La normativa del impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en lo relativo a la actividad económica de empresarios y profesionales establece tres métodos de determinación del rendimiento neto de las actividades económicas: estimación directa normal, estimación directa simplificada y estimación objetiva de actividades económicas, en este último caso se tiene información diferenciada para las actividades agrícolas, ganaderas y forestales, y para el resto de actividades. Adicionalmente la base de datos de los empresarios personas físicas con actividad empresarial en estimación directa, se presenta junto con las sociedades de reducida dimensión de características similares en la Estadística de Pymes societarias y no societarias, donde se establecen clasificaciones comunes y comparaciones entre estas distintas fórmulas jurídicas para el ejercicio de la actividad económica.
El rendimiento neto de las actividades económicas constituye la renta del empresario sometida a gravamen en el impuesto sobre la renta, es por tanto la retribución o beneficio antes de impuestos del empresario, aunque a lo largo de la publicación esta magnitud se denominará: rendimientos determinados por el método de estimación directa y rendimientos determinados por el método de estimación objetiva (agrarios y no agrarios).
El principal objetivo de esta estadística, complementaria de la de IRPF, es disponer de una publicación donde se describan las características más destacables de las Pymes españolas sin forma societaria. Esto permitirá completar la visión de la actividad económica general, cuyo análisis se ha focalizado fundamentalmente en las actividades realizadas mediante empresas con forma societaria. Para ello, sin ninguna duda, la información de fuente tributaria y, más concretamente, la que es objeto de declaración en el modelo correspondiente al IRPF tiene un valor esencial.
Por otro lado, dada la importancia que el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas tiene para las Comunidades Autónomas, al constituir el principal recurso de su sistema de financiación, la estadística presentará el mayor desglose de información posible para cada una de las Comunidades Autónomas, preservando en todos los casos la confidencialidad de la información.
En el ejercicio 2022 se incorporan dos novedades a la estadística; la primera, un nuevo detalle en la clasificación común para la agricultura y ganadería tanto en estimación directa como en módulos que aparece en todas las tablas con desglose por IAE. La segunda novedad es la incorporación de dos tablas de gran interés que permiten conocer con mayor detalle los ingresos y los rendimientos de las actividades económicas en estimación objetiva agrícola y ganadera por tipo de productos y servicios específicos.