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Calendario del contribuyente 2023

Impuesto sobre el Valor Añadido

Modelo 04. Solicitud de aplicación del tipo del 4% a vehículos para el transporte habitual de discapacitados en silla de ruedas o movilidad reducida: antes de adquirir el vehículo. 

Modelo 308. Solicitud de devolución por sujetos pasivos ocasionales por entregas de medios de transporte nuevos: 30 días naturales desde la entrega. Solicitud de devolución por sujetos pasivos en el régimen simplificado del IVA y que ejerzan la actividad de transporte de viajeros o de mercancías por carretera, por adquirir determinados medios de transporte: 20 días naturales del mes siguiente a su adquisición. Solicitud de devolución por entes públicos o establecimientos privados de carácter social en la adquisición de bienes que se entreguen a organismos reconocidos que los exportan (actividades humanitarias, caritativas o educativas): 3 meses desde su entrega.

Modelo 309. Adquisiciones intracomunitarias de medios de transporte nuevos (no empresarios o profesionales): antes de la matriculación definitiva. Procedimientos administrativos o judiciales de ejecución forzosa (excepto transmisión de inmuebles): 1 mes desde el pago del importe de la adjudicación. Incumplimiento del requisito de no transmisión posterior por actos inter vivos del vehículo (beneficiarios del tipo reducido del IVA en entregas o adquisiciones intracomunitarias de vehículos): 4 años siguientes a su fecha de adquisición.

Modelo 303 y 322. Opción o revocación de la aplicación de la prorrata especial, para actividades en curso: presentación de la autoliquidación del último período hasta el 30 de enero del año siguiente.

Modelo 360. Solicitud de devolución del IVA soportado en otros Estados miembros por empresarios y profesionales establecidos en el territorio de aplicación del impuesto y en las Islas Canarias, Ceuta y Melilla y solicitud de devolución del IVA soportado en el territorio de aplicación del impuesto peninsular español e Islas Baleares por empresarios y profesionales establecidos en las Islas Canarias, Ceuta o Melilla: desde el día siguiente al periodo al que se refiere la solicitud y hasta el 30 de septiembre del año natural siguiente.

Modelo 361. Solicitud de devolución del IVA soportado en el territorio peninsular español e Islas Baleares por empresarios y profesionales no establecidos en el territorio de aplicación del impuesto ni en la Unión Europea, Islas Canarias, Ceuta o Melilla: desde el día siguiente al periodo al que se refiere la solicitud y hasta el 30 de septiembre del año natural siguiente.

Modelo 362. Solicitud de reembolso en el marco de relaciones diplomáticas, consulares y de los organismos internacionales reconocidos: 6 meses tras finalizar cada trimestre natural.

Modelo 363. Solicitud de reconocimiento previo de exención en el marco de relaciones diplomáticas, consulares y de los organismos internacionales reconocidos: antes de realizar la operación.

Modelo 364. Solicitud de reembolso de las cuotas tributarias soportadas relativas a la OTAN, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado: seis meses posteriores a la finalización del trimestre al que correspondan las cuotas soportadas.

Modelo 365. Solicitud de reconocimiento previo de las exenciones relativas a la OTAN, a los Cuarteles Generales Internacionales de dicha Organización y a los Estados parte en dicho Tratado: con carácter previo a la realización de cada operación.

Modelo 368. Regímenes especiales aplicables a los servicios de telecomunicaciones, de radiodifusión o de televisión y a los prestados por vía electrónica: hasta el día 20 del mes siguiente al trimestre natural al que se refiera la declaración. Solo se utilizará para presentar modificaciones de declaraciones ya presentadas o declarar de forma extemporánea, hasta el periodo 2T del año 2021.

Modelo 369. Autoliquidación de los regímenes especiales aplicables a los sujetos pasivos que presten servicios a personas que no tengan la condición de sujetos pasivos, que efectúen ventas a distancia de bienes y ciertas entregas interiores de bienes: mes siguiente a la liquidación mensual o trimestral, al que se refiera la declaración. Los plazos de vencimiento del modelo 369 no se ven ampliados cuando el último día del plazo es inhábil.