10.7.2. Por discapacidad del contribuyente
Los contribuyentes con discapacidad podrán deducirse de la cuota íntegra autonómica 300 euros.
Requisitos
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Deberá acreditarse un grado de discapacidad igual o superior al 65 por ciento.
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La suma de la base imponible general y la del ahorro no debe superar la cantidad de 27.000 euros en tributación individual o a 36.000 euros en tributación conjunta.
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Esta deducción será incompatible con la deducción por contribuyente mayor de 75 años. En el caso de que el contribuyente mayor de 75 años tenga la condición de discapacidad en un grado igual o superior al 65%, se aplicará la deducción por discapacidad.
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En tributación conjunta esta deducción será incompatible por la misma persona con la deducción por discapacidad de descendientes debiendo aplicarse ésta última.
Cumplimentación
La deducción será calculada por el programa en base a los datos que haya indicado en las ventanas de "Datos personales y familiares".