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Modelo 100. Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas 2021

9.1.1.2. Concepto de rehabilitación y ampliación de vivienda

A los efectos de la deducción por adquisición de vivienda, se considera rehabilitación de vivienda las obras en la misma que cumplan cualquiera de los siguientes requisitos:

  1. Que hayan sido calificadas o declaradas como actuación protegida en materia de rehabilitación de viviendas.

  2. Que tengan por objeto la reconstrucción de la vivienda mediante la consolidación y el tratamiento de las estructuras, fachadas o cubiertas y otras análogas siempre que el coste global de las operaciones de rehabilitación exceda del 25% del precio de adquisición si se hubiese efectuado ésta durante los dos años anteriores al inicio de las obras de rehabilitación o, en otro caso, del valor de mercado que tuviera la vivienda en el momento de dicho inicio. A estos efectos, se descontará del precio de adquisición o del valor de mercado de la vivienda la parte proporcional correspondiente al suelo.

A los efectos de la deducción se considera que se realiza una ampliación de la vivienda cuando se produzca un aumento de su superficie habitable, mediante cerramiento de parte descubierta o por cualquier otro medio, de forma permanente y durante todas las épocas del año.