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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2020

10.15.9. Por la realización por uno de los cónyuges de la unidad familiar de labores no remuneradas en el hogar

153 euros por la realización por uno de los cónyuges de la unidad familiar de labores no remuneradas en el hogar. Esta deducción es calculada y aplicada por el programa.

Requisitos

  1. Que uno de los cónyuges de la unidad familiar realice labores no remuneradas en el hogar.

    Se entenderá que uno de los cónyuges realiza estas labores cuando dentro de la 1ª modalidad de unidad familiar sólo uno de sus miembros perciba rendimientos de trabajo o de actividades económicas.

  2. Que la suma de las bases liquidables de la unidad familiar no supere la cantidad de 25.000 euros.

  3. Que ninguno de los miembros de la unidad familiar obtenga ganancias patrimoniales, rendimientos íntegros del capital mobiliario o inmobiliario, que, en conjunto, superen los 357 euros, ni le sean imputadas rentas inmobiliarias.

  4. Que tengan dos o más descendientes que den derecho al mínimo por descendientes.

Tributación individual

En caso de tributación individual, la deducción corresponderá al cónyuge que realice las labores no remuneradas en el hogar, y el límite de base liquidable se calculará agregando las bases liquidables de los distintos miembros de la unidad familiar.

Tributación Conjunta

Siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos, esta deducción podrá aplicarse en la declaración conjunta de la unidad familiar.En el supuesto de que los miembros de la unidad familiar presenten declaraciones individuales, esta deducción únicamente podrá aplicarla en su declaración el cónyuge que no obtenga rendimientos.

Límite

El importe íntegro de la deducción solo se aplicará en los supuestos en los que las sumas de las bases liquidables de la unidad familiar sea inferior a 23.000 euros.

Cuando la suma de las bases liquidables de la unidad familiar esté comprendida entre 23.000 y 25.000 euros, el importe de la deducción será el resultado de multiplicar el importe o límite de deducción por un porcentaje obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula: 100 X (1 – el coeficiente resultante de dividir por 2.000 la diferencia entre la suma de la base liquidable general y del ahorro del contribuyente y 23.000)