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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2020

10.1.13.Por las cantidades donadas al Servicio Andaluz de Salud para la lucha contra el COVID-19

El 15% de las cantidades donadas a favor del Servicio Andaluz de Salud siempre que se destinen a la financiación de programas de gasto o actuaciones que tengan por objeto la lucha contra el avance del COVID-19.

El límite de deducción será de 500 euros.

Se justificará de conformidad con lo previsto en el artículo 24 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, y en sus normas de desarrollo.

Justificación de la donación

La efectividad de la donación se justificará mediante certificación expedida por el Servicio Andaluz de Salud y deberá contener, al menos, los siguientes extremos:

  • El número de identificación fiscal y los datos de identificación personal del donante y de la entidad donataria (Servicio Andaluz de Salud).
  • Fecha e importe del donativo cuando sea dinerario. Si el donativo no es en dinero, documento público u otro documento que acredite la entrega del bien donado.
  • Destino que la entidad donataria dará al objeto donado.
  • Mención expresa del carácter irrevocable de la donación, sin perjuicio de lo establecido en las normas imperativas civiles que regulan la revocación de donaciones.

Cumplimentación

Hará constar en la casilla correspondiente el importe donado.