Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte
Modelos 05 y 06. Solicitud de no sujeción, exención y reducción de base imponible con reconocimiento previo y declaración de exenciones y no sujeciones sin reconocimiento previo, respectivamente: antes de la matriculación definitiva.
Modelo 568. Solicitud de devolución por reventa y envío de medios de transporte fuera del territorio: 1 a 20 de enero, abril, julio y octubre.
Modelo 576. Autoliquidación. Se declararán las operaciones sujetas y no exentas: tras solicitar la matriculación definitiva del medio de transporte y antes de que se haya producido. Si el hecho imponible no es la matriculación definitiva: 15 días naturales desde el devengo del impuesto.