Miembros del tribunal del jurado
Estarán exceptuadas de gravamen las cantidades percibidas por los candidatos a jurado y por los jurados titulares y suplentes como consecuencia del cumplimiento de sus funciones, de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 385/1996, de 1 de marzo (BOE de 14-3-96).Las cuantías han sido actualizadas por la Resolución del Ministerio de la Presidencia de 21 de julio de2006 (BOE del 26).