8.12. Regularización de declaraciones anteriores
Puede suceder que, una vez presentada la declaración del Impuesto sobre la Renta, el contribuyente advierta errores u omisiones en los datos declarados. El cauce para la rectificación de tales anomalías es diferente, dependiendo de que los errores u omisiones hayan causado un perjuicio a la Hacienda Pública o al propio contribuyente.
RECTIFICACIÓN DE AUTOLIQUIDACIÓN: Si las declaraciones presentadas con anterioridad han supuesto un perjuicio al contribuyente, como la omisión de alguna deducción, la declaración de alguna renta exenta, entre otros, el contribuyente podrá solicitar la rectificación de dicha declaración mediante un escrito presentado ante la Administración o Delegación que corresponda.
No obstante, el programa ha incorporado un apartado específico para solicitar la modificación de autoliquidaciones de forma que si se marca la casilla 127 de solicitud de rectificación, la autoliquidación hace las funciones de escrito de solicitud.