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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2020

10.15.24. Por obras de conservación y mejora en la vivienda habitual

Cuantía

  • el 20% de las cantidades satisfechas en 2020 por las obras realizadas a partir del 1 de enero de 2017.
  • el 25% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por obras realizadas en 2015.
  • el 10% de las cantidades satisfechas en el período impositivo por obras realizadas en 2014.

Requisitos

  • Las obras debe realizarse en la vivienda habitual de la que sean propietarios o titulares de un derecho real de uso o disfrute, o en el edificio en la que esta se encuentre.

  • Las obras tienen que tener por objeto su conservación, o la mejora de la calidad, sostenibilidad y accesibilidad, en los términos previstos en la normativa Autonómica en materia de rehabilitación diseño y calidad en la vivienda entendiendo como tales las siguientes:

    • Cimentación, estructura e instalaciones, detectadas por el informe de evaluación del edificio.
    • Cubiertas, azoteas, fachadas y medianerías u otros elementos comunes detectadas por el citado informe, si concurren otros requisitos.
    • Instalaciones de electricidad, fontanería, gas, saneamiento, recogida y separación de residuos y telecomunicaciones, para adaptarlas a la normativa vigente.
    • Las obras de mejora de la calidad y sostenibilidad de la vivienda: entre otras, la mejora de la envolvente térmica, instalación de sistemas de calefacción o refrigeración, la mejora de eficiencia energética etc.
    • Las obras de accesibilidad: Las que adecúen los edificios y los accesos a las viviendas y locales a la normativa vigente, como, entre otras, la instalación de ascensores, salvaescaleras, rampas, etc.
  • No darán derecho a la deducción

    • Las obras que se realicen en plazas de garaje, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos.

    • Las cantidades que se apliquen a la deducción por inversiones para el aprovechamiento de fuentes de energía renovables en la vivienda habitual.

    • La parte de la inversión financiada con subvenciones públicas.

  • La base liquidable general y del ahorro no puede ser superior a 25.000 euros en tributación individual y 40.000 euros en conjunta.
  • Para aplicar la deducción será necesaria la identificación, mediante su número de identificación fiscal, de las personas o entidades que realicen materialmente las obras.

Base de la deducción

La base de esta deducción estará constituida por las cantidades satisfechas, mediante tarjeta de crédito o débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas en entidades de crédito a las personas o entidades que realicen tales obras.

En ningún caso darán derecho a practicar esta deducción las cantidades satisfechas mediante entregas de dinero de curso legal.

La base acumulada de la deducción correspondiente a los períodos impositivos en los que aquélla sea de aplicación no podrá exceder de 5.000 euros por vivienda.

Cuando concurran varios contribuyentes con derecho a practicar la deducción respecto de una misma vivienda, la base máxima anual de deducción y la acumulada se ponderarán para cada uno de ellos en función de su porcentaje de titularidad en el inmueble.

Cumplimentación

El programa está adaptado para reflejar los datos de hasta dos viviendas habituales diferenciadas.

Deberá facilitar los datos que a continuación se detallan.

  1. Las cantidades satisfechas en el ejercicio 2020 que den derecho a la deducción y de forma separada y en casillas diferenciadas, si las obras han sido realizadas en 2015 o de las realizadas en 2014.

  2. El porcentaje que tiene el contribuyente en la titularidad de dicha vivienda. Si la titularidad es de ambos cónyuges, deberá reflejarlo en las dos declaraciones, en la del declararte y en la del cónyuge.

  3. El porcentaje que tiene el cónyuge en la titularidad de dicha vivienda si esta es también vivienda habitual. Este dato deberá ser reflejado también en ambas declaraciones.

  4. Si existiera otra tercera persona con derecho a aplicar la misma deducción, deberá reflejar también su porcentaje de titularidad.

  5. Suma de las bases de la deducción que fueron aplicadas por todos los propietarios de la vivienda.

  6. Obligatoriamente deberá indicar el NIF de la persona o entidad que ejecute dichas obras de conservación o mejora.