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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2019

7.4.2.8. Cumplimentación de actividades en estimación directa

Actividades en estimación directa

Se recogen las actividades económicas realizadas por el contribuyente en estimación directa en cualquiera de sus modalidades (normal o simplificada).

Si se ejerce la actividad a través de una entidad sometida al régimen de atribución de rentas como son las comunidades de bienes, las herencias yacentes, las sociedades civiles que no tengan personalidad jurídica, las sociedades civiles con personalidad jurídica que no tienen objeto mercantil etc, no deberá rellenar este apartado, deberá consignar el rendimiento neto atribuido en el apartado E " Regímenes especiales" Régimen de atribución de rentas: rendimientos del capital y de actividades económicas y ganancias y pérdidas patrimoniales".

Clave indicativa del tipo de actividad 

En esta casilla se seleccionará el tipo o naturaleza de la actividad entre alguna de las cinco siguientes:

  1. Actividades empresariales de carácter mercantil

    Tienen carácter mercantil aquéllas actividades empresariales que son así calificadas conforme a las disposiciones del Código de Comercio.

    En general, se clasificarán en este apartado todas las actividades que no deban incluirse en ninguno de los números siguientes.

  2. Actividades agrícolas,  ganaderas, forestales y pesqueras

    Se entiende por actividades agrícolas o ganaderas aquellas mediante las cuales se obtengan directamente de las explotaciones productos naturales, vegetales o animales y no se sometan a procesos de transformación, elaboración o manufactura.

    Se considerará proceso de transformación, elaboración o manufactura toda actividad para cuyo ejercicio sea preceptivo el alta en un epígrafe correspondiente a actividades industriales en las tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas.

    Se incluyen entre las actividades agrícolas y ganaderas:

    1. La ganadería independiente.

    2. La prestación, por agricultores o ganaderos, de trabajos o servicios accesorios de naturaleza agrícola o ganadera, con los medios que ordinariamente son utilizados en sus explotaciones.

    3. Los servicios de cría, guarda y engorde de ganado.

  3. Otras actividades empresariales de carácter no mercantil

    Se incluirían en esta clave, por ejemplo, las actividades de artesanía, siempre que las ventas de los objetos construidos o fabricados se realicen en los propios talleres de los artesanos.

  4. Actividades profesionales de carácter artístico o deportivo

    Son actividades artísticas y deportivas las incluidas en la Sección Tercera de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas.

  5. Restantes actividades profesionales

    Aparte de las artísticas y deportivas indicadas en la clave anterior, son actividades profesionales, como regla general, las incluidas en la Sección Segunda de las Tarifas del Impuesto sobre Actividades Económicas (incluso si son desarrolladas por comunidades de bienes y demás entidades en régimen de atribución de rentas, a quienes la normativa del IAE les obliga a matricularse en el epígrafe correlativo o análogo de la Sección Primera).

    En particular, tienen esta consideración los rendimientos derivados del ejercicio de profesiones liberales.

Modalidad de determinación del rendimiento neto

Deberá indicar la modalidad de determinación del rendimiento neto: Normal o Simplificada.

Grupo o epígrafe de IAE

Se seleccionará el epígrafe, si se trata de una actividad empresarial, o el grupo, si es profesional, en que la actividad esté clasificada a efectos del Impuesto sobre Actividades Económicas.

Si el contribuyente desarrolla varias actividades encuadradas en la misma clave, deberá consignarse la clasificación en el  IAE de la principal (aquélla de la que se haya obtenido un mayor volumen de ingresos).

Excepcionalmente si la actividad que se realiza no precisa de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, se dejará esta casilla sin cumplimentar.

Criterio de imputación teporal de cobros y pagos

Marcarán esta casilla los titulares de actividades empresariales de carácter no mercantil o de actividades profesionales que opten por el criterio de imputación temporal de cobros y pagos.

Esta opción ha de referirse necesariamente a todas las actividades desarrolladas por el mismo titular.

Ingresos

Deberá consignar en cada uno de los apartados los ingresos íntegros de la actividad

Gastos

Deberá incluir, de manera desglosada, los gastos de la actividad que sean fiscalmente deducibles.

Pagos fraccionados y retenciones 

Deberá consignar el importe de las retenciones e ingresos a cuenta y el programa los trasladará a la casilla 0599 de la página 22 de la declaración.

Los pagos fraccionados correspondientes a todas las actividades económicas, incluidos los pagos fraccionados de las actividades realizadas en régimen especial de atribución de rentas se consignarán en en el Apartado M "Cálculo del impuesto y resultado de la declaración" casilla 0604 de la página 22 de la declaración.

Transmisión de elementos patrimoniales que hayan gozado de libertad de amortización: exceso de amortización deducida respecto a amortización deducible (disposición adicional trigésima Ley IRPF).

Si se han transmitido en 2019 elementos patrimoniales que hubieran gozado de la libertad de amortización prevista en la disposición adicional undécima del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, para el cálculo de la ganancia o pérdida patrimonial no se minorará el valor de adquisición en el importe de las amortizaciones fiscalmente deducidas que excedan de las que hubieran sido fiscalmente deducibles de no haberse aplicado aquélla. El citado exceso tendrá para el transmitente la consideración del rendimiento íntegro de la actividad económica en el período impositivo en que se efectúe la transmisión.

Provisiones deducibles y gastos de difícil justificación  (estimación directa simplificada)

El conjunto de las provisiones deducibles y los gastos de difícil justificación se cuantificarán exclusivamente aplicando el porcentaje del 5 por 100 sobre el rendimiento neto, excluyendo para el cálculo dichos conceptos, con el límite de 2.000 euros. Este cálculo es realizado y aplicado por el programa.

Cuando se opte por aplicar la reducción prevista para los titulares de actividades económicas realizadas para un único cliente no será aplicable el porcentaje del 5% en concepto de provisiones y gastos de difícil justificación dada la incompatibilidad entre ambos. 

Reducción por rendimientos generados en más de dos años u obtenidos de forma notoriamente irregular

Normalmente la reducción deberá consignarse sin signo alguno. Sin embargo, cuando la reducción afecte a un rendimiento neto negativo se consignará precedida del signo (-).

Otras reducciones

Si tiene derecho a la reducción por inicio de una actividad económica deberá marcar la casilla correspondiente. Si ha realizado más de una actividad económica durante el ejercicio con derecho a la reducción, incluidas las realizadas a través de entidades en régimen de atribución de rentas, deberá marcar la casilla correspondiente a cada una de las actividades.

Si cumple los requisitos para poder aplicar la reducción para trabajadores autónomos dependientes o con un único cliente vinculado (Art 32.2.1º) deberá reflejar su situación señalando la clave correspondiente.

Si no ha señalado ninguna clave en la casilla relativa a la reducción anterior y cumple los requisitos exigidos para contribuyentes con rentas inferiores a 12.000 euros, (Art 32.2.3º) el programa calculará directamente la reducción.