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Patrimonio 2021

3.4. Bienes y derechos objeto de declaración

Por obligación personal

Sin perjuicio de lo dispuesto en los Tratados o Convenios internacionales, debe declararse el conjunto de bienes y derechos de contenido económico de que sea titular el declarante a 31 de diciembre de 2021 con deducción de las cargas y gravámenes de naturaleza real que disminuyan su valor, así como de las deudas y obligaciones personales de las que el mismo deba responder.

Por obligación real

Sin perjuicio de lo dispuesto en los Tratados o Convenios internacionales, deben declararse, exclusivamente, los bienes y derechos de que sea titular el declarante a 31 de diciembre de 2021, cuando los mismos estuvieran situados, pudieran ejercitarse o hubieran de cumplirse en territorio español, con deducción de las cargas y gravámenes de naturaleza real que disminuyan su valor, así como las deudas por capitales invertidos en los mismos.