9.4.1. Aportaciones a actividades prioritarias de mecenazgo con límite del 15 por 100 de la base liquidable
Las cantidades donadas o satisfechas a las entidades e instituciones previstas en la Ley 49/2002 que se destinen a la realización y desarrollo de actividades y programas prioritarios de mecenazgo, tendrán derecho a una deducción de:
Base de la deducción, importe hasta |
Porcentaje de la deducción |
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Hasta 150 euros | 80 |
Resto base de deducción | 35 |
Además, si en los dos períodos impositivos inmediatos anteriores se hubieran realizado donativos, donaciones o aportaciones con derecho a deducción a favor de una misma entidad por importe igual o superior, en cada uno de ellos, al del ejercicio anterior, el porcentaje de deducción aplicable a la base de la deducción a favor de esa misma entidad que exceda de 150 euros será del 40 por ciento.
Límite
La base de la deducción de estos donativos, no podrá exceder del 15 por 100 de la base liquidable.
Actividades y programas prioritarios de mecenazgo
Las actividades prioritarias de mecenazgo establecidas para el año 2019, son las siguientes:
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Las llevadas a cabo por el Instituto Cervantes para la promoción y la difusión de la lengua española y de la cultura mediante redes telemáticas, nuevas tecnologías y otros medios.
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Las llevadas a cabo por la Fundación Deporte Joven en colaboración con el Consejo Superior de Deportes en el marco del proyecto "España Compite": en la Empresa como en el Deporte". Los donativos, donaciones y aportaciones tendrán como límite 50.000 euros por cada aportante.
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Las llevadas a cabo por la Biblioteca Nacional de España en cumplimiento de los fines y funciones de investigación científica.
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Las actividades de fomento, promoción, y difusión de las artes escénicas y musicales llevadas a cabo por las Administraciones públicas o con el apoyo de éstas.
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Las llevadas a cabo por el Museo Nacional del Prado para la consecución de sus fines.
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La conservación, restauración o rehabilitación de los bienes del Patrimonio Histórico Español que se relacionan en el anexo XIII de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018.
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Los proyectos y actuaciones de las Administraciones públicas dedicadas a la promoción de la Sociedad de a Información y, en particular, aquellos que tengan por objeto la prestación de los servicios públicos por medios informáticos y telemáticos a través de Internet.
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Los programas de formación y promoción del voluntariado que hayan sido objeto de subvención por parte de las Administraciones públicas.
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Los programas dirigidos a la erradicación de la violencia de género que hayan sido objeto de subvención por parte de las Administraciones públicas o se realicen en colaboración con éstas.
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La investigación, desarrollo e innovación en las infraestructuras que forman parte del Mapa nacional de Infraestructuras Científicas y Técnicas Singulares (ICTS) aprobado el 7 de octubre de 2014 por el Consejo de Política Científica, Tecnológica y de Innovación y que, a este efecto, se relacionan en el anexo XIV de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 (BOE del 4).
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La investigación, el desarrollo y la innovación orientados a resolver los retos de la sociedad identificados en la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación para el período 2013-2020 y financiados o realizados por las entidades que, a estos efectos, se reconozcan por el Ministerio de Hacienda, a propuesta del Ministerio de Economía y Empresa.
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El fomento de la difusión, divulgación y comunicación de la cultura científica y de la innovación llevadas a cabo por la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología.
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Las llevadas a cabo por la Agencia Estatal de Investigación para el fomento y financiación de las actuaciones que derivan de las políticas de I+D de la Administración General del Estado.
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Las llevadas a cabo por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo para la lucha contra la pobreza y la consecución de un desarrollo humano sostenible en países en desarrollo.
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Las llevadas a cabo por la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo para la promoción y el desarrollo de las relaciones culturales y científicas con otrosíses, así como para la promoción de la cultura española en el exterior;
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Las actividades de promoción educativa en el exterior recogidas en el Real Decreto< 1027/1993, de 25 de junio, por el que se regula la acción educativa en el exterior.
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Las llevadas a cabo por la Fundación ONCE en el marco del Programa de Becas “Oportunidad al Talento”, así como las actividades culturales desarrolladas por esta entidad en el marco de la Bienal de Arte Contemporáneo, el Espacio Cultural “Cambio de Sentido” y la Exposición itinerante “El Mundo Fluye”.
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Las llevadas a cabo por la Fundación ONCE del perro guía en el marco del “Treinta Aniversario de la Fundación ONCE del Perro Guía”.
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Las actividades que se lleven a cabo en aplicación del “Pacto Iberoamericano de Juventud”.
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Las llevadas a cabo por el Fondo de Becas Soledad Cazorla para huérfanos de la violencia de género (Fundación Mujeres).
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Los programas y actividades relacionadas con la celebración de determinados acontecimientos, siempre que hayan sido aprobados por el respectivo Consorcio.