7.2.3.7. Rendimientos procedentes de rentas que tengan por causa la imposición de capitales
Las rentas vitalicias u otras temporales que tengan por causa la imposición de capitales, salvo cuando hayan sido adquiridas por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio.
Se considerará rendimiento del capital mobiliario el resultado de aplicar a cada anualidad los porcentajes señalados en el apartado "Rendimientos derivados de contratos de seguro de vida o invalidez y de operaciones de capitalización ", para las rentas vitalicias o temporales, inmediatas derivadas de contratos de seguro de vida.
Se abrirá una ventana de captura de datos en la que deberá indicar el importe que se considera rendimiento de capital mobiliario una vez aplicada a la anualidad los porcentajes que correspondan.
Asimismo, se indicará en este apartado las retenciones practicadas que serán trasladadas por el programa a la casilla 0597 de la declaración.