5.2.3 Hijos integrantes de la unidad familiar que no hayan percibido rentas y otros descendientes con derecho al mínimo
Los datos correspondientes a los hijos y otros descendientes se introducen, modifican o ratifican conforme a lo dispuesto en los puntos 5.2.1 y 5.2.2 anteriores. No obstante, una vez aceptados dichos datos, el programa le va a permitir reflejar, si no lo hubiese hecho en los apartados anteriores, a hijos y otros descendientes que cumplan determinadas condiciones.
En el apartado "Hijos integrantes de la unidad familiar que no hayan percibido rentas y otros descendientes con derecho al mínimo por tal concepto" podrá relacionar únicamente:
- Hijos integrantes de la unidad familiar que no hayan obtenido rentas.Si para alguno de los hijos que integran su unidad familiar se le olvidó reflejar (de acuerdo con lo recogido en el 5.2.1) que tenían rentas, deberá iniciar una nueva declaración para recoger esa situación en el apartado correspondiente. De igual forma se procedería si no hubiese relacionado a algún hijo con rentas que forme parte de su unidad familiar.
- Los hijos que no formen parte de la unidad familiar, los hijos con edades comprendidas entre los 18 y 24 años o de 25 o más años que sean personas con discapacidad, los descendientes distintos de los hijos y las personas en acogimiento o tutela (o de las que se tenga la guarda y custodia por resolución judicial) menores de 25 años o mayores de esa edad con discapacidad que no tengan rentas, excluidas las exentas, superiores a 8.000 euros o que no presenten declaración con rentas superiores a 1.800 euros. (Ejemplo: guarda y custodia compartida de un hijo de 15 años con rentas superiores a 8.000 euros, el progenitor que no forma unidad familiar con el hijo no lo incluirá en su declaración. Si ese mismo hijo tuviera rentas de 500 euros, de no haberlo incluido lo podrá relacionar en este apartado).
Las claves de vinculación, discapacidad, y otras situaciones se emplearán en los términos recogidos en los apartados anteriores.