Otros lugares de presentación y depósito temporal de mercancías
Si introduces mercancías dentro del territorio aduanero de la UE, conoce los lugares donde debes trasladarlas sin demora
Se considera como "presentación de las mercancías", la notificación a las autoridades aduaneras de la llegada de las mercancías a la aduana, o a cualquier otro lugar designado o autorizado por aquellas y de su disponibilidad para los controles aduaneros.
Durante el periodo transitorio de desarrollo de los sistemas electrónicos ajustados al anexo B del Reglamento delegado (UE) 2015/2446.( DOUE, 15-marzo-2016) , la presentación a la aduana española se realiza con la declaración de depósito temporal. Sin perjuicio de lo anterior, los envíos sin valor estimable deberán ser presentados mediante el mensaje previsto en la normativa de la Unión (mensaje G3).
La persona que introduzca mercancías en el territorio aduanero de la Unión las trasladará sin demora:
- A la aduana designada por las autoridades aduaneras.
- A cualquier otro lugar designado o autorizado por dichas autoridades.
- A una zona franca.
Las mercancías introducidas en el territorio aduanero de la Unión serán presentadas en aduana inmediatamente después de su llegada a cualquiera de los lugares enumerados.