10.15.33. Por las cantidades satisfechas en tratamientos de fertilidad realizados en clínicas o centros autorizados
Esta deducción no resulta aplicable en el caso de contribuyentes fallecidos antes de 28 de octubre.
Cuantía
100 euros.
Requisitos y condiciones
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La edad de las mujeres ha de estar comprendida entre 40 y 45 años ambos incluidos.
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Los tratamientos de fertilidad deben ser realizados en clínicas o centros autorizados.
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La suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro del contribuyente no sea superior a 30.000 euros, en tributación individual, o a 47.000 euros, en tributación conjunta. Este requisito será controlado por el programa.
Límite
El importe íntegro de la deducción solo será aplicable a los contribuyentes cuya suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro sea inferior a 27.000 euros en tributación individual, o inferior a 44.000 euros, en tributación conjunta.
Cuando la suma de la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro esté comprendida entre 27.000 y 30.000 euros en tributación individual, o entre 44.000 y 47.000 euros en tributación conjunta, los importes y límites de deducción serán los siguientes:
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En tributación individual el resultado de multiplicar el importe o límite de deducción por un porcentaje obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula: 100 X (1 – el coeficiente resultante de dividir por 3.000 la diferencia entre la suma de la base liquidable general y del ahorro del contribuyente y 27.000)
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En tributación conjunta, el resultado de multiplicar el importe o límite de deducción por un porcentaje obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula: 100 X (1 – el coeficiente resultante de dividir por 3.000 la diferencia entre la suma de la base liquidable general y del ahorro del contribuyente y 44.000)
Cumplimentación
Si tiene derecho a la deducción marcará la casilla habilitada con este fin.