10.9.10. Por obligación de presentar la declaración del IRPF en razón de tener más de un pagador
Los contribuyentes que exclusivamente resulten obligados a presentar la declaración del impuesto como consecuencia de tener más de un pagador de rendimientos del trabajo se pueden aplicar una deducción en la cuota íntegra autonómica por el importe que resulte de restar de la cuota íntegra autonómica la cuota íntegra estatal, siempre que la diferencia sea positiva. En consecuencia, el contribuyente no podrá aplicar la deducción cuando además de los rendimientos del trabajo señalados anteriormente obtenga rentas de otras fuentes que determinen su obligación de declarar.
Esta deducción no resulta aplicable a los contribuyentes perceptores de prestaciones pasivas (pensiones) que se hayan acogido o se puedan acoger al procedimiento especial de retenciones regulado en el artículo 89 A) del Reglamento del impuesto sobre la renta de las personas físicas, aprobado por el Real decreto 439/2007, de 30 de marzo.
Cumplimentación
Si cumple los requisitos para aplicar la deducción marcará la casilla habilitada con ese fin.