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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2019

10.14.14. Por inversión en vivienda habitual de jóvenes menores de 36 años

Los contribuyentes podrán deducirse el 15 por ciento de las cantidades satisfechas en el ejercicio por la adquisición, construcción, ampliación o rehabilitación de la vivienda habitual con los siguientes requisitos:

  • El contribuyente deberá ser menor de 36 años a fecha de devengo del impuesto (normalmente a 31 de diciembre).
  • La vivienda constituya o vaya a constituir la residencia habitual del contribuyente.
  • La vivienda debe haber sido adquirida con posteriorida a 1 de enero de 2013, o la rehabilitación iniciada con posterioridad a esa fecha.

La base máxima anual de esta deducción será de 9.000 euros.

Esta deducción es incompatible con las deducciones autonómicas "Por las cantidades invertidas en obras de rehabilitación de la vivienda habitual" y "Por cantidades invertidas en adquisición o construcción de vivienda habitual para jóvenes", para aquellos jóvenes que huvieran adquirido o rehabilitado su vivienda antes del día 1 de enero de 2013.

Cuando se dé la anterior circunstancia, el contribuyente seguirá aplicando esas deducciones y no podrá aplicarse la presente deducción por inversión en vivienda habitual de jóvenes menores de 36 años.

Cumplimentación

Deberá incluir directamente, en la casilla habilitada al efecto, las cantidades satisfechas con derecho a deducción. El programa aplicará sobre esa cantidad, el 15 por ciento de deducción.