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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2020

7.4.4.10. Reducción del 30 por 100

Los rendimientos netos con un período de generación superior a dos años, así como aquéllos calificados reglamentariamente como obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo, cuando se imputen ambos a un único período impositivo, se reducirán en un 30 por 100.

La cuantía del rendimiento neto sobre la que se aplicará la reducción no podrá superar el importe de 300.000 euros anuales.

No resulta de aplicación si se trata de rendimientos que proceden del ejercicio de una actividad económica que de forma habitual o regular obtiene este tipo de rendimientos.

Rendimientos obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo

Se consideran rendimientos de actividades económicas obtenidos de forma notoriamente irregular en el tiempo, exclusivamente, los siguientes, cuando se imputen en único período impositivo:

  • Subvenciones de capital para la adquisición de elementos del inmovilizado no amortizables.

  • Indemnizaciones y ayudas por cese de actividades económicas.

  • Las indemnizaciones percibidas en sustitución de derechos económicos de duración indefinida.