La publicación Movilidad del Mercado de Trabajo en las Fuentes Tributarias es una explotación estadística que aborda una particular visión del mercado laboral desde la perspectiva de los movimientos de altas y bajas y permanencias en el empleo asalariado, analizando estas últimas desde la óptica de la movilidad geográfica y la movilidad sectorial de los trabajadores.
Esta estadística obtiene la información primaria de los registros de asalariados contenidos en la Declaración Resumen Anual de Retenciones e Ingresos a Cuenta sobre Rendimientos del Trabajo (Modelo 190). Las tablas estadísticas complementan las de la publicación Mercado de Trabajo y Pensiones en las Fuentes Tributarias de carácter anual, las cuales presentan una visión estática del mismo referido a un año de referencia. La aportación de esta nueva estadística a la anteriormente citada es la visión dinámica del mercado de trabajo: altas y bajas, permanencias y cambios o movimientos entre sectores de actividad, entre Comunidades Autónomas y entre provincias. En ambas publicaciones se mantienen varias de las clasificaciones empleadas tales como el género, la edad de los trabajadores, la Comunidad Autónoma y provincia de su domicilio fiscal, el sector de actividad en el que se hayan empleados, el tramo de salario al que pertenecen y la nacionalidad del trabajador. Con esta última variable de clasificación se intenta dar una medida de la repercusión en el empleo de la población extranjera en respuesta a una creciente demanda de información que exige este mayor detalle .
La publicación Movilidad del Mercado de Trabajo en las Fuentes Tributarias es una estadística cuasicensal basada en los registros relativos a la clave A de retribuciones de asalariados declarados por los pagadores de rentas en el modelo 190, que muestra los movimientos de entrada y salida en el mercado de trabajo así como los flujos de trabajadores que se producen entre Comunidades Autónomas, provincias y sectores de actividad durante los períodos de estudio.
La información se encuentra disponible desde el año 2004; la implementación se realizará para la movilidad del Mercado de Trabajo de dos ejercicios consecutivos.
La finalidad de esta estadística es presentar resultados de las variaciones producidas en el mercado laboral entre dos ejercicios consecutivos, entendidas las transacciones en un sentido amplio, como movimientos o cambios de situación que se producen en el mercado laboral. En concreto, esta publicación muestra los cambios de situación de los trabajadores: incorporaciones (altas) a la situación de asalariado, bajas desde una situación previa de asalariado, y permanencia en la situación de asalariado. En esta última situación dos son los enfoques que se van a visualizar: movilidad geográfica del empleo a nivel autonómico y provincial, determinada por el cambio del domicilio fiscal del asalariado y movilidad sectorial de los trabajadores. El análisis de estos factores explica la dinámica del comportamiento del mercado de trabajo con un horizonte temporal bianual.
Los resultados de esta estadística abordan cuestiones de plena actualidad, pretendiendo dar respuesta a preguntas tales como: qué sectores del mercado laboral son los que proporcionan más o menos estabilidad en los empleos, qué diferencias son debidas al género, nacionalidad o edad, cómo influyen las retribuciones percibidas en la permanencia en un puesto de trabajo, qué flujos de movilidad laboral se efectúan entre Comunidades Autónomas y provincias, cuáles de éstas son las que más mercado de trabajo absorben, etc... .
El marco poblacional lo constituyen los asalariados2 , colectivo compuesto por los perceptores cuyas percepciones están declaradas en el Modelo 190 en la clave A (empleados por cuenta ajena en general), es decir, los perceptores de aquellas retribuciones, dinerarias o en especie, que hayan sido satisfechas por la persona o entidad declarante en concepto de rendimientos de trabajo. Quedan excluidos los asalariados con domicilio fiscal en los Territorios Forales.
Junto a la obligación de declarar las retenciones practicadas e ingresar sus importes en los plazos previstos reglamentariamente, se establece para los retenedores, otra obligación especifica, que es la de proporcionar información completa sobre las rentas pagadas en las declaraciones anuales del Modelo 190. Por tanto, las unidades informantes que están obligadas a presentar dicho Modelo 190 responden en general a una de los siguientes tipos:
Las unidades informantes no comprenden a los hogares que pagan salarios a empleados de hogar del Régimen especial de la Seguridad Social; al no conllevar el pago de estas rentas la obligación de practicar retenciones.
La existencia de regímenes fiscales especiales por razón del territorio en las Diputaciones Forales del País Vasco y Navarra limita el ámbito geográfico de esta estadística al denominado Territorio de Régimen Fiscal Común que excluye, en principio, a los citados territorios. No obstante, las empresas o entidades que operen o mantengan establecimientos en ambos territorios están obligadas al ingreso de las retenciones y a la presentación de la correspondiente declaración anual en las Administraciones de Hacienda de uno y otro. Así, quedan incluidos en esta estadística, todos aquellos perceptores con domicilio fiscal en el Territorio de Régimen Fiscal Común que reciben percepciones de entidades o empresas con obligación de declarar en cualquiera de las Administraciones de Hacienda.
El ámbito temporal lo constituye el año de devengo del impuesto y el año inmediatamente anterior, año t en relación a t-1.
(2) El colectivo de asalariados se acota a los sujetos que perciben en el año una retribución anual superior a la veinticuatroava parte del SMI, o dicho de otro modo personas que hayan trabajado más de 15 días en el año a jornada completa. Su eliminación obedece a que inducen sesgos en los salarios especialmente de las altas y en las bajas y puede considerarse que no constituye fuerza de trabajo de carácter estructural
A continuación se describen los diferentes tipos de movimientos de entrada y salida del Mercado Laboral que se van a presentar en las tablas estadísticas.Todas las situaciones se definen por comparación de los registros de asalariados de los años t y (t-1).
Se considera que un asalariado ha generado un alta en el año t si en ese año forma parte del Mercado de Trabajo como asalariado, pero en el año (t-1) no formaba parte del Mercado de Trabajo como asalariado.
Se considera que un asalariado ha causado baja en el año t si en el año t no forma parte del Mercado de Trabajo como asalariado, pero sí formaba parte del Mercado de Trabajo como asalariado en el año (t-1).
Se considera que un asalariado es una permanencia en el año t si forma parte de la población asalariada en el año de referencia (t) y en el inmediatamente anterior (t-1), en el total nacional este es el único concepto de permanencia posible.
No obstante, cuando se trate de estudiar los cambios registrados en el mercado de trabajo, para el colectivo de asalariados que permanecen como tales en el mercado laboral durante los dos años de estudio se determinará, a su vez, unos FLUJOS atendiendo a dos criterios: flujo de movilidad geográfica (por Comunidad Autónoma y por provincia), entendiendo ésta como cambio de domicilio fiscal entre el año t y (t-1), y flujo de movilidad sectorial, análogamente, concebido como el movimiento-trasiego entre los sectores de actividad en los que trabaja un asalariado entre el año t y (t-1).
Así, respecto al colectivo de asalariados de una Comunidad Autónoma i se definirán los siguientes conceptos:
Las permanencias en el mercado de trabajo entre el año t y (t-1) pueden clasificarse, a su vez, teniendo en cuenta la Comunidad Autónoma de residencia fiscal en el ejercicio de referencia y en el anterior. En este sentido, para una Comunidad Autónoma en particular, y en el año t de referencia, el Mercado de Trabajo de esa comunidad i puede proceder de los siguientes movimientos de los asalariados:
En el año t el asalariado forma parte del Mercado de Trabajo de la Comunidad Autónoma i y en el año (t-1) también ha estado formando parte del Mercado de Trabajo de esa misma Comunidad Autónoma i.
Situación determinada por una incorporación en el año t de un asalariado a la Comunidad Autónoma i procedente de otra comunidad j, es decir, que en el año t -1 no forma parte del Mercado de Trabajo de la comunidad i y sí forma parte del Mercado de Trabajo de la comunidad j, y en el año t deja de formar parte del Mercado de Trabajo de la comunidad j y pasa a formar parte del Mercado de Trabajo de la comunidad i.
Esta situación se produce cuando el asalariado en el año (t-1) formaba parte del Mercado de Trabajo de la Comunidad Autónoma i y en el año t forma parte del Mercado de Trabajo de otra Comunidad Autónoma j distinta.
Teniendo en cuenta las definiciones anteriores se deben cumplir las siguientes relaciones:
El número de Flujos de Entrada contabilizados en todo el territorio nacional en el año t debe ser igual a número de Flujos de Salida en el año (t-1), es decir, se debe tener un saldo cero. Ha de tenerse en cuenta que un asalariado que en el año t forma parte del flujo de entrada de una Comunidad Autónoma genera, a su vez, un flujo de salida desde otra Comunidad Autónoma donde era asalariado en el año (t-1).
Para cada Comunidad Autónoma el número de asalariados que forman parte del Mercado de Trabajo en el año t debe ser igual, por tanto, al número de Altas producidas en el año t en esa Comunidad Autónoma más el número de Permanencias en la Comunidad en el año t más el número de Flujos de entrada en el año t en esa Comunidad Autónoma (asalariados que proceden de otra comunidad).
Para cada Comunidad Autónoma el número de asalariados que forman parte del Mercado de Trabajo en el año (t-1) debe ser igual al número de Bajas producidas en el año t en esa Comunidad Autónoma más el número de Permanencias en la Comunidad producidas en el año t más el número de Flujos de salida en el año t en esa Comunidad Autónoma.
Distribución geográfica | Altas año t (5) |
Bajas año t (4) |
PERMANENCIAS EN AÑOS t y (t-1) | ||
---|---|---|---|---|---|
Permanencia Pura (1) |
Flujo de Entrada (2) |
Flujo de Salida (3) |
|||
Total | - | - | - | - | - |
Andalucía | - | - | - | - | - |
Aragón | - | - | - | - | - |
Asturias, Principado de | - | - | - | - | - |
Balears, Illes | - | - | - | - | - |
Canarias | - | - | - | - | - |
Cantabria | - | - | - | - | - |
Castilla y León | Autonomía año t |
Autonomía año (t-1) |
Autonomía año t y (t-1) |
Autonomía año t |
Autonomía año (t-1) |
Castilla - La Mancha | - | - | - | - | - |
Cataluña | - | - | - | - | - |
Comunitat Valenciana | - | - | - | - | - |
Extremadura | - | - | - | - | - |
Galicia | - | - | - | - | - |
Madrid, Comunidad de | - | - | - | - | - |
Murcia, Región de | - | - | - | - | - |
Rioja, La | - | - | - | - | - |
Asalariados en comunidad i año t = (1)i+(2)i+(5)i
Asalariados en comunidad i año t-1 = (1)i+(3)i+(4)i
Así, respecto al colectivo de asalariados de una provincia i se definirán los siguientes conceptos:
Las permanencias en el mercado de trabajo entre el año t y (t-1) pueden clasificarse, a su vez, teniendo en cuenta la provincia de residencia fiscal en el ejercicio de referencia y en el anterior. En este sentido, para una provincia en particular, y en el año t de referencia, el Mercado de Trabajo de esa provincia i puede proceder de los siguientes movimientos de los asalariados:
En el año t el asalariado forma parte del Mercado de Trabajo de la provincia i y en el año (t-1) también ha estado formando parte del Mercado de Trabajo de esa misma provincia i.
Situación determinada por una incorporación en el año t de un asalariado a la provincia i procedente de otra provincia j distinta, es decir, en el año (t -1) no forma parte del Mercado de Trabajo de la provincia i y sí forma parte del Mercado de Trabajo de la provincia j, y en el año t deja de formar parte del Mercado de Trabajo de la provincia j y pasa a formar parte del Mercado de Trabajo de la provincia i. En función de si la provincia j de origen pertenece a la misma Comunidad Autónoma que la provincia de destino i se distinguen los siguientes flujos de entrada:
La provincia de destino i y la provincia de origen j pertenecen a la misma Comunidad Autónoma. En la visión por Comunidad Autónoma este movimiento se registra como una permanencia pura.
La provincia de destino i y la provincia de origen j pertenecen a distintas Comunidades Autónomas. En la visión por Comunidad Autónoma este movimiento se registra como un flujo de entrada a la Comunidad Autónoma a la que pertenece la provincia de destino i, se produce al mismo tiempo un cambio de provincia y de Comunidad Autónoma.
Esta situación se produce cuando el asalariado en el año (t-1) formaba parte del Mercado de Trabajo de la provincia i y en el año t pasa a formar parte del Mercado de Trabajo de una provincia j distinta, dejando de pertenecer al Mercado de Trabajo de la provincia i. En función de si la provincia i de origen pertenece a la misma Comunidad Autónoma que la provincia de destino j se distinguen los siguientes flujos de salida:
La provincia de destino j y la provincia de origen i pertenecen a la misma Comunidad Autónoma. En la visión por Comunidad Autónoma este movimiento se registra como una permanencia pura.
La provincia de destino j y la provincia de origen i pertenecen a distintas Comunidades Autónomas. En la visión por Comunidad Autónoma este movimiento se registra como un flujo de salida de la Comunidad Autónoma a la que pertenece la provincia de origen i, se produce al mismo tiempo un cambio de provincia y de Comunidad Autónoma.
Teniendo en cuenta las definiciones anteriores se deben cumplir las siguientes relaciones:
La suma de los flujos de salida de las provincias de una misma Comunidad Autónoma en el año (t-1) debe ser igual a la suma de los flujos de entrada a las provincias de esa misma Comunidad Autónoma, en el año t.
La suma por provincias de los flujos de salida (o entrada) a provincias de distinta Comunidad Autónoma coincide, para cada Comunidad Autónoma, con el flujo de salida (o entrada) en la visión de Comunidad Autónoma.
Para cada Comunidad Autónoma, la suma de las permanencias puras de sus provincias más los flujos de entrada (o de salida) a provincias de la misma Comunidad Autónoma coincide con la permanencia pura en la visión de Comunidad Autónoma.
Para cada provincia el número de asalariados que forman parte del Mercado de Trabajo en el año t debe ser igual, por tanto, al número de Altas producidas en el año t en esa provincia, más el número de Permanencias puras en la provincia en el año t, más el número de Flujos de entrada a la provincia procedentes de provincias de la misma Comunidad Autónoma en el año t, más el número de Flujos de entrada a la provincia procedentes de provincias de distinta Comunidad Autónoma en el año t.
Para cada provincia el número de asalariados que forman parte del Mercado de Trabajo en el año (t-1) debe ser igual al número de Bajas producidas en el año t en esa provincia más el número de Permanencias puras en la provincia en el año t, más el número de Flujos de salida desde esa provincia a provincias de la misma Comunidad Autónoma en el año (t-1), más el número de Flujos de salida desde esa provincia a provincias de distinta Comunidad Autónoma en el año (t-1).
Distribución geográfica | Asalariados año (t-1) |
Bajas año (t-1) (1) |
PERMANENCIAS EN AÑOS t y (t-1) | Altas año t (7) |
Asalariados año t |
||||
---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
Flujos de salida | Permanencia Pura (4) |
Flujos de entrada | |||||||
Distinta CC.AA. (2) |
Igual CC.AA. (3) |
Igual CC.AA. (5) |
Distinta CC.AA. (6) |
||||||
Andalucía | - | - | - | - | - | - | - | - | - |
Almería | - | - | - | - | - | - | - | - | - |
Cádiz | - | - | - | - | - | - | - | - | - |
Córdoba | - | - | - | - | - | - | - | - | - |
Granada | Provincia año (t-1) |
Provincia año (t-1) |
Provincia año (t-1) |
Provincia año (t-1) |
Provincia año t y t-1 |
Provincia año t |
Provincia año t |
Provincia año t |
Provincia año t |
Huelva | - | - | - | - | - | - | - | - | - |
Jaén | - | - | - | - | - | - | - | - | - |
Málaga | - | - | - | - | - | - | - | - | - |
Sevilla | - | - | - | - | - | - | - | - | - |
... | - | - | - | - | - | - | - | - | - |
Asalariados en provincia i año t = (1)i+(2)i+(3)i+(4)i
Asalariados en comunidad i año t-1 = (4)i+(5)i+(6)i+(7)i
También se adopta la perspectiva de flujos respecto al sector de actividad, desde esta óptica la proporción de trabajo asignado a cada sector de actividad de la/s entidad/es retenedora/s o empresa/s se imputa en función de las retribuciones que recibe un asalariado en cada uno de los sectores de actividad para los que presta su/s servicio/s. Esta perspectiva permite analizar los cambios, contracciones o expansiones en el empleo asalariado provocadas por cambios en la coyuntura de las actividades económicas que emplean mano de obra asalariada.
En la perspectiva de la actividad ha de tenerse en cuenta que para los asalariados que permanecen en el mercado de trabajo en dos años consecutivos no necesariamente se cumple que un asalariado que en el año t forma parte del flujo de entrada de un sector de actividad genera una salida del Mercado de Trabajo en ese mismo sector de actividad o en otro donde era asalariado en el año (t-1). Esto es debido a que un asalariado puede trabajar en distintos sectores en un mismo año. También el saldo total de los flujos de entrada, desde la perspectiva sectorial en el año t, coincide con el flujo de salida del año t-1.
El análisis del Mercado de Trabajo desde la perspectiva del movimiento del empleo entre años consecutivos motivados por el cambio de domicilio del asalariado o por el trasiego en el sector de actividad del asalariado se ha definido, en sentido amplio, como Flujos.
Sectores Económicos | Altas año t (5) |
Bajas año t (4) |
PERMANENTES EN AÑOS "t" y "t-1" | ||
---|---|---|---|---|---|
Permanencia Pura (1) |
Flujo de Entrada (2) |
Flujo de Salida (3) |
|||
Total | - | - | - | - | - |
Agricultura, ganadería, silvicultura y pesca | - | - | - | - | - |
Industria extractiva, energía y agua | - | - | - | - | - |
Construcción y actividades inmobiliarias | - | - | - | - | - |
Comercio, reparaciones y transporte | - | - | - | - | - |
Información y comunicaciones | Sector año t |
Sector año t-1 |
Sector año t y t-1 |
Sector año t |
Sector año t-1 |
Entidades fianancieras y aseguradoras | - | - | - | - | - |
Servicios a las empresas | - | - | - | - | - |
Servicios sociales | - | - | - | - | - |
Otros servicios personales y de ocio | - | - | - | - | - |
Asalariados en sector de actividad i año t = (1)i+(2)i+(5)i
Asalariados en sector de actividad i año t-1 = (1)i+(3)i+(4)i
El colectivo de análisis, como se ha comentado anteriormente, es el colectivo de asalariados formado por los perceptores cuyas percepciones están declaradas en la clave A (empleados por cuenta ajena en general), que incluye todas aquellas percepciones, dinerarias o en especie, que hayan sido satisfechas por la persona o entidad declarante en concepto de rendimientos del trabajo. Además, a partir del ejercicio 2018 las prestaciones por maternidad y paternidad declaradas por la Seguridad Social se recogen en la clave L27 y, a efectos de esta estadísica, se considera salario. Con el objetivo de que el análisis obtenga resultados consistentes, de la estructura del mercado laboral se eliminan del estudio los asalariados que perciban en computo anual una cantidad de retribución inferior a 15 días de trabajo en términos del SMI, o dicho de otro modo, inferior a la mitad del SMI mensual.
La referencia anual para la definición de la población asalariada y la existencia de situaciones de pluriempleo, de trabajo a tiempo parcial y de relaciones laborales de duración inferior al año posibilita que un asalariado obtenga, a lo largo del año, percepciones salariales de dos o más empresas o entidades.
Llamando Ni al conjunto de entidades que han pagado percepciones salariales al asalariado i y Sij el salario anual satisfecho por la entidad j al asalariado i, el salario anual íntegro (sin descontar retenciones) de dicho asalariado Si es:
Ni es el número de percepciones salariales distintas que ha recibido el asalariado i. Siendo N el número total de entidades pagadoras.
Se considera A como el número de asalariados totales siendo la suma de los asalariados de las distintas entidades j.
donde Aj es el total de asalariados de la entidad j definido como
y fij, se define como la ponderación de cada retribución satisfecha y representa, pues, la importancia que las retribuciones anuales pagadas por la entidad j al asalariado i tienen sobre el total de las retribuciones anuales percibidas por el asalariado i, y Nj el número total de salarios pagados por la entidad j (donde Aj≤Nj). Por tanto, los asalariados con percepciones de varias entidades se contabilizan como asalariados de cada entidad en la proporción del salario satisfecho por esta entidad respecto al total percibido por el asalariado
Dentro de las variables de clasificación se distinguen dos tipos:
Las variables de clasificación que se utilizan en las tablas estadísticas son las siguientes:
Todas las tablas se encuentran desagregadas por sexo del perceptor, su importancia es esencial para obtener una visión global de las diferencias existentes en el Mercado de Trabajo debidas a esta característica del trabajador.
A los asalariados se les clasifica por la edad cumplida en el año t, excepto para las bajas que se utiliza la edad en t-1 ( en algunas tablas se contempla la edad del perceptor en el año t y en el año t-1). Los tramos de edad que se utilizan en la estadística son los siguientes:
Por motivos de secreto estadístico la movilidad de asalariados entre Comunidades Autónomas y Sectores de actividad por tramos de edad se presenta con la siguiente agrupación de tramos:
Se tendrá en cuenta, para los distintos análisis que se realicen, si el asalariado pertenece al colectivo de población extranjera o población nacional, clasificación realizada atendiendo a la primera letra del NIF, (X o M) para extranjeros y el resto de letras para nacionales.
En función del salario total (percepciones declaradas en la clave A y en la clave L27) que percibe cada trabajador se clasificará a éste en uno de los siguientes tramos de salario:
SMI: Salario Mínimo Interprofesional
Cada una de las entidades pagadoras se clasifican en uno de los sectores siguientes según la actividad principal a la que se dedique:
La utilidad de esta variable de clasificación es vital para analizar los cambios determinados por la coyuntura económica a través de la información relativa a la movilidad de trabajadores desde unos sectores de actividad a otros, y así como el conocimiento de la estructura de las altas y las bajas de trabajadores en el Mercado de Trabajo.
A cada asalariado se le asigna la Comunidad Autónoma a la que pertenece su domicilio fiscal en los dos años de referencia de la estadística (t, t-1), de esta manera se pueden analizar los flujos de entradas y salidas del Mercado Laboral entre Comunidades Autónomas.
A cada asalariado se le asigna la provincia a la que pertenece su domicilio fiscal en los dos años de referencia de la estadística (t, t-1), de esta manera se pueden analizar los flujos de entradas y salidas del Mercado Laboral entre provincias.
Los asalariados que forman parte del colectivo de estudio pueden figurar en las declaraciones del Modelo190 de uno o varios retenedores dentro de cada año de referencia. Para la elaboración de las tablas estadísticas y análisis de las mismas, cada perceptor será contabilizado una sola vez con independencia del número de percepciones que reciba en el periodo de referencia. Del mismo modo, cada perceptor que forma parte del ámbito poblacional descrito anteriormente, tiene asignado un único domicilio fiscal con independencia de cual sea el domicilio fiscal de sus retenedores y del número de percepciones que reciba.
La publicación de los resultados se ha estructurado en tres bloques de movilidad:
Este bloque se desdobla según dos variables de clasificación: Tramos de salario y tramos de edad.
Tramos de salario
Estas cuatro tablas se describen a continuación:
El esquema que se presenta en este bloque se repetirá a lo largo del resto de la estadística en los apartados Resumen:
Estas tablas se describen a continuación:
Este apartado presenta varios bloques de datos:
El bloque Resumen proporciona la información presentada en el primer bloque de la estadística pero teniendo como única clasificación las Comunidades Autónomas
El bloque de tablas llamado Matrices de Movilidad proporciona información sobre el número de asalariados nkh que, permaneciendo en el Mercado de Trabajo en el bienio de referencia, trasladan su domicilio fiscal desde la Comunidad Autónoma k a la Comunidad Autónoma h . La diagonal principal de cada matriz contiene el número de asalariados nhh que se mantienen en la misma Comunidad Autónoma en el bienio de referencia. Por lo tanto, cada celda de una fila de la matriz representa el número de asalariados cuyo domicilio fiscal en el año t-1 está en la Comunidad Autónoma que es la cabecera de la fila y en el año t traslada dicho domicilio a cada una de las Comunidades Autónomas que son cabecera de columna. Por columnas cada celda representa el número de asalariados que en el año t trasladan su domicilio fiscal a la Comunidad Autónoma que es cabecera de columna estando su domicilio fiscal en el año t-1 en cada una de las Comunidades Autónomas que son cabecera de fila. Conforman un grupo de tres matrices en función de la clasificación de asalariados que se presente, esto es, según género, nacionalidad o tramos de edad.
Comunidad Autónoma.Año t | |||||
---|---|---|---|---|---|
Andalucía | Aragón | ... | Rioja, La | ||
Comunidad Autónoma Año t-1 |
Andalucía | nhh |
- | - | - |
Aragón | nkh |
- | - | - | |
... |
- | - | - | - | |
Rioja, La | - | - | - | - |
Los bloques de Altas, Bajas y Permanencias presentan el número de asalariados y su salario medio anual para el total de Altas, Bajas y Permanencias en el Mercado de trabajo por Comunidades Autónomas y género. Cada una de estas tablas se puede clasificar según nacionalidad y tramos de edad.
Por motivos de secreto estadístico en las matrices de movilidad no se presentan los datos para Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla.
Este apartado presenta el mismo esquema que el de Comunidades Autónomas, y su contenido es similar pero teniendo como clasificación geográfica la provincia.
Las matrices de movilidad entre provincias no se presentan todas juntas sino que se han separado de la siguiente manera para facilitar la visibilidad de los gráficos:
Por motivos de secreto estadístico en las matrices de movilidad no se presentan los datos para Ciudad de Ceuta y Ciudad de Melilla.
Este apartado presenta varios bloques de datos:
El bloque Resumen proporciona la información presentada en el primer bloque de la estadística pero teniendo como única clasificación los Sectores de Actividad
Los bloques de Altas, Bajas y Permanencias estan formado por tres tablas que presentan el número de asalariados y su salario medio anual para el total de Altas, Bajas y Permanencias en el Mercado de trabajo por Sector de Actividad y género. Cada una de estas tablas se puede clasificar según nacionalidad y tramos de edad.
La publicación Movilidad del Mercado de Trabajo en las Fuentes Tributarias es una explotación estadística, de carácter cuasicensal, que aborda el mercado laboral desde la perspectiva de la movilidad. Esta estadística permite analizar las altas, bajas y permanencias en el empleo asalariado, tanto desde la óptica de la movilidad geográfica como de la movilidad sectorial de los trabajadores.
En las estadísticas que ya ha publicado con anterioridad la Agencia Tributaria el enfoque era de carácter estático. La información estática más completa, de origen tributario, sobre el mercado laboral, se publica en Mercado de Trabajo y Pensiones en las Fuentes Tributarias, de carácter anual. La publicación Movilidad del Mercado de Trabajo en las Fuentes Tributarias proporciona una visión complementaria, dinámica, lo que la hace útil para el análisis longitudinal. En concreto, aporta información muy variada respecto a los movimientos de altas, bajas y permanencias en el empleo asalariado, así como los movimientos entre Comunidades Autónomas y sector de actividad. Desde el bienio 2013-2014, el detalle de la clasificación geográfica se incrementa y se proporcionan datos a nivel de provincia. Además, la creciente demanda de información sobre salarios ha originado la inclusión en esta estadística de una nueva variable de clasificación de la movilidad laboral: tramos de salario. Esta clasificación está disponible a partir del bienio 2014-2015.
Entre los múltiples aspectos que los investigadores vienen señalando como ineficiencias en el mercado de trabajo español están la elevada rotación entre situaciones de empleo y desempleo o la escasa movilidad de los trabajadores, tanto sectorial como, sobre todo, geográfica. Estos aspectos han sido investigados casi siempre con apoyo en muestras de microdatos. Con datos agregados, la movilidad se juzga a menudo, a falta de mejor aproximación, a través de la comparación de cifras que reflejan la situación específica en dos momentos determinados del tiempo. Es decir, suponiendo que los movimientos son los cambios que se producen entre dos fotos fijas de una misma realidad. Esta aproximación es imperfecta, pues obvia todos los movimientos intermedios que se producen para generar la fotografía final. La estadística que aquí se introduce ofrece información respecto a los movimientos de entrada y salida del mercado de trabajo, y añade información muy rica respecto a la movilidad geográfica y sectorial de los trabajadores asalariados, por lo que sin duda es una herramienta muy útil para medir estos aspectos claves del mercado y, lo que es aún más importante, ver cómo cambian en el tiempo esas mediciones.
De los registros de asalariados contenidos en la Declaración Resumen Anual de Retenciones e Ingresos a Cuenta sobre Rendimientos del Trabajo (Modelo 190) que nutre, a su vez, la mencionada publicación Mercado de Trabajo y Pensiones en las Fuentes Tributarias.
Los asalariados que prestan sus servicios en el denominado Territorio de Régimen Fiscal Común (esto es, quedan fuera los que trabajan en País Vasco y Navarra) y que hayan trabajado un periodo mínimo, que se fija en 15 días, aproximados por el salario mínimo interprofesional. Esta última restricción establece una diferencia entre la población de esta nueva publicación y la que figura en la estadística Mercado de Trabajo y Pensiones en las Fuentes Tributarias que incluye a todos los asalariados con independencia del tiempo trabajado.
Además de la distribución de asalariados por edad, género y nacionalidad se puede analizar la población que permanece como asalariado, así como los que entran y salen de esa condición en dos períodos consecutivos. Permite conocer la movilidad de los asalariados entre Comunidades Autónomas, entre provincias (desde el bienio 2013-2014 se incrementa el detalle de la clasificación geográfica proporcionandose información a nivel de provincia), y la proporción de asalariados que cambian de sector de actividad. Resumiendo, permite conocer la dinámica del mercado laboral desde una perspectiva geográfica y sectorial
Los asalariados se clasifican por tramos de edad considerando la edad cumplida en el año t, excepto cuando se presenta la información de las bajas de asalariados en el Mercado de Trabajo que se considera la edad cumplida en el año (t-1). Los tramos de edad utilizados son los siguientes:
Por motivo de secreto estadístico la movilidad de asalariados entre Comunidades Autónomas y Sectores de actividad por tramos de edad se presenta con la siguiente agrupación de tramos:
A la información ya conocida sobre salarios medios a través de la estadística Mercado de Trabajo y Pensiones en las Fuentes Tributarias, se añade aquí la correspondiente a los salarios de los que entran al mercado, de los que han salido o de los que permanecen, todo ello enriquecido por la perspectiva de actividad, lugar de residencia, género, edad o nacionalidad. Además, a partir del bienio 2014-2015, la movilidad laboral se presenta clasificada por el tramo de salario que le corresponde a cada trabajador en función del salario que percibe.
Es la suma de los importes consignados como percepciones dinerarias y en especie en el modelo 190 en la clave A por todos sus empleadores. Este importe se define como importe íntegro anual de las retribuciones satisfechas a los trabajadores, que constituye la base para el cálculo de las retenciones, de acuerdo a lo establecido en el art.83.2 del Reglamento del impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (Real Decreto 439/2007). A partir del ejercicio 2018 a este concepto de retribución salarial se le suman las prestaciones públicas por maternidad o paternidad exentas de IRPF.
El número de asalariados en las publicaciones de la Agencia Tributaria difiere del que se puede encontrar en otras fuentes como la Encuesta de Población Activa, el registro de Afiliación a la Seguridad Social o la Contabilidad Nacional. Aparte de las distintas definiciones y ámbitos, el principal motivo de estas diferencias es el hecho que las poblaciones de las estadísticas basadas en fuentes fiscales son enumeraciones de individuos que han pasado por una determinada situación y no un promedio anual que es como se suelen presentar las cifras en otras estadísticas del mercado de trabajo. Dicho de otra forma, un individuo que sólo haya trabajado un mes en el año suma 1 en las estadísticas derivadas de fuentes fiscales, mientras que sumaría 1/12 en los datos anuales del resto de estadísticas citadas.
También hay diferencias, por parecidos motivos. El salario medio en las fuentes de carácter fiscal se refiere a un ámbito geográfico limitado y se mide como los rendimientos del trabajo declarados divididos por el número de asalariados. La masa salarial aproximada por los rendimientos del trabajo tiene ligeras diferencias conceptuales con la masa salarial medida en otras fuentes estadísticas. Pero sobre todo los asalariados, como se ha comentado, se miden aquí sin tener en cuenta el tiempo que han permanecido en el mercado de trabajo. De esta manera se produce un sesgo a la baja del salario medio en comparación con otras estadísticas en las cuales el denominador es el número de asalariados en promedio anual.