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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2019

10.7.12. Por arrendamiento de vivienda habitual para contribuyentes menores de 36 años

Los contribuyentes podrán deducirse de la cuota íntegra autonómica el 15 por ciento de las cantidades satisfechas por el arrendamiento de la vivienda que constituya o vaya a constituir su residencia habitual en Castilla-La Mancha durante el período impositivo, con un máximo de 450 euros.

Esta deducción podrá llegar hasta el 20 por ciento de las cantidades satisfechas con un máximo de 612 euros en los siguientes supuestos:

  1. Cuando el contribuyente tenga su domicilio habitual en un municipio de Castilla-La Mancha de hasta 2.500 habitantes.

  2. Cuando el contribuyente tenga su domicilio habitual en un municipio de Castilla-La Mancha con población superior a 2.500 habitantes y hasta 10.000 habitantes, que se encuentre a una distancia mayor de 30 kilómetros de un municipio con población superior a 50.000 habitantes.

Para determinar el número de habitantes de cada municipio se tomará el establecido en el padrón municipal de habitantes en vigor a 1 de enero del año de devengo del impuesto.

Requisitos

  1. Que a la fecha de devengo de impuesto, el contribuyente tenga su residencia habitual en Castilla-La Mancha.

  2. Que el contribuyente sea menor de 36 años.

  3. Que la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro del contribuyente menos el mínimo por descendientes no sea superior a 12.500 euros en tributación individual o a 25.000 euros en tributación conjunta.

  4. Que en la autoliquidación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se consigne el número de identificación fiscal del arrendador de la vivienda.

El concepto de vivienda habitual será el fijado por la normativa reguladora del IRPF vigente a la fecha de devengo del impuesto.

Cumplimentación

A través de la ventana de captura de datos el contribuyente hará constar:

  1. El importe total satisfecho por el contribuyente titular de la deducción por el arrendamiento de una misma vivienda. El programa admite un máximo de dos viviendas. Deberá indicar por cada vivienda, la clave del municipio que corresponda.

  2. El NIF del arrendador. Si el arrendador no tiene NIF, deberá consignar el Número de Identificación en el país de residencia.

El programa trasladará los datos incluidos al anexo B6 de la declaración.