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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2020

7.3.7.5. Vivienda en la que,en caso de separación o divorcio, residen los hijos yo el excónyuge

El contribuyente marcará este uso cuando se trate de inmuebles de los que sea total o parcialmente titular, pero que constituyen la vivienda habitual de su anterior cónyuge y/o de sus hijos, por haberles sido asignado a éstos el uso exclusivo del mismo en la resolución o sentencia de separación legal o divorcio.

Si el inmueble hubiese tenido durante el año otros usos recuerde que también los deberá marcar y cumplimentar los datos adicionales que se soliciten.

Para este uso deberá reflejar:

  • El NIF del ex-cónyuge o en su caso el número de identificación del país de residencia.
  • El número de días en los que ha tenido este uso. Si el inmuebl hubiese tenido durante el año otros usos también deberá marcarlos y cumplimentar los datos adicionales que se soliciten.