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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2020

10.5.3. Por cantidades destinadas por sus titulares a la restauración, rehabilitación o reparación de bienes inmuebles declarados de interés cultural

Por las cantidades destinadas por los titulares de bienes inmuebles ubicados en el territorio de Canarias a la restauración, rehabilitación o reparación de los mismos, el 10 por 100, con el límite del diez por ciento de la cuota íntegra autonómica.

Requisitos

  • Los bienes inmuebles deberán estar inscritos en el Registro Canario de Bienes de Interés Cultural o afectados por la declaración de Bien de Interés Cultural, siendo necesario, en este caso, que los inmuebles reúnan las condiciones que reglamentariamente se determinen.
  • Que las obras de restauración, rehabilitación o reparación hayan sido autorizadas por el órgano competente de la Comunidad Autónoma o, en su caso, por el cabildo insular o ayuntamiento correspondiente.

La suma del importe de esta deducción junto con el de las deducciones autonómicas “Por inversión en vivienda habitual”, “Por obras de rehabilitación energética de la vivienda habitual" y “Por obras de adecuación de la vivienda habitual por personas con discapacidad" no podrá exceder el 15 por 100 de la cuota íntegra autonómica.

Cumplimentación

En la ventana de captura de datos, se indicará el importe de los gastos, teniendo en cuenta que por las cantidades que correspondan a los cónyuges por partes iguales se reflejará el 50 por 100 de la totalidad de las cantidades donadas.