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Cartera de valores

4.7. AV REDUCCIÓN DE CAPITAL CON AMORTIZACIÓN DE VALORES

Si la reducción del capital social, se instrumenta mediante la amortización de las acciones, se considerarán amortizadas las acciones adquiridas en primer lugar, y el valor de adquisición no anulado se distribuirá proporcionalmente entre los restantes valores homogéneos que permanezcan en el patrimonio del contribuyente.

En este caso al no existir devolución de aportaciones se difiere la tributación al momento en que se produzca la transmisión de los valores que permanecen en el patrimonio del contribuyente.

Si la reducción de capital corresponde a la distribución de beneficios no distribuidos no consigne esta operación en Cartera de Valores y declare en Renta Web los rendimientos del capital mobiliario.

Tipo de operación AV.

Fecha de la operación la de transmisión de los derechos.

Clave de mercado según la operación se haya realizado:

  • 1- Mercado secundario oficial de valores español

  • 2- Mercado secundario oficial de valores extranjeros europeos

  • 3- Mercado secundario oficial de valores extranjeros extraeuropeos.

Número de títulos.

Nominal de los títulos.