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Cartera de valores

4.8. TRD CANJE, FUSIÓN, ABSORCIÓN Y ESCISIÓN CON DIFERIMIENTO

Se consignarán con esta clave de Transmisión con diferimiento (TRD) la transmisión de las acciones de una sociedad como consecuencia de las operaciones de canje, fusión y escisión a las que resulte de aplicación el régimen especial de diferimiento fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

La aplicación de este régimen supone que en la fecha de canje, fusión o escisión no se produce ganancia o pérdida patrimonial por las acciones transmitidas de la antigua entidad, sino que la ganancia o pérdida se difiere al momento futuro de transmisión de las acciones adjudicadas en la nueva entidad.

En el momento de la transmisión futura de las acciones recibidas de la nueva entidad la ganancia o pérdida patrimonial se determina por la diferencia entre:

  • El precio de transmisión y

  • El valor de adquisición de las acciones antiguas que se entregaron en el canje, fusión o escisión. Esta valoración se aumentará o disminuirá en el importe de la compensación complementaria en dinero entregada o recibida.

Estas operaciones de transmisión con diferimiento (TRD) se deberán vincular con la operación de adquisición con diferimiento (ADD) de las acciones en la nueva entidad, pero se consignan de forma separada cada una en la agrupación de sus correspondientes acciones.

Se entenderán vinculadas las operaciones ADD y TRD cuando ambas operaciones tengan la misma fecha y además se cumpla la siguiente igualdad:

Importe de la TRD = Importe de la ADD + Compensación recibida – Compensación entregada.

(Nota: En las operaciones de canje de valores, fusiones, absorciones o escisiones a las que no sea de aplicación el régimen especial de diferimiento previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley del Impuesto sobre Sociedades se consignará una operación de transmisión (TR) de las acciones entregadas y una operación de adquisición (AD) por las nuevas acciones recibidas.)

Tipo de operación TRD.

Fecha de la operación la de transmisión de las acciones.

Clave de mercado según la operación se haya realizado:

  • 1- Mercado secundario oficial de valores español

  • 2- Mercado secundario oficial de valores extranjeros europeos

  • 3- Mercado secundario oficial de valores extranjeros extraeuropeos.

Número de títulos.

Importe de la operación.

Nominal de los títulos.

Gastos.