10.5.22. Por familiares dependientes con discapacidad
Los contribuyentes podrán deducir 500 euros por cada ascendiente y/o descendiente, con un grado de discapacidad superior al 65 por 100, que genere el derecho a la aplicación del mínimo por discapacidad.
Requisitos
Que la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro, de la declaración correspondiente al ejercicio en que se origina el derecho a la deducción, no sea superior a:
- 39.000 euros en tributación individual.
- 52.000 euros en tributación conjunta.
Cuando varios contribuyentes tengan derecho a la aplicación de la deducción, se aplicarán las reglas del prorrateo, convivencia y demás límites previstos en la normativa estatal del IRPF.
Cumplimentación
Deberá indicar el número de ascendientes y/o descendientes con derecho a deducción, desglosando, en caso de matrimonio, los que son comunes. También deberá indicar el número de contribuyentes con derecho a deducción.