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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2021

7.4.4.9. Reducción Ley 19-1995

De conformidad con el artículo 20 de la Ley 19/1995, de 4 de julio, de Modernización de las Explotaciones Agrarias (BOE de 5 de julio), los agricultores jóvenes (mayores de 18 años y menores de 40 años) o asalariados agrarios podrán reducir el rendimiento neto de módulos en un 25% en los periodos impositivos cerrados durante los cinco años siguientes a la primera instalación como titulares de una explotación prioritaria, siempre que, además, acrediten la realización de un plan de mejora de la explotación.

La calificación como explotación prioritaria deberá acreditarse mediante certificación expedida por el órgano competente de la Comunidad Autónoma, o a través de la inclusión en el Catálogo General de Explotaciones Prioritarias del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.