4. Cumplimentación. Cuestiones previas.
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La captura de los datos necesarios para realizar la declaración se realizará necesariamente desde la declaración individual de cada contribuyente.
Si desea optar por la tributación conjunta de su unidad familiar, el programa generará la declaración conjunta a partir de los datos introducidos en las declaraciones individuales. No obstante, podrán cumplimentarse desde la declaración conjunta los siguientes datos:
- Datos referentes al Representante.
- Declaración Complementaria (con efectos sólo en la declaración conjunta)
- Asignación Tributaria.
- Cuenta corriente del documento de ingreso o devolución
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La declaración individual se generará automáticamente en cualquiera de los siguientes supuestos:
- Contribuyentes fallecidos en el año 2019 en un día distinto al 31 de diciembre.
- Contribuyentes cuyo cónyuge es no residente y no contribuyente del IRPF.
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También opcionalmente podrá marcar una "X" si desea introducir únicamente sus propios datos económicos sin incluir los del resto de la unidad familiar.
En este caso, el programa no realizará los cálculos que le permiten conocer la modalidad de tributación (individual o conjunta) que le es más favorable, ni admitirá la posibilidad de solicitar la suspensión del ingreso de la deuda tributaria, en una cuantía igual o inferior a la devolución a la que tenga derecho su cónyuge por este impuesto.
Una vez confirmada esta pantalla no podrá ser modificada con posterioridad por lo que si necesita hacer algún cambio deberá iniciar una nueva declaración.