10.10.12. Por residir habitualmente en municipios y entidades locales menores de Extremadura con población inferior a 3.000 habitantes
Cuantía
Los contribuyentes con residencia habitual en Extremadura podrán deducirse de la cuota íntegra autonómica el 15% de su importe si residen en municipios y entidades locales menores con población inferior a 3.000 habitantes.
La residencia habitual se determinará conforme a los criterios establecidos en la Ley de IRPF aplicándolos al municipio o entidad local menor.
Requisitos y condiciones
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La suma de la base imponible general y del ahorro no puede superar los 28.000 euros en tributación individual y 45.000 euros en tributación conjunta (siendo suficiente que uno de los cónyuges cumpla con el requisito de residencia en dichas zonas).
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Cuando sólo uno de los cónyuges resida en una zona que origine derecho a la deducción, el importe de la deducción en tributación conjunta será la que corresponda al contribuyente con derecho a la misma.
Cumplimentación
Si cumple los requisitos para tener derecho a la deducción marcará la casilla habilitada con este fin.