10.12.7. Para familias con dos o más descendientes e ingresos reducidos
Los contribuyentes que tengan dos o más descendientes que generen a su favor el derecho al mínimo por descendientes podrán aplicar una deducción del 10 por 100 del importe resultante de minorar la cuota íntegra autonómica en el resto de deducciones autonómicas aplicables en la Comunidad de Madrid y la parte de deducciones estatales que se apliquen sobre dicha cuota íntegra autonómica.
Requisitos
La suma de las bases imponibles general y del ahorro no puede ser superior a 24.000 euros.
Para calcular la suma de bases imponibles se adicionarán las siguientes:
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Las de los contribuyentes que tengan derecho, por los mismos descendientes, a la aplicación del mínimo correspondiente tanto si declaran individual como conjuntamente.
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Las de los propios descendientes que dan derecho al citado mínimo.
Cumplimentación
Deberá indicar si tiene derecho a la deducción, marcando con una “X” en la casilla habilitada con ese fin.