10.8.18. Por gastos de adopción
Por cada adopción realizada en el periodo impositivo, de hijos que generen el derecho a la aplicación del "mínimo por descendiente", el contribuyente podrá deducirse 784 euros.
En el supuesto de adopción internacional, realizada según la legislación vigente y de acuerdo con los tratados y convenios suscritos por España, el importe de la deducción será de 3.625 euros.
La deducción será aplicable al periodo impositivo correspondiente al momento en que se produzca la inscripción en el Registro Civil.
Compatibilidad
Esta deducción es compatible con las deducciones por nacimiento y adopción y por partos múltiples o adopciones simultáneas.
Requisitos
Que la base imponible total, menos el mínimo personal y familiar no supere la cuantía de 18.900 euros en tributación individual y 31.500 euros en tributación conjunta
Cuando dos o más contribuyentes tengan derecho a la aplicación de la deducción por los mismos descendientes, y alguno de ellos no cumpla los requisitos establecidos en el punto anterior, el importe de la deducción para los demás contribuyentes quedará reducido a la proporción que resulte de la aplicación de las normas para el prorrateo del mínimo por descendientes, prevista en la legislación estatal
Saldos pendientes de aplicación
En el supuesto de que el contribuyente carezca de cuota íntegra autonómica suficiente para aplicarse el total de la deducción en el periodo impositivo en que se genere el derecho a la misma, el importe no deducido podrá aplicarse en los tres periodos impositivos siguientes hasta agotar, en su caso, el importe total de la deducción.
Cuando no se haya agotado la totalidad de la deducción en dichos periodos, se podrá solicitar el abono de la cantidad que reste de aplicar
Cumplimentación
Deberá reflejar en la casilla "Común" o en la casilla "Titular", conforme a lo que se indica a continuación, el número de hijos adoptados teniendo en cuenta que el mismo hijo sólo puede consignarse en una de las dos casillas.
En caso de matrimonio cuando ambos cónyuges tengan derecho a la deducción, deberá indicar en la casilla "Común" el número de hijos adoptados en cada uno de los ámbitos.
En otro caso o cuando existiendo matrimonio haya optado por una captura de datos individual el número de hijos adoptados se reflejará en la casilla "Titular" cumplimentando, adicionalmente, el número de personas que tienen derecho a aplicar la deducción respecto a esos hijos reflejando un 1 si el derecho a la deducción corresponde sólo al contribuyente ó un 2 si hay dos progenitores con derecho a la misma.