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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2020

10.6.15. Por gastos ocasionados al trasladar la residencia habitual a una zona en riesgo de despoblamiento

Cuantía de la deducción

500 euros en el periodo impositivo en el que se produzca el cambio de residencia y en el siguiente.

El concepto de residencia habitual se determinará conforme a lo dispuesto en la LIRPF.

Requisitos y condiciones

  • El traslado de la residencia habitual a una zona de Cantabria en riesgo de despoblamiento debe venir motivado por la realización de una actividad laboral por cuenta ajena o por cuenta propia.

    Para consolidar el derecho a la deducción, el contribuyente debe permanecer en la nueva residencia habitual durante el año en que se produce el traslado y los tres siguientes.

    El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos dará lugar a la integración de las cantidades deducidas en la cuota íntegra autonómica del ejercicio en que se produzca el incumplimiento, con los correspondientes intereses de demora.

    Se entenderá por zona rural en riesgo de despoblamiento aquellos municipios o ayuntamientos que cumplan alguno de los siguientes criterios objetivos:

    • Población inferior a 2.000 habitantes.
    • Densidad de población inferior a 12,5 habitantes por kilómetro cuadrado.
    • Tasa de envejecimiento superior al 30 %.
  • La base liquidable del periodo minorado en el mínimo personal y familiar tiene que ser inferior a 22.946 euros en tributación individual o a 31.485 euros en tributación conjunta.

  • El importe de la deducción no podrá exceder de la parte autonómica de la cuota íntegra procedente de los rendimientos del trabajo y de actividades económicas del ejercicio en que resulte aplicable la deducción.

  • En el supuesto de tributación conjunta, la deducción de 500 euros se aplicará, en cada uno de los periodos impositivos en que sea aplicable la deducción, por cada uno de los contribuyentes que traslade su residencia con el límite de la parte autonómica de la cuota íntegra procedente de rendimientos del trabajo y de actividades económicas que corresponda a los contribuyentes que generen derecho a la aplicación de la deducción.

Municipios de Zonas Rurales de Cantabria en Riesgo de Despoblamiento para el Ejercicio 2020

  1. 39003 Anievas
  2. 39004 Arenas de Iguña
  3. 39005 Argoños
  4. 39007 Arredondo
  5. 39010 Bárcena de Pie de Concha
  6. 39011 Bareyo
  7. 39013 Cabezón de Liébana
  8. 39014 Cabuérniga
  9. 39015 Camaleño
  10. 39017 Campoo de Yuso
  11. 39021 Cieza
  12. 39022 Cillorigo de Liébana
  13. 39029 Escalante
  14. 39031 Hazas de Cesto
  15. 39032 Hermandad de Campoo de Suso
  16. 39033 Herrerías
  17. 39034 Lamasón
  18. 39036 Liendo
  19. 39038 Limpias
  20. 39039 Luena
  21. 39043 Meruelo
  22. 39045 Miera
  23. 39046 Molledo
  24. 39049 Peñarrubia
  25. 39050 Pesaguero
  26. 39051 Pesquera
  27. 39053 Polaciones
  28. 39055 Potes
  29. 39058 Rasines
  30. 39063 Rionansa
  31. 39064 Riotuerto
  32. 39065 Rozas de Valdearroyo (Las)
  33. 39066 Ruente
  34. 39067 Ruesga
  35. 39068 Ruiloba
  36. 39070 San Miguel de Aguayo
  37. 39071 San Pedro del Romeral
  38. 39072 San Roque de Riomiera
  39. 39077 Santiurde de Reinosa
  40. 39078 Santiurde de Toranzo
  41. 39081 Saro
  42. 39082 Selaya
  43. 39083 Soba
  44. 39084 Solórzano
  45. 39086 Tojos (Los)
  46. 39088 Tresviso
  47. 39089 Tudanca
  48. 39090 Udías
  49. 39092 Valdeolea
  50. 39093 Valdeprado del Río
  51. 39094 Valderredible
  52. 39096 Vega de Liébana
  53. 39097 Vega de Pas
  54. 39098 Villacarriedo
  55. 39100 Villafufre
  56. 39101 Valle de Villaverde

Cumplimentación

Si conforme a lo expuesto anteriormente cumple los requisitos para tener derecho a la deducción marcará la casilla habilitada con este fin.