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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2020

10.3.17. Por gastos de transporte público para residentes en zonas rurales en riesgo de despoblación

Cuantía

El importe de los gastos en que incurra para adquirir abonos de trans­porte público de carácter unipersonal y nominal, con el límite de 50 euros.

Si hay más de un miembro de la unidad familiar con derecho a aplicar la deducción, en tributación conjunta, el límite se multiplicará por el número de miembros con derecho a la deducción.

Requisitos

  • Los contribuyentes tienen que tener su residencia habitual, en los términos fijados en la Ley de IRPF, en las zonas ru­rales en riesgo de despoblación determinadas por resolución de la Consejería de Hacienda. Para 2020 estas zonas son la recogidas en:

Resolución de 24 de noviembre de 2020, de la Consejería de Hacienda, por la que se determinan las zonas rurales en riesgo de despoblación a efectos de las deducciones previstas en los artículos 14 quáter, 14 quinquies y 14 sexies del texto refundido de las disposiciones legales del Principado de Asturias en materia de tributos cedidos por el Estado, aprobado por Decreto Legislativo 2/2014, de 22 de octubre.(BOPA núm. 240 de 15-XII-2020)

  • La acreditación de los gas­tos deberá realizarse mediante factura o cualquier otro medio admitido en Derecho.

  • La suma de la base imponible general y del ahorro no puede ser superior a 25.009 euros en tributación individual ni a 35.240 euros en tributación conjunta.

Cumplimentación

Consignará, en la casilla habilitada a tal fin, el importe satisfecho con derecho a la deducción.

Resolución del BOPA