10.5.22. Por familiares dependientes con discapacidad
Los contribuyentes podrán deducir 500 euros por cada ascendiente y/o descendiente, con un grado de discapacidad superior al 65% que genere el derecho a la aplicación del mínimo por discapacidad.
Requisitos
Que la suma de la base imponible general y la base imponible del ahorro, de la declaración correspondiente al ejercicio en que se origina el derecho a la deducción, no sea superior a:
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39.000 euros en tributación individual.
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52.000 euros en tributación conjunta.
Cuando varios contribuyentes tengan derecho a la aplicación de la deducción, se aplicarán las reglas del prorrateo, convivencia y demás límites previstos en la normativa estatal del IRPF.
Cumplimentación
Deberá reflejar en la casilla "Común" o en la casilla "Titular", conforme a lo que se indica a continuación, el número de personas con derecho a la deducción teniendo en cuenta que un mismo ascendiente o descendientes sólo puede consignarse en una de las dos casillas.
En caso de matrimonio cuando ambos cónyuges tengan derecho a la deducción reflejará en la casilla "Común" el nº de personas que dan derecho a la deducción.
En otro caso o cuando existiendo matrimonio haya optado por una captura de datos individual tendrán que consignar el nº de personas que dan derecho a la deducción en la casilla "Titular" indicando, además, el nº de personas que tienen derecho a aplicar la deducción.