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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2020

10.4.15. Por gastos relativos a los descendientes o acogidos menores 6 años

Los contribuyentes podrán deducir el 40 por 100 del importe anual satisfecho por los gastos derivados de la prestación de los siguientes servicios a descendientes o acogidos menores de seis años:

  • Estancias de niños de 0 a 3 años en escuelas infantiles o en guarderías.

  • Servicio de custodia, servicio de comedor y actividades extraescolares de niños de 3 a 6 años en centros educativos.

  • Contratación laboral de una persona para cuidar del menor.

Limite máximo

La deducción tiene un límite máximo de 600 euros anuales por hijo.

Cuando dos contribuyentes tengan derecho a la aplicación de esta deducción y opten por la declaración individual, se tiene que prorratear entre ellos por partes iguales.

Si el descendiente o acogido deja de ser menor de seis años a lo largo del año, la deducción se tiene que prorratear por el número de días en que el descendiente o acogido haya sido menor de seis años durante el año natural. También se tiene que prorratear la deducción si el descendiente ha nacido o ha sido adoptado a lo largo del año, o el menor ha sido acogido a lo largo del año.

Requisitos

  • Que los contribuyentes desarrollen actividades por cuenta ajena o por cuenta propia generadoras de rendimientos del trabajo o de rendimientos de actividades económicas.
  • Que la suma de la base imponible general y del ahorro del contribuyente, no supere los 30.000 euros en tributación individual o 48.000 euros en tributación conjunta.
  • Que el pago de los gastos que dan derecho a la deducción se haga mediante tarjeta de crédito o de débito, transferencia bancaria, cheque nominativo o ingreso en cuentas de entidades de crédito

En el supuesto de deducción de los gastos de la contratación de una persona empleada, esta tiene que estar dada de alta en el régimen especial para empleados del hogar de la Seguridad Social.

Cumplimentación

Deberá indicar por cada descendiente o acogido  que genere el derecho de deducción, las cantidades satisfechas, y, el número de personas con derecho a la deducción y, en su caso, el número de días en que el menor cumple los requisitos.