Colaboración con la industria
La cooperación con la industria es un elemento central en el control internacional de precursores de drogas. La legislación de la UE sobre precursores de drogas refleja plenamente la naturaleza fundamental del principio de cooperación con la industria, y a tal fin la Comisión Europea promueve la plena colaboración con la industria química, particularmente respecto a las sustancias no catalogadas, que se encarga de elaborar y distribuir unas directrices para la identificación de transacciones sospechosas, para que la industria pueda vigilar el comercio de las mismas.
En primer lugar, las empresas, es decir, los fabricantes, productores, comerciantes, distribuidores, transportistas, etc., son la primera línea de defensa contra el desvío de precursores de drogas, ya que están en mejores condiciones para conocer a sus clientes y para identificar posibles transacciones y pedidos inusuales y sospechosas.
En segundo lugar, el negocio ofrece un conocimiento detallado y una importantísima experiencia para el establecimiento de sistemas eficaces de seguimiento sin perjuicio del comercio legítimo.
En tercer lugar, porque la cooperación voluntaria con la empresa ha demostrado ser eficaz y muy flexible, ya que permite responder rápidamente a los cambios en las tendencias y patrones en el desvío de precursores de drogas. Si la vigilancia voluntaria se considera insuficiente para impedir la utilización de una sustancia no catalogada en la fabricación ilícita de drogas, la Comisión podría incluirla dentro de las sustancias sujetas a control.
La Comisión ha firmado Acuerdos de colaboración con la Industria Química Europea (The European Chemical Industry Council –CEFIC-), así como con la Asociación Europea de Distribuidores Químicos (The European Association of Chemical Distributors –FECC-).
A nivel nacional se ha firmado un Acuerdo de Colaboración entre la Secretaria de Estado de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (en representación del Departamento de Aduanas como responsable del control y vigilancia del comercio exterior de precursores de drogas entre la Unión Europea y terceros países), y la Secretaria de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior (en representación del Centro de Inteligencia contra el Crimen Organizado como responsable del control y supervisión del comercio interior de la Unión Europea), de una parte; y de otra, la Federación Empresarial de la Industria Química Española (FEIQUE).