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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2020

Gastos de manutención del contribuyente

Para la determinación del rendimiento los contribuyentes podrán deducir determinados gastos de manutención relacionados directamente con el ejercicio de su actividad económica, siempre que se cumplan los siguientes requisitos:

  • Que sean gastos del propio contribuyente.
  • Que se realicen en el desarrollo de la actividad económica. Es decir, que sean propios de la actividad.
  • Que se produzcan en establecimientos de restauración y hostelería.
  • Que se abonen utilizando cualquier medio electrónico de pago.
  • Que no superen los límites cuantitativos que reglamentariamente se establece el artículo 9.A.3.a) del Reglamento del IRPF para las dietas y asignaciones para gastos normales de manutención de los trabajadores. Si se superan los límites, el exceso no será objeto de deducción.

Límites:

EspañaExtranjero

Pernoctando en municipio distinto (*)

53,34 euros/día 91,35 euros/día

Sin pernoctar en municipio distinto

26,67 euros/día 48,08 euros/día

(*) Debe tratarse de un municipio distinto del lugar de trabajo habitual del contribuyente y del que constituya su residencia.