimen simplificado

Importe correspondiente a la base imponible del IVA soportado en la adquisición de activos fijos declarados por los sujetos acogidos al régimen simplificado.


Como en el caso de las compras corrientes, para elaborar la distinción entre compras deducibles y compras no deducibles se ha transformado la declaración de cada sujeto pasivo en la parte relativa a las deducciones añadiendo la distinción entre compras totales (CIT) y compras deducibles (CID) para cada nivel de desglose de las mismas.

En el caso de declarantes que realizan de forma exclusiva operaciones sujetas y no exentas u operaciones exentas con derecho a deducción se verifica que:
CIT = CID

Este supuesto corresponde con la plena deducibilidad de las cuotas soportadas en la adquisición de bienes de inversión. Y tal como se explica para las compras corrientes al concepto de compra total y compra deducible se relaciona a través de la prorrata.


El porcentaje de prorrata, P, se define como: P = (1 -(VESD/VT))*100.


Desinversión

Importe correspondiente a las entregas de bienes de inversión del régimen general y del régimen simplificado (partidas 106 y 107 y partida 78).


Nota del contenido TABLA TIPO III:

En la Tabla Tipo III se incluyen las variables esenciales descritas en epígrafe de INVERSIÓN NETA y, entre ellas, el concepto de "Compras de Inversión deducibles" y "Desinversión" cuya diferencia constituye la "Inversión Neta deducible" que es uno de los componentes de la BASE TEÓRICA.


INVERSION NETA IN
INVERSION DEDUCIBLE BCID
Inversión en Régimen General CID
Inversión en Régimen Simplificado BDEDRSI
DESINVERSION DESINV

3.4 Valor añadido.

Valor añadido total (VA)

Suma del valor añadido en régimen general y el valor añadido en régimen especial.


Valor añadido en régimen general en actividades sujetas y no exentas y de las actividades exentas con derecho a deducción (VADD)

Diferencia entre la suma de las ventas comerciales en régimen general y las ventas exteriores, y la suma de las compras corrientes deducibles.


Valor añadido en régimen general en actividades exentas sin derecho a deducción (VASD)

Deferencia entre las ventas exentas sin derecho a deducción y las compras corrientes no deducibles.


Valor añadido en regímenes especiales integrados en la BIT (VARESP)

Importe correspondiente a la diferencia entre las ventas y compras corrientes estimadas en los regímenes especiales siguientes: Bienes usados, objetos de arte, antigüedades y objetos de colección, Agencias de viajes, Régimen simplificado y Recargo de equivalencia.


Valor añadido en régimen especial agrario (VANTAG)

Importe correspondiente a la diferencia entre las ventas y compras corrientes estimadas en este régimen especial.



Nota del contenido TABLA TIPO III:

En la Tabla Tipo III se incluyen las variables esenciales descritas en epígrafe de VALOR AÑADIDO y, entre ellas, el concepto de " Valor Añadido de Regímenes especiales Integrados en la BIT" que se integra directamente como uno de los componentes de la BASE TEÓRICA.


VALOR AÑADIDO VA
VALOR AÑADIDO EN RÉGIMEN GENERAL VARG
VALOR AÑADIDO EN REGÍMENES ESPECIALES VARESPT

3.5 Saldo de la Balanza Comercical (SBC).

La importancia que a nivel económico tiene la marcha de la Balanza exterior y la posibilidad de obtener cifras de la actividad exterior desarrollada por las empresas declarantes del IVA hace relevante incluir datos de exportaciones y entregas intracomunitarias e importaciones y adquisiciones intracomunitarias de bienes.

El saldo de la balanza comercial se calcula como diferencia entre el Total salidas o Ventas Exteriores y el Total entradas o Compras Exteriores de bienes. El Saldo de la Balanza Comercial (SBC) se define como:
SBC = Ventas exteriores - Compras exteriores de bienes = (X +EI) - (MDUA + AICT + BI).


Compras Exteriores de bienes

Suma de las entradas por importaciones (MDUA), adquisiciones intracomunitarias se bienes (AICT) y operaciones asimiladas a la importación (BI).


Ventas Exteriores

Suma de las salidas por exportaciones,(X), y entregas intracomunitarias de bienes (EI).


SALDO BALANZA COMERCIAL SBC
COMPRAS EXTERIORES DE BIENES
Importaciones a terceros MDUA
Adquisiciones intracomunitarias de bienes AICT
Operaciones asimiladas a la importación BI
VENTAS EXTERIORES VED
Exportaciones a terceros X
Entregas intracomunitarias EI

4. PARÁMETROS DE LIQUIDACIÓN

Definimos aquí, brevemente, una serie de indicadores, que no son sino una manera distinta de presentar la información con el doble objetivo de percibir el peso de unas variables sobre otras y de conocer los tipos medios de IVA y las prorratas.


PARÁMETROS ECONÓMICOS
TASAS DE VALOR AÑADIDO
NOMBRE DESCRIPCIÓN SIGLAS
TOTAL Valor Añadido / Ventas (VA/V) * 100
Actividades en Régimen General Valor Añadido de Actividades sujetas y exentas con derecho a deducción / Ventas Totales con derecho a deducción (VADD/VTDD) * 100
Actividades exentas sin derecho a deducción Valor Añadido de las Actividades exentas sin derecho a deducción / Ventas Totales exentas sin derecho a deducción (VASD/VESD) * 100
Actividades en Régimen Simplificado Valor Añadido en Régimen Simplificado / Ventas estimadas en Régimen Simplificado (VANT/VSIMP) * 100
Actividades en Recargo de Equivalencia Valor añadido en Recargo de equivalencia / Ventas estimadas en Recargo de equivalencia (VAREQ/VREQT) * 100
TASA DE INVERSIÓN
TASA DE INVERSIÓN Inversión Neta / Ventas (IN/V) * 100
PESO DEL MERCADO EXTERIOR
VENTAS [(X + EI)/VT] * 100
% Exportaciones
Exportaciones / Ventas Totales (X/VT) *100
% Entregas Intracomunitarias
Entregas Intracomunitarias / Ventas Totales (EI/VT) * 100
COMPRAS [(CCTM+CCTAI)/CCT] * 100
% Importaciones
Importaciones de Bienes Corrientes/ Compras Corrientes Totales (CCTM/CCT) * 100
% Adquisiciones Intracomunitarias
Adquisiciones Intracomunitarias corrientes / Compras Corrientes Totales (CCTAI/CCT) * 100
INVERSIONES [(CITM+CITAI)/CIT] * 100
% Importaciones
Importaciones de Bienes de Inversión/ Inversión Total (CITM/CIT) * 100
% Adquisiciones Intracomunitarias
Adquisiciones Intracomunitarias de Bienes de Inversión / Inversión Deducible (CITAI/CIT) * 100

PARÁMETROS TRIBUTARIOS
TIPOS DE IVA
Tipo de Ventas Cuotas de IVA Repercutido por Ventas Totales /
Ventas Totales con derecho a deducción
Tipo de Ventas de Régimen General Cuotas de IVA Repercutido por Ventas Comerciales Sujetas en Régimen General / Ventas Comerciales en Régimen General
Tipo de Compras Corrientes Cuotas de Compras Corrientes Deducibles/ Compras Corrientes Deducibles
Tipo de Valor añadido de Régimen Especial Cuotas de Regímenes Especiales/ Valor Añadido de los Regímenes Especiales
Tipo de Bienes Usados Cuotas Declaradas e ingresadas por los Sujetos Pasivos en R. Especial de Bienes Usados y Antigüedades /
Valor Añadido del Régimen Especial de Bienes Usados y Antigüedades
Tipo de Agencias de Viaje Cuotas Declaradas e ingresadas por los Sujetos Pasivos en R. Especial de Agencias de Viaje /
Valor Añadido del Régimen Especial de Agencias de Viaje
Tipo de Régimen Simplificado Cuotas Declaradas e ingresadas por los Sujetos Pasivos en Régimen Simplificado / Valor Añadido Régimen Simplificado
Tipo de Recargo de Equivalencia Cuotas declaradas e ingresadas por Recargo de equivalencia / Valor añadido estimadas del comercio minorista en Recargo de Equivalencia
Tipo de Ventas Exteriores Cuotas de IVA potenciales por Ventas Exteriores / Ventas Exteriores
Tipo de Compras de Inversión Cuotas deducibles por inversión / Inversión deducible
Tipo de Inversión Neta Resultado derivado de operaciones de inversión / Inversión Neta
Tipo de Adquisiciones Intracomunitarias Cuotas autorrepercutidas por Adquisiciones Intracomunitarias / Adquisiciones Intracomunitarias
Tipo de Adquisiciones Intracomunitarias de servicios Cuotas autorrepercutidas por Adquisiciones Intracomunitarias de servicios / Adquisiciones Intracomunitarias de servicios
Tipo de Operaciones de Inversión del Sujeto Pasivo Cuotas autorrepercutidas por Inversión del Sujeto Pasivo/Supuestos de Inversión del Sujeto Pasivo

PRORRATAS
Prorrata de Ventas (Ventas Exentas sin derecho a deducción) / Ventas Totales *100
Prorrata de Compras Corrientes Compras Corrientes Deducibles / Corrientes Totales
Prorrata de Compras de Inversión Inversión Deducible / Inversión Total



ANEXO I

MODELOS DE TABLAS

CONFIGURACIÓN DE LA RECAUDACIÓN IVA


CONFIGURACIÓN DE LA RECAUDACIÓN IVA
NIVELES DE DESAGREGACIÓN
CONCEPTOS 1 2 3 4 5
1 Declarantes NUMERO (=)
1 OPERACIONES CORRIENTES (=)
1 RESULTADO DERIVADO DEL VALOR AÑADIDO INTERIOR
RESVA (=) (=)
2 RÉGIMEN GENERAL
CUOTARG (+) (=)
3 Total Cuotas Iva repercutidas y potenciales
CUOTAREP (+) (=)
4 Cuotas de Iva repercutido por:
(+) (=)
5 Ventas comerciales sujetas
NUMETVRG (+)
4 Cuotas de Iva potenciales por:
(+) (=)
5 Ventas exteriores
RVEXT (+)
3 Total cuotas Iva deducibles por compras corrientes
CUOTASOP (-) (=)
4 Operaciones interiores
CCSOPOI (+)
4 Importaciones
(**) CCSOPM (+)
4 Adquisiciones intracomunitarias de bienes
CCSOPAI (+)
4 Adquisiciones intracomunitarias de servicios
CCSOPAS (+)
4 Compras agrarias en régimen especial
CCSOPAG (+)
4 Regularización por aplicación porcentaje definitivo de prorrata
REGPR (+)
2 REGÍMENES ESPECIALES
CUOTARES (+) (=)
3 Operaciones realizadas por el sujeto pasivo
CRESP1 (+) (=)
4 Bienes usados, obras de arte, antigüedades y objetos de colección
NUMETBU (+)
4 Agencias de viaje
NUMETAV (+)
4 Régimen simplificado
CRSIMP (+) (=)
5 Empresariales (excluidas agrícolas)
CRSEMP (+)
5 Agrícolas y ganaderas
CRSAG (+)
3 Operaciones realizadas por terceros
(+) (=)
4 Recargo de equivalencia
CREQ (+)
4 Inversión del sujeto pasivo en operaciones interiores
RISPOI (+)
1 OPERACIONES DE INVERSIÓN (=)
1 INVERSIÓN NETA
RESIN (=) (=)
2 Cuotas deducidas por inversiones
RCID (+) (=)
3 REGIMEN GENERAL
DEDRG (+) (=)
4 Operaciones interiores
CISOPOI (+)
4 Importaciones
(**) CISOPM (+)
4 Adquisiciones intracomunitarias
CISOPAI (+)
4 Regularización de inversiones
RI (+)
3 REGIMEN SIMPLIFICADO
DEDRSI (+)
2 Cuotas repercutidas por desinversión
RDESINV (-)
1 RESULTADO DERIVADO DE LA ACTIVIDAD INTERIOR RESACTIN (=)
1 OTRAS OPERACIONES (+) ROO2 (=) (=)
2 Adquisiciones intracomunitarias de bienes(cuotas autorepercutidas)
RAICT (+)
2 Adquisiciones intracomunitarias de servicios(cuotas autorepercutidas)
NUMETAS (+)
2 Inversión del sujeto pasivo (cuotas autorepercutidas) en operaciones con establecidos en terceros países
RISPM (+)
2 Importaciones
IIA (+)
2 Operaciones asimiladas a la importación
CUOTA380 (+)
2 Modificaciones y rectificaciones de cuotas
MODIFTOT (+)
1 RESULTADO DERIVADO DE LA PRODUCCIÓN RESPROD2 (=)
1 CONSUMO EXTERIOR (-) (=)
1 Iva no repercutido por ventas exteriores
RVEXT (=)
1 RECAUDACIÓN DEL PERIODO* RESPER2 (=)
1 Correspondiente a Territorio Foral (-)
TAF-DEDUCTAF (=)
1 Compensación pendiente de ejercicios anteriores (-)
CPEA (=)
1 RESULTADO DE LA LIQUIDACIÓN ANUAL RES3 (=) (=)
2 Ingreso
ING (+)
2 Devolución mensual
DEVM (-)
2 Devolución anual
DEVA (-)
2 Compensaciones pendientes ejercicios posteriores
COMP (-)
2 Ingreso en aduanas
IIA (+)
2 Ingreso por operaciones asimiladas a la importación
INGRESO380 (+)
2 Resultados positivos de autoliquidaciones del ejercicio (Mod. 322)
PC525 (+)
2 Resultados negativos de autoliquidaciones del ejercicio (Mod. 322)
PC526 (-)

(Importes en miles de euros)

* Resultado derivado del Consumo interior

** Incluye información del modelo 380 a partir de abril de 2005

MAGNITUDES ECONÓMICAS


MAGNITUDES ECONÓMICAS
NIVELES DE DESAGREGACIÓN
CONCEPTOS 1 2 3 4 5
1 Declarantes
1 VENTAS V (=) (=)
2 VENTAS
VT (+) (=)
3 VENTAS REALIZADAS POR EL SUJETO PASIVO CON DERECHO A DEDUCCIÓN
VTDD (+) (=)
4 VENTAS CORRIENTES RÉGIMEN GENERAL
VCRG (+)
4 VENTAS EXTERIORES (a)+(b)
VED (+) (=)
5 Exportaciones (a)
X (+)
5 Entregas intracomunitarias (b)
EI (+)
3 VENTAS EXENTAS SIN DERECHO A DEDUCCIÓN
VESD (+)
2 VENTAS ESTIMADAS EN RÉGIMEN SIMPLIFICADO
VSIMP (+)
2 VENTAS ESTIMADAS COMERCIO MINORISTA EN RECARGO DE EQUIVALENCIA
VREQT (+)
2 VENTAS EN RÉGIMEN ESPECIAL AGRARIO
CCTAG (+)
2 VENTAS INTERIORES NO SUJETAS POR INVERSIÓN DEL SUJETO PASIVO
ISPOI (+)
1 COMPRAS CORRIENTES CC (=) (=)
2 COMPRAS CORRIENTES TOTALES
CCT (+) (=)
3 COMPRAS CORRIENTES DEDUCIBLES (a)+(b)+(c)+(d)+(e)
CCD (+) (=)
4 Operaciones interiores (a)
CCDOI (+)
4 Importaciones (b)
(*) CCDM (+)
4 Adquisiciones intracomunitarias de bienes (c)
CCDAI (+)
4 Adquisiciones intracomunitarias de servicios (d)
CCDAS (+)
4 Compras agrarias (e)
CCDAG (+)
3 COMPRAS CORRIENTES NO DEDUCIBLES
CCTSD (+)
2 COMPRAS ESTIMADAS RÉGIMEN SIMPLIFICADO
CCTSIMP (+)
2 COMPRAS ESTIMADAS COMERCIO MINORISTA EN RECARGO DE EQUIVALENCIA
CCTREQ (+)
2 COMPRAS ESTIMADAS EN RÉGIMEN ESPECIAL AGRARIO
BCAGR (+)
1 INVERSIÓN NETA IN (=) (=)
2 INVERSIÓN DEDUCIBLE (a)+(b)
BCID (+) (=)
3 Inversión régimen general (a)=(1)+(2)+(3)
CID (+) (=)
4 Operaciones interiores (1)
CIDOI (+)
4 Importaciones (2)
(*) CIDM (+)
4 Adquisiciones intracomunitarias (3)
CIDAI (+)
3 Inversión régimen simplificado (b)
BDEDRSI (+)
2 INVERSION NO DEDUCIBLE
CITSD (+)
2 DESINVERSIÓN
DESINV (-)
1 VALOR AÑADIDO VA (=) (=)
2 VALOR AÑADIDO EN RÉGIMEN GENERAL (a)+(b)
VARG (+) (=)
3 Actividades sujetas y exentas con derecho a deducción (a)
VADD (+)
3 Actividades exentas sin derecho a deducción (b)
VASD (+)
2 VALOR AÑADIDO EN REGÍMENES ESPECIALES (c)+(d)+(e)+(f)+(g)
VARESPT (+) (=)
2 Operaciones realizadas por el sujeto pasivo
3 Bienes usados, obras de arte, antigüedades y objetos de colección (c)
MBU (+)
3 Agencias de viaje (d)
MAV (+)
3 Régimen simplificado (e)
VANT (+)
2 Operaciones realizadas por terceros
3 Recargo de equivalencia (f)
VAREQ (+)
3 Régimen especial agrario (g)
VANTAG (+)
1 SALDO BALANZA COMERCIAL TOTAL SALIDAS- TOTAL ENTRADAS (=) (=)
2 TOTAL ENTRADAS
MDUA+AICT+BI (-)
3 Importaciones a terceros
MDUA (+)
3 Adquisiciones intracomunitarias de bienes
AICT (+)
3 Operaciones asimiladas a la importación
BI (+)
2 TOTAL SALIDAS
X+EI (+)
3 Exportaciones a terceros
X (+)
3 Entregas intracomunitarias
EI (+)

(Importes en miles de euros)

* Incluye información del modelo 380 a partir de abril de 2005

PARÁMETROS DE LIQUIDACIÓN


PARÁMETROS DE LIQUIDACIÓN
Declarantes
ECONÓMICOS
TASAS DE VALOR AÑADIDO
VA/V*100
Actividades en régimen general del sujeto pasivo
VADD/VTDD*100
Actividades exentas sin derecho a deducción
VASD/VESD*100
Actividades en régimen simplificado
VANT/VSIMP*100
Actividades en recargo de equivalencia
VAREQ/VREQT*100
Actividades en régimen especial agrario
VANTAG/CCTAG*100
TASA DE INVERSIÓN
IN/V*100
PESO DEL MERCADO EXTERIOR
VENTAS
(X+EI)/VT*100
% Exportaciones
X/VT*100
% Entregas intracomunitarias
EI/VT*100
COMPRAS
(CCTM+CCTAI)/CCT*100
% Importaciones
CCTM/CCT*100
% Adquisiciones intracomunitarias
CCTAI/CCT*100
INVERSIONES
(CITM+CITAI)/CIT*100
% Importaciones
CITM/CIT*100
% Adquisiciones intracomunitarias
CITAI/CIT*100
TRIBUTARIOS
TIPOS DE IVA
Tipo de ventas
CUOTAREP/VTDD*100
Tipo de ventas de régimen general del sujeto pasivo
NUMETVRG/VCRG*100
Tipo de bienes usados
NUMETBU/MBU*100
Tipo de agencias de viaje
NUMETAV/MAV*100
Tipo de régimen simplificado
CRSIMP/VANT*100
Tipo de operaciones de inversión del sujeto pasivo en operaciones interiores
RISPOI/ISPOI*100
Tipo de recargo de equivalencia
CREQ/VAREQ*100
Tipo de ventas exteriores
RVEXT/VED*100
Tipo de compras corrientes
CUOTASOP/CCD*100
Tipo de compensación agraria
CCSOPAG/CCDAG*100
Tipo de compras de inversión
RCID/BCID*100
Tipo de inversión neta
RESIN/BROI*100
Tipo de adquisiciones intracomunitarias de bienes
RAICT/AICT*100
Tipo de adquisiciones intracomunitarias de servicios
NUMETAS/AIS*100
Tipo de operaciones de inversión del sujeto pasivo con establecidos en terceros países
RISPM/ISPM*100
Tipo de importaciones
IIA/MDUA*100
Tipo de operaciones asimiladas a la importación
CUOTA380/BI380*100
PRORRATAS
Prorrata de ventas
(1-VESD/VT)*100
Prorrata de compras corrientes
CCD/CCT*100
Prorrata de compras de inversión
CID/CIT*100

LIQUIDACIÓN DE IVA


LIQUIDACIÓN DE IVA
FORMACIÓN CUENTA NIVEL DE DESAGREGACIÓN
BASE TIPO MEDIO PONDERADO CUOTA 1 2 1 2 3
1 Declarantes
1 Base de la recaudación de operaciones corrientes (4) (1)-(2)+(3) CUOTA/BASE *100 RESVA (+) (=) (=)
2 Ventas con derecho a deducción (1)
VTDD CUOTAREP (+)
2 Compras corrientes deducibles (2)
CCD CUOTASOP (-)
2 Operaciones de regímenes especiales (3)
VARESP CUOTARES (+) (=)
3 Supuestos de inversión del sujeto pasivo en operaciones interiores
ISPOI RISPOI (+)
3 Resto
(+)
1 Base de la recaudación de operaciones de inversión (7) (5)-(6) RESIN (-) (=)
2 Base de compras de inversión deducible (5)
BCID RCID (+)
2 Desinversión (6)
DESINV RDESINV (-)
1 Adquisiciones intracomunitarias de bienes (8) AICT RAICT (+) (=)
1 Adquisiciones intracomunitarias de servicios (17) AIS NUMETAS (+) (=)
1 Supuestos de inversión del sujeto pasivo con establecidos en terceros países(9) ISPM RISPM (+) (=)
1 Importaciones (14) MDUA IIA (+) (=)
1 Operaciones asimiladas a la importación (15) BI380 CUOTA380 (+) (=)
1 Ajustes, modificaciones y rectificaciones (10) BMODIF MODIFTOT (+) (=)
1 Base producción total (11) (4)-(7)+(8)+(9)+(14)+(15)+(17)+(10) RESPROD2 (=) (+) (=)
1 Ventas exteriores (12) VED RVEXT (-) (=)
1 Base Iva total por declaraciones (13) (11)-(12) RESPER2 (=) (=)

(Importes en miles de euros)

CLASIFICACIÓN SECTORIAL


CORRESPONDENCIA SECTORIAL EN TÉRMINOS CNAE 2009
SECTOR ACTIVIDAD CNAE 2009 SECCIONES CNAE 2009
SECTOR 1 AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA SECCIÓN A AGRICULTURA, GANADERÍA, SILVICULTURA Y PESCA
SECTOR 2 INDUSTRIA EXTRACTIVA, ENERGÍA Y AGUA
SECCIÓN B
SECCIÓN D
SECCIÓN E
INDUSTRIAS EXTRACTIVAS
SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA, GAS, VAPOR Y AIRE ACONDICIONADO
SUMINISTRO DE AGUA, ACTIVIDADES DE SANEAMIENTO, GESTIÓN DE RESIDUOS Y DESCONTAMINACIÓN
SECTOR 3 INDUSTRIA
SECCIÓN C
INDUSTRIA MANUFACTURERA
SECTOR 4 CONSTRUCCIÓN Y ACTIVIDADES INMOBILIARIAS
SECCIÓN F
SECCIÓN L
CONSTRUCCIÓN
ACTIVIDADES INMOBILIARIAS
SECTOR 5 COMERCIO, REPARACIONES Y TRANSPORTE
SECCIÓN G
SECCIÓN H
COMERCIO AL POR MAYOR Y AL POR MENOR; REPARACIÓN DE VEHÍCULOS DE MOTOR Y MOTOCICLETAS
TRANSPORTE Y ALMACENAMIENTO
SECTOR 6 INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES
SECCIÓN J
INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES
SECTOR 7 ENTIDADES FINANCIERAS Y ASEGURADORAS
SECCIÓN K
ACTIVIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS
SECTOR 8 SERVICIOS A LAS EMPRESAS
SECCIÓN N
SECCIÓN M
ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS Y SERVICIOS AUXILIARES
ACTIVIDADES PROFESIONALES, CIENTÍFICAS Y TÉCNICAS
SECTOR 9 SERVICIOS SOCIALES
SECCIÓN P
SECCIÓN Q
SECCIÓN O
EDUCACIÓN
ACTIVIDADES SANITARIAS Y SERVICIOS SOCIALES
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y DEFENSA SEGURIDAD SOCIAL OBLIGATORIA
SECTOR 10 OTROS SERVICIOS PERSONALES Y DE OCIO
SECCIÓN I
SECCIÓN R
SECCIÓN S
HOSTELERÍA
ACTIVIDADES ARTÍSTICAS, RECREATIVAS Y DE ENTRETENIMIENTO
OTROS SERVICIOS



EPÍGRAFES IMPUESTO DE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
SECTOR ACTIVIDADES TARIFAS INDUSTRIALES ACTIVIDADES TARIFAS PROFESIONALES Y ARTISTAS
01-Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca 4(*)
1011 1012 1013 1021 1022 1023 1024 1031 1032 1033
1122 1130
10411 10412
10421 10422 10423 10424 10425
1051 1061 1062 1069 1071 14134 1911 1912
2024 2099
02-Industria extractiva, energía y agua 11111 11112 11113 11114 11121 11122 11131 11132
11211 11212 11213 11219 11221 11231
1124
1141 1142
12111 12112 12121 12122
12311 12312 12313 12314 12319 12321 12322 12331 12332 12341 12342 12391 12392 12399
12441
11511 11512 11513 11514 11515
1152
1153
1162
11432 11433
11611 11612 11613 11614
13722
19212 19214 19215 19216 19219
03-Industria 1114 1130
11431
12211 12212 12213 12214 12215 12216 12217 12221 12222 12223 12224 12225 12226 12231 12232
12233 12234 12241 12242 12243 12244 12245 12246 12247 12248 12251 12252 12259
12411 12412 12421 12422 12423 12431 12432 12433 12434 12435 12442 12443 12451 12452 12461
12462 12463 12464 12465 12466 12471 12472 12473 12474 12475 12476 12479 12791 12492 12499
12511 12512 12513 12514 12515 12516 12517 12521 12522 12531 12532 12533 12534 12535 12536
12537 12538 12539 12541 12542 12551 12552 12553 12554 12555 12559
13111 13112 13122 13123 13131 13132 13139 13141 13142 13151 13152 13161 13162 13163 13164
13165 13166 13167 13168 13169 13191 13199
13211 13212 13221 13222 13223 13231 13232 13233 13241 13242 13243 13251 13252 13253 13254
13261 13262 13291 13294 13299
13301 13302
13411 13412 13413 13414 13415 13419 13421 13422 13431 13432 13433 1344 13451 13452 13453
13454 13455 13456 13457 13458 13459 13461 13462 13463 13464 13465
13511 13512 1352 1353 13541 13542 13543 13544 13551
13611 13612 13613 13614 13615 13616 13617 13621 13622 13631 13632 13639
13711 13712 13713 13714 13715 13716 13721
13811 13812 13821 13822 13831 13832 13833 13834 13835 13891 13892 13899
13911 13912 13913 13914 13915 13916 13917 13918 13921 13922 13931 13932 13991 13992 13993
13994 13995 13996 13997 13998 13999
14111 14112 14121 14122 14123 14124 14131 14132 14133 14141 14142 14143 14144 14151 14152
14161 14162 14171 14172 14181 14182 14191 14192 14193
14201 14202 14211 14212 14221 14222 14223 14224 14231 14232 14233 14239 14241 14242 14243
14251 14252 14253 14259 14261 14262 14271 14272 14281 14282 14291 14292
14311 14312 14313 14321 14322 14323 14331 14332 14341 14342 14343 14344 14351 14352 14353
14354 14361 14362 14363 14369 14371 14371 14391 14392 14393 14399
14411 14412 14413 14421 14422 14429
14511 14512 14513 14514 14521 14522 1453 14541 14542 14551 14559 14561 14562
14611 14612 14621 14622 14623 14624 14631 14632 14633 14634 14641 14642 14643 14651 14652
14653 14654 14655 14656 14659 14661 14662 14671 14672 14681 14682 14683 14684 14685
14711 14712 14721 14722 14731 14732 14733 14734 14739 14741 14742 14743 14751 14752 14753 14754
14811 14812 14819 14821 14822
14911 14912 14921 14922 14923 14924 14925 14926 14927 14928 14941 14942 14951 14959
1692 1699
2837
04-Construcción y actividades inmobiliarias 3(*)
1508 15011 15012 15013 15021 15022 15023 15024 15025 15026 15031 15032 15033 15034 15041
15042 15043 15044 15045 15046 15047 15048 15051 15052 15053 15054
15055 15056 15057 15060 1507 18331 18332
18611 18612 1862
2721 2723 2724
05-Comercio, reparaciones y transporte 1611 16121 16122 16123 16124 16125 16126 16127 16128 16129 16131 16132 16133 16134
16135 16139 16141 16142 16143 16144 16151 16152 16153 16154 16155 16156 16159 16161 16162
16163 16164 16165 16166 16169 16171 16172 16173 16174 16175 16176 16177 16178 16179 16181
16182 16191 16192 16193 16194 16195 16196 16197 16198 16199
1621 1622 1623
1631
1641 16421 16422 16423 16424 16425 16426 16431 16432 16441 16442 16443 16444 16445 16446
1645 16461 16462 16463 16464 16465 16466 16467 16468 16471 16472 16473 16474 16475
16511 16512 16513 16514 16515 16516 16517 16521 16522 16523 16524 16531 16532 16533 16534
16535 16536 16539 16541 16542 16543 16544 16545 16546 16551 16552 16553 1656 1657 16591
16592 16593 16594 16595 16596 16597 16598 16599
16611 16612 16613 16621 16622 16631 16632 16633 16634 16639 16641 16649 1665
16912
17515
1975
11222 11232
17111 17112 17121 17122
17211 17212 17213 1722 17291 17292 17293
17311 17312 17321 17322 17323 17331 17332 17333 17334
17411 17412 17413 17414 17421 17422 17423 17424
17511 17512 17513 17514 17515 17516 17521 17522 17523 17525 17526 17527 17528 17531 17532
17533 17534 17535 17539 17541 17542 17543 17544 17545 17546 17549 17561 17562 17569 1757
1847 18495
18572
2611 2699 2728 2749
06-Información y comunicaciones 13552
14761 14762 14769
17611 17612 17691 17692 17693 17699
1845
19611 19612 19621 19622 19631 19632 19633 19634 19641 19642 19643
2762 2763 2764 2765
07-Entidades financieras y aseguradoras 1811 1812 18191 18192 18193 18194 18195 18196 18197 18198 18199
18211 18212 18213 18221 18222 18223 18224 18229 1823
18311 18312 18313 18319 18321 18322 18329
2711 2712 2713 2727 2748 2799
2884 2885
08-Servicios a las empresas 14931 14932 14933
1841 1842 18431 18432 18433 18434 18435 18436 18439 1844 1846 18493 18497
19361 19362 19363 19364 19365 19369
1945
19731
1983
14113 14153
17524 17551 17552
18491 18492 18494 18496 18498 18499
1851 1852 1853 18541 18542 18551 18552 18553 18559 18561 18562 18571 18573 18574 18575
18576 18577 18578 18579 1859
19211 19213 19221 19222
19673
19733
1974
19891 19892 19893
1991 1999
2011 2012 2013 2021 2022 2023
2111 2112 2121 2131 2199
2211 2212 2213 2214 2221 2222 2223 2228 2299
2311 2321
2411 2412 2421 2422 2431 2432 2441 2451 2499
2722 2725 2726 2731 2732 2733 2734 2741 2742 2743
2744 2746 2747 2751 2761 2774 2775 2776
2851 2852 2899
2322 2359
2521
2599
2771 2772 2773 2777
2811
2853 2854 2882 2883
09-Servicios sociales P(*)
19217
19311 19312 19313 19314 19315 19321 19322 19331 19332 19339 1934
19672
17214
19411 19412 19421 19429 1943 1944
1951 1952
2821 2822 2823 2824 2825 2826
2831 2832 2833 2834 2835 2836 2838 2839 2841
10-Otros servicios personales y de ocio 16711 16712 16713 16414 16715 16721 16722 16723 16731 16732 16741 16742 16743 16744
16745 16746 16747 1675 1676 16771 16779
1681 1682 1683 1684 1685 1686 16871 16872 16873 16874
19351 19352
19613 19651 19652 19653 19654 19655 19661 19662 19669 19671 19681 19682 19683 19691 19692
19693 19694 19695 19696 19697
19811 19812 19813 19821 19822 19823 19824 19825
16911 16919
19218
19422
19711 19712 19713 19721 19722 19732 19791 19792 19793 19794 19799
2224 2225 2226 2227 2278
2855 2861 2862 2871 2872 2873 2886
8011 8012 8013 8014 8015 8016 8017 8018 8019 8021
8022 8029 8031 8032 8033
8039 8041 8042 8043 8044 8045 8046 8047 8048 8049
8051 8052 8053 8054 8055 8059
2612
2881 2887 2888

(*) 3: Tipo de Actividad en el IVA: Arrendador de locales de negocio

(*) P: Código correspondiente a empresas u organismos de la Administración Pública cuya actividad principal no está destinada a venta

(*) 4: Código correspondiente al tipo de actividad IVA: Agricultura, ganadería y pesca





Modelo 390

Modelos del Impuesto sobre el Valor Añadido

Relación de modelos sobre los que se basa la explotación estadística.

  • Ejercicio fiscal: 2005
    • 390 (PDF - 204.288 bytes)
      Declaración resumen anual I.V.A.
    • 392 (PDF - 310.272 bytes)
      Declaración resumen anual I.V.A. grandes empresas.
  • Ejercicio fiscal: 2006
    • 390 (PDF - 277.428 bytes)
      Declaración resumen anual I.V.A.
    • 392 (PDF - 263.168 bytes)
      Declaración resumen anual I.V.A. grandes empresas.
  • Ejercicio fiscal: 2007
    • 390 (PDF - 277.428 bytes)
      Declaración resumen anual I.V.A.
    • 392 (PDF - 263.168 bytes)
      Declaración resumen anual I.V.A. grandes empresas.
  • Ejercicio fiscal: 2008
    • 390 (PDF - 122.880 bytes)
      Declaración resumen anual I.V.A.
    • 392 (PDF - 137.728 bytes)
      Declaración resumen anual I.V.A. grandes empresas.
  • Ejercicio fiscal: 2009
    • 390 (PDF - 122.880 bytes)
      Declaración resumen anual I.V.A.
  • Ejercicio fiscal: 2010 y 2011
    • 390 (PDF - 318.471 bytes)
      Declaración resumen anual I.V.A.
  • Ejercicio fiscal: 2012 y 2013
    • 390 (PDF - 139.264 bytes)
      Declaración resumen anual I.V.A.
  • Ejercicio fiscal: 2014
    • 390 (PDF - 131.672 bytes)
      Declaración resumen anual I.V.A.




Preguntas frecuentes

Resultados económicos y tributarios en el I.V.A.

¿Cuál es la información que constituye la base de la estadística?
¿Por qué es importante?
¿Cuál es el objetivo final de esta estadística?
¿Qué aspectos específicos permiten utilizar esta publicación como herramienta al servicio del análisis recaudatorio?
¿Cómo se construye la base teórica?
¿Por qué se dispone de la información sobre las principales macromagnitudes de nuestra economía?
Correspondencia de la estadística Resultados Económicos y Tributarios en el I.V.A. y Estadística por partidas de I.V.A.
¿Están incorporados los datos de los empresarios que han sido exonerados de presentar la declaración-resumen anual del impuesto?
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¿Cuál es la información que constituye la base de la estadística?

La estadística "Resultados económicos y tributarios en el I.V.A." está basada en cuatro fuentes tributarias distintas: las declaraciones resumen-anual correspondientes a los sujetos pasivos del Impuesto sobre el Valor Añadido (modelo 390), completado, a partir del ejercicio 2014, con el resumen de las operaciones de los sujetos exonerados de presentación del modelo 390 mediante agregación de sus declaraciones periódicas, modelo 303, las declaraciones correspondientes a las operaciones asimiladas a la importación (modelo 380) y las declaraciones aduaneras correspondientes a las importaciones de bienes y la liquidación del impuesto contenida en los DUA (Documento Único Administrativo).

La declaración del Modelo 390 proporciona información sobre los principales componentes de las variables económicas que se analizan tales como las ventas, compras, inversión y comercio exterior; así como de las variables tributarias que determinan el saldo de IVA por declaración y los principales parámetros tributarios del impuesto: tipos medios de ventas y de compras, prorratas, etc.; variables, todas ellas, que en su conjunto explican la recaudación del impuesto.

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¿Por qué es importante?

El Impuesto sobre el Valor Añadido es un impuesto estatal de normativa armonizada en la Unión Europea, cuya recaudación se encuentra vinculada a la evolución de las magnitudes económicas relevantes de la economía.

El análisis de los datos recaudatorios del Impuesto sobre el Valor Añadido que recoge esta publicación pretende proporcionar una herramienta adecuada para conseguir cuantificar los efectos recaudatorios imputables a cada factor económico, ya que se define la recaudación como una función matemática cuyas variables explicativas serán las magnitudes económicas, dada una estructura impositiva determinada.

El IVA es la segunda fuente de ingresos no financieros del Estado, de ahí que se haga hincapié en la aportación al análisis recaudatorio que ofrece esta publicación.

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¿Cuál es el objetivo final de esta estadística?

El objetivo final es presentar los resultados de los declarantes de IVA, y en especial aproximar la magnitud de Recaudación como producto entre la Base Teórica y el Tipo Medio Ponderado. La definición de Base Teórica sometida a tributación debe interpretarse como el objeto de imposición del IVA, es decir, es la cuantificación del “Consumo Final Interior” que se obtiene por agregación de los valores añadidos incorporados a la producción por todas las unidades económicas del sistema (unidades declarantes).

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¿Qué aspectos específicos permiten utilizar esta publicación como herramienta al servicio del análisis recaudatorio?

  • Construcción del concepto de recaudación del período como sumatorio de varios componentes definidos todos ellos como producto entre una variable económica y su tipo medio ponderado de gravamen.
  • Definición de una cuenta de configuración de la recaudación del impuesto en la que, además de los componentes de la recaudación, se definen como variables de análisis unos saldos recaudatorios que van incorporando, paso a paso, midiendo los efectos de los distintos aspectos normativos del impuesto.
  • Implementación de dos nuevos criterios de clasificación o agrupación de declarantes:
    • CLASE: cuyo objetivo es aislar el grupo de declarantes cuyo comportamiento ante el impuesto sea el más general, es decir, el que no sea afectado por ninguna especialidad normativa que distorsione su liquidación. Esta clase se ha denominado de "Deducción General" y se distingue de aquellos declarantes en "Régimen simplificado", de aquellos obligados a repercutir tipos de IVA inferiores a los soportados y de aquellos que realizan actividades sometidas a regímenes especiales de deducción.
    • COLECTIVO: cuyo objetivo es agrupar a los declarantes según la causa que origina el signo de su recaudación del período, de esta manera se diferencian aquellos que generan un saldo positivo de los que obtienen un saldo negativo. En este último caso se distinguirá si su causa es la realización de actividad exterior, inversiones o consecuencia de su actividad.
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¿Cómo se construye la base teórica?

La definición de consumo arranca de la definición del PIB desde la perspectiva de la demanda:



Desde esta perspectiva, los conceptos que componen el PIB se definen en términos agregados. Si el IVA grava el consumo, la BIT (Base Imponible Teórica) del impuesto se podría identificar con el consumo del siguiente modo:



Siendo además:



Por tanto,


Siendo "Ajustes" los derivados de la normativa, por ejemplo implicaciones de las operaciones no sujetas, implicaciones de restricciones al derecho a deducir, implementación de regímenes especiales, etc. ...

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¿Por qué se dispone de la información sobre las principales macromagnitudes de nuestra economía?

En el marco de la UE, se ha optado por liquidar el impuesto mediante el mecanismo de "cuota sobre cuota", Sin embargo, los modelos periódicos de liquidación del impuesto incluyen la información de las bases imponibles, y otras variables relevantes a efectos informativos para conocer el volumen total de operaciones de cada empresa (incluyendo las ventas exentas e incluso las no sujetas), así como el total de la cuantía de las compras (incluyendo las que corresponden a impuesto soportado y no deducible, etc. ...).

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Correspondencia de la estadística Resultados Económicos y Tributarios en el I.V.A. y Estadística por partidas de I.V.A.

La Estadística por partidas de IVA se basa sólo y exclusivamente en el modelo 390 Resumen anual, en cambio la estadística Resultados económicos y tributarios de IVA añade además información de las declaraciones correspondientes a las operaciones asimiladas a la importación (modelo 380) y las declaraciones aduaneras correspondientes a las importaciones de bienes y la liquidación del impuesto contenida en los DUA (Documento Único Administrativo).

En la Estadística por partidas de IVA, se encuentra la información en términos de partidas de la declaración resumen-anual, sin embargo en la Estadística de Resultados Económicos y Tributarios en el IVA, la información disponible no se encuentra en términos de partidas, sino que se encuentra en términos de variables económicas y tributarias que responden a las definiciones recogidas en la Metodología correspondiente.

Además el concepto de base teórica y las clasificaciones empleadas es otro elemento diferencial de ambas publicaciones

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¿Están incorporados los datos de los empresarios que han sido exonerados de presentar la declaración-resumen anual del impuesto?

La Estadística Resultados económicos y tributarios en el I.V.A. incluye todas las operciones realizadas durante el ejercicio por los sujetos pasivos que han presentado declaraciones-liquidaciones periódicas del impuesto en alguno de los periodos de liquidación del ejercicio

Los datos de aquellos empresarios exonerados de la obligación de presentar el resumen-anual se obtienen por agregación de sus declaraciones periódicas y se transforman en un registro virtual con el mismo formato del modelo 390.

Esta transformación permite hacer las mismas tabulaciones en este colectivo y en el de presentadores directos de modelos 390. Por esta razón, los datos del resumen-anual, se presentan sin distinción de su origen (modelo 390 o agregación de modelos 303) a partir del ejercicio 2014, tal y como se recoge en ejercicios anteriores.

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