8.2.5.2. Instituciones de inversión colectiva en territorios calificados como jurisdicción no cooperativa
Imputación de renta
Los contribuyentes que participen en instituciones de inversión colectiva constituidas en países o territorios que tienen la consideración de jurisdicción no cooperativa, imputarán en la renta general del período impositivo la diferencia positiva entre el valor liquidativo de la participación al día de cierre del período impositivo y su valor de adquisición.
Se presumirá, salvo prueba en contrario, que esta diferencia es el 15% del valor de adquisición de la acción o participación.
La cantidad imputada se considerará mayor valor de adquisición.
Los beneficios distribuidos por la institución de inversión colectiva no se imputarán y minorarán el valor de adquisición de la participación.
Acciones o participaciones adquiridas antes del 1-1-99 (D.T. 8ª Ley)
A efectos de calcular el exceso del valor liquidativo, se tomará como valor de adquisición el valor liquidativo a 1 de enero de 1999, respecto de las participaciones y acciones que en el mismo se posean por el contribuyente.
La diferencia entre dicho valor y el valor efectivo de adquisición no se tomará como valor de adquisición a los efectos de la determinación de las rentas derivadas de la transmisión o reembolso de las acciones o participaciones.
Beneficios obtenidos antes de 1-1-99 (D.T. 8ª Ley)
Los dividendos y participaciones en beneficios distribuidos por las instituciones de inversión colectiva, que procedan de beneficios obtenidos con anterioridad al 1 de enero de 1999, se integrarán en la base imponible de los socios o partícipes de los mismos.
A estos efectos, se entenderá que las primeras reservas distribuidas han sido dotadas con los primeros beneficios ganados.
En tanto no se determinen los países o territorios que tienen la consideración de jurisdicción no cooperativa, tendrán dicha consideración:
- Anguilla
- Antigua y Barbuda
- Bermudas
- Emirato del Estado de Bahrein
- Fiji
- Gibraltar
- Granada
- Isla de Man.
- Islas Caimán
- Islas Cook
- Islas de Guernesey y de Jersey
- Islas Malvinas
- Islas Marianas
- Islas Salomón
- Islas Turks y Caicos
- Islas Vírgenes Británicas
- Islas Vírgenes de Estados Unidos de América.
- Macao
- Mauricio
- Montserrat
- Principado de Liechtenstein
- Principado de Mónaco
- Reino Hachemita de Jordania
- República de Dominica
- República de Liberia
- República de Naurú
- República de Seychelles
- República de Vanuatu
- República Libanesa
- San Vicente y las Granadinas
- Santa Lucía
- Sultanato de Burei