5. Cumplimentación. Datos personales, familiares y generales
Para la cumplimentación de los datos personales y familiares tendrá que tener en cuenta:
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La determinación de los miembros de la unidad familiar y de las circunstancias familiares se realizará atendiendo a la situación existente a 31 de diciembre de cada año, salvo en el caso de fallecimiento en un día distinto a esa fecha.
En este caso, el periodo impositivo terminará y se devengará el impuesto en la fecha del fallecimiento.
Ejemplo: matrimonio formado por los cónyuges "A"y "B" con los que convive su hijo "C" menor de edad. En julio fallece "A".
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Tributación individual
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Tributación individual de "A" con periodo impositivo inferior al año natural.
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Tributación individual de "B" y tributación individual del "C" con periodo impositivo igual al año natural.
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Tributación individual y conjunta
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Tributación individual de "A" con periodo impositivo inferior al año natural.
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Declaración conjunta de los restantes miembros de la unidad familiar ( "B" y "C") por todo el año.
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Los datos identificativos, en el programa, se agrupan en:
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Declarante.
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Cónyuge (los datos del cónyuge son obligatorios en caso de matrimonio no separado legalmente).
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Hijos menores de 18 años y mayores de edad sobre los que se ha constituido curatela representativa o que están sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
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Hijos con edades comprendidas entre 18 y 24 años sobre los que no se ha constituido curatela representativa ni están sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
Hijos de 25 años o más con discapacidad sobre los que no se ha constituido curatela representativa ni están sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada.
Descendientes distintos de los hijos y personas en acogimiento o tutela (o de las que se tenga la guarda y custodia por resolución judicial) menores de 25 años o mayores de esa edad con discapacidad.
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Ascendientes mayores de 65 años o con discapacidad.
Una vez que haya introducido los datos, los haya modificado si fuese necesario y, los haya aceptado no podrá rectificar los relativos a: el NIF, el estado civil, el sexo, la existencia o no de hijos que formen parte de la unidad familiar, la consideración del cónyuge como no residente que no es contribuyente por el IRPF , los descendientes perceptores de rentas (Hijo1, Hijo 2, Hijo 3 e Hijo 4), y la fecha de fallecimiento del contribuyente.
Si tiene que modificar cualquiera de estos datos tendrá que iniciar una nueva declaración.
Después de aceptar los datos identificativos anteriores, los datos personales y familiares se dividen en:
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Situación familiar.
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Primer declarante.
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Cónyuge.
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Hijos integrantes de la unidad familiar que no hayan percibido rentas y otros descendientes con derecho al mínimo por tal concepto..
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Ascendientes mayores de 65 años o con discapacidad.
Recuerde que algunas deducciones autonómicas exigen otros datos personales que se solicitarán en las pantallas destinadas a la cumplimentación de las "Deducciones autonómicas de la cuota".
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