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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2019

8.9.5.4.1. Cumplimentación

La cumplimentación de la deducción por ascendientes con discapacidad se realiza abriendo la ventana de captura de datos. Una vez abierta, los datos se consignan en los apartados "Ascendientes mayores de 65 años o con discapacidad" e "Información para la deducción por ascendientes con discapacidad"

Los datos que le indicamos a continuación deberán constar para cada ascendiente con discapacidad a cargo que dé derecho a la deducción por lo que deberá cumplimentar los que no consten:

  • Identificación del ascendiente.
  • Si el ascendiente convive con varios descendientes que tengan derecho al mínimo por ascendientes indicará el número.
  • La fecha de fallecimiento del ascendiente si es distinta a el 31 de diciembre.
  • Fecha del reconocimiento de la discapacidad. En este sentido, si los servicios sociales de su Comunidad Autónoma dictaminan la condición de persona con discapacidad, a todos los efectos, la fecha que deberá indicar es el de la solicitud de la incapacidad.
  • La fecha de cese de la discapacidad si ésta se produce en el ejercicio.

Adicionalmente, según cual sea su situación cumplimentará:

Si no cede el derecho a la deducción

  • Cotizaciones a la Seguridad Social o Mutualidad. Señalará los meses en los que tiene cotizaciones a la Seguridad Social o Mutualidad y el importe de las mismas. Si tiene cotizaciones todo el año por importe igual o superior a 100 euros marcará la casilla correspondiente.
  • Datos relativos a los pensionistas o desempleados. Si ha percibido prestaciones como pensionistas y/o desempleado durante todo el año marcará la casilla habilitada al efecto. En caso contrario, indicará los meses en los que percibe dichas prestaciones.
  • Si ha percibido el abono anticipado de la deducción hará constar su importe. Tenga en cuenta que si ha percibido de forma indebida (total o parcialmente) el abono anticipado y antes de la presentación de esta declaración hubiera regularizado esa situación mediante el ingreso de las cantidades recibidas en exceso a través del modelo 122, el importe a consignar en concepto de abono anticipado será la diferencia entre el importe que le hubieran abonado anticipadamente y el importe restituido a través de dicho modelo.

Si cede el derecho a la deducción

  • Deberá indicar que cede el derecho de la deducción que le pudiera corresponder a otro contribuyente que tenga derecho a la misma deducción por el mismo ascendiente marcando para ello la casilla correspondiente.
  • Indicará el NIF del contribuyente al que cede el derecho.
  • El importe anticipado de la deducción. En el caso de que hubieran percibido de forma indebida (total o parcialmente) el abono anticipado y antes de la presentación de esta declaración hubieran regularizado esa situación mediante el ingreso de las cantidades recibidas en exceso a través del modelo 122, el importe a consignar en concepto de abono anticipado será la diferencia entre el importe que le hubieran abonado anticipadamente y el importe restituido a través de dicho modelo.

Si le han cedido el derecho a la deducción

En el caso de que otros contribuyentes le cedan a usted el derecho a la percepción de la deducción deberá señalar este extremo marcando la casilla correspondiente. Adicionalmente:

  • Deberá cumplimentar el NIF del cedente o de los cedentes.
  • Datos relativos a los pensionistas o desempleados. Deberá reflejar estos datos marcando la casilla correspondiente a todo el año si durante todo el ejercicio el contribuyente ha percibido estas prestaciones. En caso contrario, deberá indicar los meses en los que las percibe.

    Además, tendrá que rellenar los datos correspondientes a los cedentes de manera que si alguno o todos los cedentes son perceptores de estas prestaciones durante todo el año marcará la casilla correspondiente a todo el año. Si ninguno de los cedentes es perceptor de estas prestaciones durante todo el año deberá hacer constar los meses en los que alguno de ellos sean perceptores.

  • Cotizaciones a la Seguridad Social o Mutualidad. Siempre que el titular de la declaración tenga cotizaciones por importe igual o superior en cada uno de los meses del año a 100 euros, marcará la casilla correspondiente. En caso contrario, tendrá que indicar las cotizaciones del titular y de los cedentes devengadas en cada uno de los meses. Si hubiese más de un cedente, para cada mes, se sumarían las cotizaciones que en ese mes tuvieron todos los cedentes.

    El programa sólo permite consignar tres cedentes. En el caso de existir más no se hará constar su NIF pero para consignar las cotizaciones y/o los datos relativos a pensionistas o desempleados se tendrían en cuenta a todos los cedentes.

  • Indicará en las casillas correspondientes el importe de la deducción que haya cobrado de forma anticipada y el que hayan cobrado los otros cedentes. Si el contribuyente o alguno de los cedentes hubieran percibido de forma indebida (total o parcialmente) el abono anticipado y antes de la presentación de esta declaración hubiera regularizado esa situación mediante el ingreso de las cantidades recibidas en exceso a través del modelo 122,el importe a consignar en concepto de abono anticipado será la diferencia entre el importe que le hubieran abonado anticipadamente y el importe restituido a través de dicho modelo.

Solo en el caso que haya recibido abono anticipado de algún ascendiente por el que no tiene derecho al mínimo por ascendientes (por ejemplo: el ascendiente obtuvo rentas anuales mayores a 8.000 euros) deberá rellenar las casillas del apartado “REGULARIZACIÓN DEL ABONO ANTICIPADO RECIBIDO POR ASCENDIENTES DISCAPACITADOS A CARGO” indicando el NIF del ascendiente o ascendientes y el pago a cuenta percibido.