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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2021

10.7.17. Por familia monoparental

El padre o la madre que a la fecha de devengo del impuesto formen parte de una familia monoparental, podrán deducirse de la cuota íntegra autonómica la cantidad de 200 euros.

Requisitos y condiciones

  • Que la suma de la base imponible general y la del ahorro, no sea superior a 27.000 euros en tributación individual o a 36.000 euros en tributación conjunta.

  • A efectos de esta deducción tendrá la consideración de familia monoparental la formada por la madre o el padre separados legalmente o sin vínculo matrimonial y las hijas e hijos que, de forma exclusiva, convivan y dependan económicamente de una u otro, y que reúnan alguno de los siguientes requisitos:

    • Hijas e hijos menores de edad, con excepción de las/los que, con el consentimiento de los padres, vivan independientes de estos.

    • Hijas e hijos mayores de edad que tengan establecidas alguna de las medidas de apoyo para el ejercicio de su capacidad jurídica de acuerdo con la legislación civil.

    Para considerar que una familia es monoparental es suficiente que los requisitos de convivencia y dependencia económica se cumplan respecto de alguno de los hijos del contribuyente.

  • No tendrá la consideración de familia monoparental a los efectos de esta deducción, la persona viuda o en situación equiparada que hubiere sido condenada, por sentencia firme, por la comisión de un delito doloso de homicidio en cualquiera de sus formas, cuando la víctima fuera su cónyuge o ex-cónyuge o persona que hubiera estado ligada a ella por una análoga relación de afectividad.

  • Se entenderá que hay dependencia económica de forma exclusiva, cuando la madre o el padre tenga derecho a la totalidad del mínimo por descendiente respecto de las hijas e hijos que integran la familia monoparental y no perciba anualidades por alimentos por las hijas e hijos.

    En caso de fallecimiento de uno de los progenitores durante el periodo impositivo, siempre que los hijos hubieran convivido con ambos hasta la fecha del fallecimiento, el mínimo por descendientes se prorratea entre los progenitores por lo tanto, el cónyuge supérstite no puede aplicar esta deducción.

  • Para la aplicación de la deducción se tendrá en cuenta las normas para la aplicación del mínimo del por descendientes recogidas en la Ley de  IRPF.

Incompatibilidad

Esta deducción es incompatible con la deducción "Por arrendamiento de vivienda habitual por familias monoparentales".

Cumplimentación

Esta casilla sólo estará abierta cuando por alguno de los hijos tiene derecho a la totalidad del mínimo por descendiente.

En este caso, si, conforme a lo expuesto anteriormente, cumple el resto de requisitos para aplicar la deducción marcará la casilla habilitada con este fin.