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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2021

8.2.5.2. Instituciones de inversión colectiva en territorios calificados como jurisdicción no cooperativa

Imputación de renta

Los contribuyentes que participen en instituciones de inversión colectiva constituidas en países o territorios que tienen la consideración de jurisdicción no cooperativa, imputarán en la renta general del período impositivo la diferencia positiva entre el valor liquidativo de la participación al día de cierre del período impositivo y su valor de adquisición.

Se presumirá, salvo prueba en contrario, que esta diferencia es el 15% del valor de adquisición de la acción o participación.

La cantidad imputada se considerará mayor valor de adquisición.

Los beneficios distribuidos por la institución de inversión colectiva no se imputarán y minorarán el valor de adquisición de la participación.

Acciones o participaciones adquiridas antes del 1-1-99 (D.T. 8ª Ley)

A efectos de calcular el exceso del valor liquidativo, se tomará como valor de adquisición el valor liquidativo a 1 de enero de 1999, respecto de las participaciones y acciones que en el mismo se posean por el contribuyente.

La diferencia entre dicho valor y el valor efectivo de adquisición no se tomará como valor de adquisición a los efectos de la determinación de las rentas derivadas de la transmisión o reembolso de las acciones o participaciones.

Beneficios obtenidos antes de 1-1-99 (D.T. 8ª Ley)

Los dividendos y participaciones en beneficios distribuidos por las instituciones de inversión colectiva, que procedan de beneficios obtenidos con anterioridad al 1 de enero de 1999, se integrarán en la base imponible de los socios o partícipes de los mismos.

A estos efectos, se entenderá que las primeras reservas distribuidas han sido dotadas con los primeros beneficios ganados.

En tanto no se determinen los países o territorios que tienen la consideración de jurisdicción no cooperativa, tendrán dicha consideración:

  1. Anguilla
  2. Antigua y Barbuda
  3. Bermudas
  4. Emirato del Estado de Bahrein
  5. Fiji
  6. Gibraltar
  7. Granada
  8. Isla de Man.
  9. Islas Caimán
  10. Islas Cook
  11. Islas de Guernesey y de Jersey
  12. Islas Malvinas
  13. Islas Marianas
  14. Islas Salomón
  15. Islas Turks y Caicos
  16. Islas Vírgenes Británicas
  17. Islas Vírgenes de Estados Unidos de América.
  18. Macao
  19. Mauricio
  20. Montserrat
  21. Principado de Liechtenstein
  22. Principado de Mónaco
  23. Reino Hachemita de Jordania
  24. República de Dominica
  25. República de Liberia
  26. República de Naurú
  27. República de Seychelles
  28. República de Vanuatu
  29. República Libanesa
  30. San Vicente y las Granadinas
  31. Santa Lucía
  32. Sultanato de Burei