10.8.7. Por alquiler de vivienda habitual para contribuyentes menores de 36 años
El 20% de las cantidades que el contribuyente hubiera satisfecho durante el período impositivo en concepto de alquiler de su vivienda habitual en Castilla y León, con un límite de 459 euros. La deducción será del 25% de las cantidades satisfechas, con el límite de 612 euros, cuando la vivienda habitual se encuentre situada en un municipio o en una entidad local menor de la Comunidad de Castilla y León que no exceda de 10.000 habitantes, con carácter general, o de 3.000 habitantes, si dista menos de 30 kilómetros de la capital de la provincia.
La deducción sólo podrá ser aplicada por el contribuyente que figure como titular del contrato de arrendamiento.
Requisitos
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Que el contribuyente a la fecha de devengo del impuesto tenga menos de 36 años.
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Que la base imponible total, menos el mínimo personal y familiar no sea superior a 18.900 euros en tributación individual ni a 31.500 euros en tributación conjunta. Este requisito será controlado por el programa.
Cumplimentación
A través de la ventana de captura de datos el contribuyente hará constar:
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Importe satisfecho por quien figure como titular en el contrato de arrendamiento.
En el caso de matrimonio si en el contrato figura sólo uno de los cónyuges será éste el que pueda aplicar la deducción. Si la renta se satisface con fondos gananciales el cónyuge, titular del contrato, podrá aplicar la deducción por el 50% del importe del alquiler. Las cantidades satisfechas por el otro cónyuge no dan derecho a la deducción al no tener la condición de arrendatario.
- Se consignará la clave 1 si la vivienda habitual está situada en cualquier municipio o entidad local menor de Castilla y León que exceda de 10.000 habitantes o que exceda de 3.000 habitantes si distan menos de 30 Km de la capital de provincia. Para otros municipios o entidades local se indicará la clave 2.
El programa trasladará los datos incluidos al anexo B.8 de la declaración.