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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2021

Aportaciones a sistemas de previsión social imputadas al personal empleado

Se incluirán entre otras:

  • Contribuciones efectuadas por el empresario como promotor de un Plan de Pensiones así como las realizadas a planes de previsión social empresarial del que resulten partícipes o asegurados sus empleados siempre que las mismas se imputen a cada partícipe o asegurado en la parte correspondiente, salvo que se trate de las realizadas a favor de beneficiarios de manera extraordinaria para garantizar las prestaciones en curso, como consecuencia de un déficit del plan de pensiones.

  • Contribuciones efectuadas para la cobertura de contingencias análogas a las de los planes de pensiones siempre que se cumplan una serie de requisitos:

    1. Que sean imputadas fiscalmente a las personas a quienes se vinculan las prestaciones.

    2. Que el pagador transmita de forma irrevocable el derecho a la percepción de las prestaciones futuras.

    3. Que el pagador transmita la titularidad y la gestión de los recursos en que consistan dichas contribuciones.

Las dotaciones a provisiones y fondos internos para la cobertura de contingencias idénticas o análogas a los planes de pensiones no constituyen gastos deducibles del ejercicio en que se doten, sólo podrán deducirse en el ejercicio en que, por producirse la contingencia cubierta, se abonen las prestaciones.