10.5.15. Por donaciones y aportaciones para fines culturales, deportivos, investigación o docencia
Los contribuyentes podrán deducir el 15 por ciento del importe de las donaciones y aportaciones efectuadas para los siguientes destinatarios.
- Donaciones dinerarias efectuadas a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, corporaciones locales canarias, y a las entidades públicas de carácter cultural, deportiva, o de investigación que dependan de las mismas, siempre que se destinen a la financiación de programas de gasto o actuaciones que tengan por objeto la promoción de cualquier actividad cultural, deportiva o de investigación distinta de las donaciones con finalidad ecológica y de las donaciones para la rehabilitación o conservación del patrimonio histórico de Canarias. La base máxima de deducción será de 50.000 euros anuales.
- Donaciones dinerarias efectuadas a empresas culturales con fondos propios inferiores a 300.000 euros, cuya actividad sea la cinematografía, las artes escénicas, la música, la pintura y otras artes visuales o audiovisuales o la edición, siempre que se destinen al desarrollo de su actividad. La base máxima de deducción será de 3.000 anuales.
- Donaciones dinerarias efectuadas a empresas científicas con fondos propios inferiores a 300.000 euros, cuya actividad principal sea la investigación, siempre que se destinen al desarrollo de su actividad. La base máxima de deducción será de 3.000 anuales.
- Donaciones dinerarias efectuadas a las universidades públicas y privadas, a los centros de investigación y a los centros superiores de enseñanzas artísticas de Canarias, cuando se destinen a la financiación de programas de gasto o a actuaciones que tengan por objeto actividades de investigación o docencia. La base máxima de deducción será de 50.000 anuales.
- Donaciones dinerarias efectuadas a las universidades públicas de Canarias, y a los centros públicos de enseñanzas artísticas superiores de Canarias con destino a la financiación de programas de gasto o a actuaciones para el fomento del acceso a la educación superior. La base máxima de deducción será de 50.000 anuales.
- Aportaciones de capital efectuadas a empresas de base tecnológicas creadas o desarrolladas a partir de patentes o de resultados generados por proyectos de investigación realizados en universidades canarias. La base máxima de deducción será de 50.000 anuales.
El importe de esta deducción no podrá exceder del 5 por ciento de la cuota íntegra autonómica.
Paara justificar la donación el contribuyente deberá obtener de la entidad donataria certificaciónen en la que figure, el número de identificación fisca, los datos de identificación del donante y de la entidad donataria, la fecha, el destino del donativo, el carácter irevocable de la donación, la acpetación de la misma, el importe cuando éste sea dinerario y si es no dinerario el valor de los biens donados y el documento acreditativo de la entrega.
Además cuando el destinatario sea un entidad o universidad canaria de naturaleza pública, en la certificació se incorporará la identificación del proyecto de interés cultural, deportivo investigación o docente y si el donatario tiene naturaleza privada, deberá constar una certificación adicional, expedida por la consejería competente, en la que se haga constar que el proyecto es de interés cultural, deportivo de investigación o docente.
Cumplimentación
Deberá indicar, por cada modalidad de donativo, las cantidades donadas con derecho a deducción.