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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2020

10.5.5. Por trasladar la residencia habitual a otra isla del archipiélago para realizar una actividad por cuenta ajena o una actividad económica

Los contribuyentes que trasladen su residencia habitual desde la isla en la que residan a cualquiera de las demás islas del Archipiélago para realizar una actividad laboral por cuenta ajena o una actividad económica podrán deducir 300 euros en el período impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente.

Límite

La deducción tendrá como límite la parte autonómica de la cuota íntegra procedente de rendimientos del trabajo y de actividades económicas en cada uno de los dos ejercicios en que sea aplicable la deducción.

En el supuesto de tributación conjunta, la deducción de 300 euros se aplicará, en cada uno de los períodos impositivos en que sea aplicable la deducción, por cada uno de los contribuyentes que traslade su residencia en los términos previstos en el apartado anterior, con el límite de la parte autonómica de la cuota íntegra procedente de rendimientos del trabajo y de actividades económicas que corresponda a los contribuyentes que generen derecho a la aplicación de la deducción.

Cuando ambos cónyuges hayan trasladado la residencia a otra isla para realizar una actividad, el límite de la deducción en tributación conjunta se calcula de forma conjunta para ambos.

Solo tendrán derecho a aplicar esta deducción los contribuyentes que no hayan obtenido rentas en el ejercicio en que se origina el derecho a la deducción por importe superior a 39.000 euros en su base imponible general y del ahorro, y en el supuesto de tributación conjunta, cuando la unidad familiar no haya obtenido rentas por importe superior a 52.000 euros en su base imponible general.

Requisitos

  1. El contribuyente debe permanecer en la isla de destino durante el año en que se produzca el traslado y los tres siguientes.

  2. El incumplimiento de las condiciones de la deducción dará lugar a la integración de las cantidades deducidas en la cuota íntegra autonómica del ejercicio en que se produce el incumplimiento, con los correspondientes intereses de demora.

Cumplimentación

Si tiene derecho a la deducción deberá marcar con una "X" en la ventana de captura de datos que se abre al efecto.