10.5.15. Por donaciones y aportaciones para fines culturales, deportivos, investigación o docencia
Los contribuyentes podrán deducir el 15% del importe de las donaciones y aportaciones efectuadas para los siguientes destinatarios.
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Donaciones dinerarias efectuadas a la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, corporaciones locales canarias, y a las entidades públicas de carácter cultural, deportiva, o de investigación que dependan de las mismas, siempre que se destinen a la financiación de programas de gasto o actuaciones que tengan por objeto la promoción de cualquier actividad cultural, deportiva o de investigación distinta de las donaciones con finalidad ecológica y de las donaciones para la rehabilitación o conservación del patrimonio histórico de Canarias. La base máxima de deducción será de 50.000 euros anuales.
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Donaciones dinerarias efectuadas a empresas culturales con fondos propios inferiores a 300.000 euros, cuya actividad sea la cinematografía, las artes escénicas, la música, la pintura y otras artes visuales o audiovisuales o la edición, siempre que se destinen al desarrollo de su actividad. La base máxima de deducción será de 3.000 anuales.
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Donaciones dinerarias efectuadas a empresas científicas con fondos propios inferiores a 300.000 euros, cuya actividad principal sea la investigación, siempre que se destinen al desarrollo de su actividad.La base máxima de deducción será de 3.000 anuales.
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Donaciones dinerarias efectuadas a las universidades públicas y privadas, a los centros de investigación y a los centros superiores de enseñanzas artísticas de Canarias, cuando se destinen a la financiación de programas de gasto o a actuaciones que tengan por objeto actividades de investigación o docencia. La base máxima de deducción será de 50.000 anuales.
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Donaciones dinerarias efectuadas a las universidades públicas de Canarias, y a los centros públicos de enseñanzas artísticas superiores de Canarias con destino a la financiación de programas de gasto o a actuaciones para el fomento del acceso a la educación superior. La base máxima de deducción será de 50.000 anuales.
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Aportaciones de capital efectuadas a empresas de base tecnológicas creadas o desarrolladas a partir de patentes o de resultados generados por proyectos de investigación realizados en universidades canarias.La base máxima de deducción será de 50.000 anuales.
El importe de esta deducción no podrá exceder del 5% de la cuota íntegra autonómica.
Para tener derecho a la deducción el contribuyente deberá obtener de la entidad donataria certificación en la que figure, el número de identificación fiscal, los datos de identificación del donante y de la entidad donataria, la fecha, el destino del donativo, el carácter irrevocable de la donación, la aceptación de la misma, el importe cuando éste sea dinerario y si es no dinerario el valor de los bienes donados y el documento acreditativo de la entrega.
Además cuando el destinatario sea un entidad o universidad canaria de naturaleza pública, en la certificación se incorporará la identificación del proyecto de interés cultural, deportivo investigación o docente y si el donatario tiene naturaleza privada, deberá constar una certificación adicional, expedida por la consejería competente, en la que se haga constar que el proyecto es de interés cultural, deportivo de investigación o docente.
Cumplimentación
Deberá indicar, por cada modalidad de donativo, las cantidades donadas con derecho a deducción.